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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de diciembre de 2006 334880 Ratifican acuerdo de PROINVERSION que aprueba modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada de las tierras eriazas del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaña RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 105-2006-EF Lima, 18 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 26440 publicado el 21 de enero de 1995, se dispuso que los Proyectos Especiales, proyectos y otros organismos que están bajo responsabilidad de órganos estatales, se encuentran comprendidos en el proceso de promoción de la inversión privada a que se re fi ere el Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Resolución Suprema Nº 420-2000-PCM publicada el 23 de setiembre de 2000, se rati fi có el acuerdo de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada – COPRI (hoy PROINVERSIÓN), conforme al cual se aprobó la inclusión dentro del proceso de promoción de la inversión privada a que se re fi ere el Decreto Legislativo Nº 674, a las tierras sin derecho de uso de agua de los Proyectos Especiales del INADE; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en sesión del 23 de setiembre de 2004, se aprobó que la modalidad aplicable en el proceso de promoción de la inversión privada a ser ejecutado en 5,629.75 hectáreas (Pampa de Úcupe – Las Sandías) de tierras eriazas sin derecho de uso de agua de propiedad del Proyecto Especial Jequetepeque – Zaña, es la contemplada en el literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; y asimismo se aprobó el correspondiente Plan de Promoción de la Inversión Privada; Que, mediante Resolución Suprema N° 060-2005-EF publicada el 21 de abril de 2005, se rati fi có el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a que se re fi ere el considerando precedente; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en sesión del 12 de diciembre de 2006, acordó aprobar la modi fi cación del Plan de Promoción de la Inversión Privada de las tierras eriazas de propiedad del Proyecto Especial Jequetepeque – Zaña, por el que se deja sin efecto que el compromiso de inversión en los lotes, se encuentre garantizado con la hipoteca de los mismos; Que, estando a lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN referido en el considerando anterior, deberá ser rati fi cado por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector correspondiente; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 12 de diciembre de 2006, mediante el cual se aprueba la modi fi cación del Plan de Promoción de la Inversión Privada de las tierras eriazas del Proyecto Especial Jequetepeque – Zaña. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍA Ministro de Agricultura 7938-6Ratifican acuerdo de PROINVERSIÓN mediante el cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada al proyecto denominado “Aguas del Sur” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 106-2006-EF Lima, 18 de diciembre de 2006CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el Artículo 6º numeral 2 del Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en Concesión al Sector Privado de las Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, corresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, establecer las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que deban ser entregadas en concesión al sector privado; estableciendo el Artículo 2º del Reglamento de dicho Texto Único Ordenado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, que el Acuerdo de Consejo Directivo respectivo será rati fi cado mediante Resolución Suprema; Que, mediante la Ley Nº 26440 se dispuso que los proyectos especiales, organismos y otros proyectos bajo responsabilidad de órganos estatales, se encuentran comprendidos en el proceso de promoción de la inversión privada a que se re fi ere el Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada en las Empresas del Estado; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 4 de octubre de 2006, acordó incorporar al proceso de promoción de inversión privada el proyecto denominado “Aguas del Sur”, que comprende la captación y potabilización de agua cruda, la distribución de agua potable, así como la recolección, tratamiento y disposición de aguas residuales en los distritos ubicados al sur de Lima comprendidos en el ámbito de responsabilidad de SEDAPAL, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, así como en el Decreto Legislativo Nº 674 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-92-PCM; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN acordó asimismo, encargar la conducción de proceso de promoción privada antes referido, al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado, conforme a lo dispuesto en las Resoluciones Supremas Nº 065-2006-EF y Nº 076-2006-EF; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Rati fi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de inversión privada el proyecto denominado “Aguas del Sur”, que comprende la captación y potabilización de agua cruda, la distribución de agua potable, así como la recolección, tratamiento y disposición de aguas residuales en los distritos ubicados al sur de Lima comprendidos en el ámbito de responsabilidad de SEDAPAL, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, así como en el Decreto Legislativo Nº 674 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 070-92-PCM. Artículo 2º.- Encargar la conducción del proceso de promoción de inversión privada referido en el artículo precedente al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado, a que se re fi eren las Resoluciones Supremas Nº 065-2006-EF y Nº 076-2006-EF. Artículo 3º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,