Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (13/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de diciembre de 2006 334422 del Procedimiento Administrativo General, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, de conformidad con el Plano signado con el Nº 002-2006-MDCH-DODU-DCHU, la Habilitación Urbana en Vía de Regularización para Uso Residencial de Densidad Media “R3”, del terreno de 10,831.50 m2, constituido por el Lote s/n, ubicado en el ex Fundo Marques de Corpa, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a don Luis Renan Zevallos Ramos y otros copropietarios, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha de recepción de la presente Resolución, las obras de Habilitación Urbana del terreno de 10,831.50 m.2, cuyos proyectos se aprueban, debiendo sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano, División de Catastro y Habilitaciones Urbanas de acuerdo al siguiente cuadro de áreas y especi fi caciones: Diseño.- Se basará en el siguiente cuadro detallado: ÁREA BRUTA : 10,831.50 m2. ÁREA ÚTIL : 7,669.97 m2.ÁREA VÍAS : 3,161.53 m2. Cuadro de Aportes ReglamentariosRECREACIÓN PÚBLICA : 8% 866.52 m2. a redimir en dineroSERPAR : 2% 216.63 m2. a redimir en dineroMINISTERIO DE EDUCACIÓN : 2% 216.63 m2. a redimir en dineroOTROS FINES : 2% 216.63m2. a redimir en dinero Pavimentos.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguiente: Sub-Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub-rasante, será necesario efectuar una evaluación de la super fi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m. mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi fi cado de Laboratorio para un Índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse en capa de base a fi rmada de 0.20m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modi fi cado de Laboratorio para un Índice de C.B.R. de 80. Se procurará una super fi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de la tapas de buzones para aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Super fi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la super fi cie de base de asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de fc=175 kg/cm2, de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo los bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad fc = 175 kg/cm2 y de dimensiones 015 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de calidad y acabado igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U.190 “ADECUACIÓN URBANÍSTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07.02.2001. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria Luz del Sur debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, los interesados deberán coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A. de dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales de conformidad con el Art. 14º del Decreto Legislativo Nº 332 del 13 de mazo de 1985. Artículo Tercero.- Los interesados para la aprobación de los proyectos de edi fi cación y otorgamiento de Licencia de Construcción correspondiente deberán recurrir a la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a los administrados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima, Ofi cina Registral de Lima y Callao para su conocimiento y fi nes. Artículo Sexto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano a cargo de los interesados, dentro de los 30 días siguientes de la fecha de recepción de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO VALDIVIA ZUÑIGA Director de Obras y Desarrollo UrbanoDirección de Obras y Desarrollo Urbano 6605-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza que incluye causal de revocatoria de licencia de apertura de establecimiento ORDENANZA N° 292-MDMM Magdalena del Mar, 11 de diciembre de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria Nº 04 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por