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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de diciembre de 2006 334863 Artículo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por los Ministros de Agricultura y de Economía y Finanzas. Disposición Transitoria Para la cosecha 2006, el incentivo unitario del Programa será de S/. 8,00 (Ocho Nuevos Soles) por quintal de algodón rama para las variedades Tangüis, Pima, Supima, del Cerro y Hazera, y de S/. 4,00 (Cuatro Nuevos Soles) por quintal de algodón rama para la variedad Áspero, excluyéndose del pago del incentivo al algodón pajoso. El pago del incentivo unitario se hará hasta un tope máximo de 500 quintales de algodón rama por agricultor, incluidas todas las variedades, por campaña y por cosecha. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 7938-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de soporte técnico y actualización de licencias Oracle RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 01498-2006-AG Lima, 15 de diciembre de 2006VISTO: El O fi cio Nº 1853-2006-AG-DGIA-416-ADM, de fecha 6 de octubre de 2006, de la Dirección General de Información Agraria, el O fi cio Nº 3924-2006-AG-OGA- 1381-OL, de fecha 16 de noviembre de 2006 de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Agricultura y el Ofi cio Nº 3648-2006-AG-OGAJ, de fecha 21 de noviembre de 2006 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 0058-2006-AG, de fecha 24 de enero de 2006, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Año Fiscal 2006, correspondiente a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura-Administración Central, en el cual se encuentra previsto con el número de referencia 578 “Contratación del servicio de mantenimiento anual de licencias Oracle”; Que, por Resolución Ministerial Nº 0868-2005- AG, de fecha 14 de noviembre de 2005, se exoneró del proceso de selección por Adjudicación Directa Selectiva, la contratación de renovación del soporte técnico y actualización de licencias para el manejador de datos del sistema ORACLE 9i, por tratarse de un servicio que no admite sustitutos y que existe un proveedor único, de conformidad con el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM; Que, por O fi cio Nº 1853-2006-AG-DGIA-416-ADM, de fecha 6 de octubre de 2006, el Director General de la Dirección General de Información Agraria, solicita la contratación del servicio de mantenimiento anual de licencias Oracle, considerado dentro del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, por considerar que el Sistema contribuye con el fortalecimiento de la capacidad analítica y de gestión de los tomadores de decisiones, creará mecanismos y alianzas para que cuenten con acceso a información a nivel sectorial y herramientas adecuadas para su manejo y análisis; para tal efecto acompaña el Informe Técnico de la Dirección de Informática y Sistemas, en el cual se señala que desde 1995 el Ministerio de Agricultura ha venido utilizando el Oracle como base de datos estándar para el desarrollo e implementación de sus sistemas informáticos de tipo técnico y administrativo, para lo cual utilizó 2 servidores SUN con sistema operativo Unix, habiéndose migrado a la versión 9i estándar con licencia ilimitada para 2 procesadores bajo la plataforma Linux. Para la explotación de un Sistema de Información Gerencial, cuya arquitectura será implementada a través de un datawarehouse en la base de datos Oracle que PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES Se recuerda a las Municipalidades Distritales que conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Tributación Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF) y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, las Ordenanzas que aprueban el Régimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2007, deberán publicarse a más tardar el 31 de diciembre de 2006.En tal sentido la recepción de dichos dispositivos se realizará hasta el jueves 28 de diciembre del presente. LA DIRECCIÓN