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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de diciembre de 2006 334868 Modifican la R.J. Nº 502-2002-INRENA, que aprobó monto de la tarifa de uso turístico y recreativo que corresponde al ingreso por persona a la Reserva Nacional Pacaya Samiria RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 272-2006-INRENA Lima, 13 de octubre de 2006 VISTO: El Informe Nº 331-2006-INRENA-IANP/DPANP de la Dirección de Planeamiento de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, mediante el cual la Dirección de Planeamiento de Áreas Naturales Protegidas emite opinión técnica sobre la propuesta de tarifas diversi fi cadas para la Reserva Nacional Pacaya Samiria: CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, y el Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2003-AG, el Instituto de Recursos Naturales – INRENA es la autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE; Que, el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en su artículo 135º numeral 1, dispone que mediante Resolución Jefatural se establecen los montos a cancelar por el ingreso a un área natural protegida del SINANPE con fi nes turísticos y recreativos a fi n de usar de manera no consuntiva el paisaje natural de la misma; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-82-AG, se estableció la Reserva Nacional Pacaya Samiria ubicada en el ámbito del departamento de Loreto, con el objeto de conservar los recursos de fl ora y fauna, así como la belleza escénica característica del Bosque Tropical Húmedo; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 502-2002- INRENA se aprobaron los montos de las tarifas de uso turístico para, entre otras, la Reserva Nacional Pacaya Samiria; Que, mediante O fi cio Nº 229-2006-INRENA-IANP/ RNPS-J, se remite el sustento técnico que determina la necesidad de actualizar y adecuar las tarifas para el uso turístico y recreativo en la Reserva Nacional Pacaya Samiria, sobre la base de una diversi fi cación de las mismas en función a actividades o usos que se realizan al interior del área natural protegida; Que, sobre la base del O fi cio referido la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas realizó un análisis y elaboró una propuesta fi nal a fi n de facilitar su implementación y aplicación, emitiéndose el Informe Nº 331-2006- INRENA-IANP/DPANP que propone la escala de tarifas diversi fi cadas para la Reserva Nacional Pacaya Samiria, requiriéndose la modi fi cación de la Resolución Jefatural vigente; En uso de las facultades conferidas en el literal j) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 2003-INRENA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 018- 2003-AG y el Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 502-2002-INRENA, bajo el siguiente tenor: Artículo 2º.- Aprobar el monto de la tarifa de uso turístico y recreativo que corresponde al ingreso por persona a la Reserva Nacional Pacaya Samiria, de acuerdo al siguiente detalle:MODALIDAD SECTORES DURACIÓN ADULTOS NIÑOS Recreación-Nauta caño. -Boca del Yanayacu, incluyendo Veinte de Enero.-Tipishca del río Samiria.Valido por 01 día (Sin pernocte)5.00 2.50 Recorrido turístico corto.-El río Yanayacu, ingresando por la boca hasta Yarina.-El río Yanayacu, ingresando por Manco Cápac hasta Huarmi Isla, incluyendo la cocha El Dorado.-El río Samiria, desde la boca hasta el PV2 (Tacshacocha).-El río Pacaya, desde la boca hasta el PV2 (Yarina).- Sector Pinchi, desde la comunidad de Nueva Esperanza hasta la cocha Pinchi (PV10 Pinchi).- Sector Tibilo, desde el PV8 Tibilo hasta Poza Gloria.Valido hasta por 3 días60.00 N.A. Día Adicional20.00 N.A. Recorrido turísticocompleto-El río Yanayacu, en todo su recorrido hasta la cocha El Dorado y/o Manco Cápac, en ambos sentidos. - El río Samiria en todo su recorrido hasta PV4 Pithecia.- El río Pacaya en todo su recorrido hasta el PV3 Cahuana.-Sector Tibilo hasta el PV7 Camotal incluyendo Pastococha.Valido hasta por 7 días120.00 N.A. Día adicional20.00 N.A. Grupos de estudiantesorganizados(recorridocorto)Sectores de fi nidos en el recorrido turístico cortoVálido hasta por 3 días30.00 N.A. Grupos de estudiantesorganizados(recorridocompleto)Sectores de fi nidos en el recorrido turístico completo Válido hasta por 7 días60.00 N.A. Artículo 3º.- Exonerar del pago por ingreso a la Reserva Nacional Pacaya Samiria al personal y alumnos de los centros educativos de primaria y secundaria de la Región Loreto en viaje de estudio a aquellos ámbitos defi nidos como de “recreación” en el artículo 1º de la presente Resolución Jefatural. Artículo 4º.- Exonerar del pago por derecho de ingreso a la Reserva Nacional Pacaya Samiria a los menores de cinco (5) años de edad, jubilados, así como al personal y alumnos de centro de educación para personas mental o físicamente excepcionales, y de albergues y demás instituciones orientadas a la atención de personas sin amparo económico o moral. Artículo 5º.- La entrada en vigencia de las tarifas contenidas en la presente Resolución y de la modi fi cación que aprueba a partir del 1 de noviembre del año 2007, a excepción de la tarifa denominada de “recorrido turístico completo”. Artículo 6º.- La entrada en vigencia de la tarifa denominada “recorrido turístico completo” es a partir del 1 de marzo del año 2007. Artículo 7º.- Encárguese a la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas, a través de la Jefatura de la Reserva Nacional Pacaya Samiria la implementación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese ISAAC ROBERTO ANGELES LAZO Jefe 7914-1