Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2006 (13/12/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de diciembre de 2006

la inclusion y la participacion plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad. Articulo 2º.- Todos los documentos oficiales deberan consignar la denominacion a que se refiere el articulo precedente. Tal denominacion sera independiente de la que se adopte para cada ano en particular. Articulo 3º.- En el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 1º del presente Decreto Supremo, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del Consejo Nacional de Integracion de la Persona con Discapacidad (CONADIS), en coordinacion con los Ministerios de Trabajo y Promocion de Empleo; de Salud y de Educacion, formulara dentro de los primeros 6 meses del ano 2007, el Plan de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad para el periodo 2007-2016. Las organizaciones de personas con discapacidad, seran convocadas por el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a traves del CONADIS, a efectos de participar activamente en el diseno, ejecucion, evaluacion y monitoreo del Plan a que se refiere el parrafo precedente. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo, el Ministro de Salud y el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de diciembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA BORRA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 6698-1

PRODUCE
Otorgan concesiones a personas naturales para desarrollar actividades de acuicultura del recurso MORDAZA de abanico en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 041 -2006-PRODUCE/DGA MORDAZA, 21 de noviembre del 2006 Visto el Escrito de registro Nº 00054509 del 22 de agosto y sus adjuntos N°s. 01 y 02 del 10 y 23 de octubre del 2006 respectivamente, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante los cuales solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala. CONSIDERANDO: Que el articulo 14º, numeral 14.1 de la Ley Nº 27460, Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura dispone que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) otorga concesiones para el desarrollo de la acuicultura en terrenos de dominio publico, fondos o aguas marinas y continentales; Que conforme a lo establecido en los articulos 19º y 20º del Reglamento de la Ley de Promocion y Desarrollo

de la Acuicultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 0302001-PE, el acceso a la actividad de acuicultura en terrenos publicos, fondos o aguas marinas y continentales, se obtiene a traves del otorgamiento de la concesion respectiva, previo cumplimiento de los requisitos senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion y asimismo, previa a la suscripcion de un Convenio de Conservacion, Inversion y Produccion Acuicola con la Direccion General de Acuicultura; Que mediante Resolucion Directoral Nº 253-2004/ DCG del 21 de junio del 2004 la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa designa como extension habil para el desarrollo de la actividad de maricultura, a favor del Ministerio de la Produccion, el area materia de concesion ubicada en la MORDAZA de MORDAZA Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 007-2005PRODUCE del 10 de enero de 2005 se da por concluido el MORDAZA de reordenamiento acuicola en la MORDAZA de Samanco, en el departamento de Ancash; dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 168-2003-PRODUCE del 15 de MORDAZA del 2003 Que mediante los escritos del visto, el recurrente, solicita concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Concha de Abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de 33.67 Has, ubicada en la MORDAZA de MORDAZA Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que el Estudio de Impacto Ambiental presentado por la recurrente a efectos de obtener la concesion solicitada, ha sido calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante el Certificado Ambiental del EIA Nº 021-2006-PRODUCE/ DIGAAP para la acuicultura de mayor escala; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se desprende que el recurrente ha cumplido con los requisitos sustantivos y los procedimentales, establecidos en el procedimiento Nº 37 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Direccion de Maricultura y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27460 ­ Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001PE; y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 302-2006-PRODUCE. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MADONNA., concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a mayor escala, mediante el cultivo del recurso "Concha de Abanico" (Argopecten purpuratus), en un area de mar de 33.67 Has, ubicada en la MORDAZA de MORDAZA Samanco, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; delimitada por las siguientes coordenadas geograficas (DATUM WGS 84): VERTICE A B C D LATITUD SUR 09º 13' 27.7212" 09º 13' 27.7212" 09º 13' 42.4200" 09º 13' 42.4200" LONGITUD OESTE 78º 31' 30.2196" 78º 31' 05.8188" 78º 31' 05.8188" 78º 31' 30.2196"

Articulo 2º.- La concesion para desarrollar la actividad de acuicultura a que se contrae el articulo precedente comprende, acondicionamiento del medio, obtencion de larva planctonica y semilla, siembra, crianza y cosecha; dentro de las coordenadas que delimitan su concesion. Articulo 3º.- La concesion a que se refieren los articulos precedentes se otorga por un plazo de treinta (30) anos, renovable por periodos iguales; debiendo la titular de la concesion cumplir con lo establecido en

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