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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (19/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 19 de diciembre de 2006 334869 Modifican la R.J. N° 223-2006-INRENA, sobre otorgamiento de concesión para prestar servicios con fines turísticos y recreativos en sector de la Reserva Nacional de Tambopata RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 296 -2006-INRENA Lima, 9 de noviembre de 2006VISTO:La Carta Nº 561-2006-INRENA-IANP-J-RNTAMB, de fecha 29 de agosto de 2006 por la cual la Jefatura de la Reserva Nacional Tambopata solicita se realice la modi fi cación que da cuenta de un error involuntario consignado en la cláusula sexta (ítem 6.2) del contrato de concesión para la prestación de servicios turísticos y recreativos al interior de la Reserva Nacional Tambopata; así como en el artículo 1º de la Resolución Jefatural que otorgo la concesión; CONSIDERANDO:Que, la Resolución Jefatural Nº 223-2006-INRENA otorgó en concesión el derecho para la prestación de servicios con fi nes turísticos y recreativos en el sector “Chuncho” de la Reserva Nacional Tambopata, la cual involucra la operación del establecimiento de hospedaje denominado “Centro de Investigaciones Tambopata” y un sistema de trochas adyacente, a favor de la empresa Rainforest Expeditions SAC, por un plazo de veinte (20) años renovables; Que, mediante contrato celebrado entre el INRENA y la empresa Rainforest Expeditions SAC de fecha 16 de agosto de 2006, se concesiono la prestación de servicios turísticos y recreativos al interior de la Reserva Nacional Tambopata y se estableció en la cláusula sexta (ítem 6.2) el sitio de uso exclusivo de la ubicación del establecimiento de hospedaje para desarrollar las operaciones turísticas y recreativas ofrecidas con el artículo 138.4 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas; Que, asimismo se establece que dicha área comprende una primera que es el área ocupada por la infraestructura denominada “Centro de Investigaciones Tambopata”. Dicha área se encuentra ubicada en la Zona de Uso Turístico y Recreativo del Río Tambopata, sector “Chuncho” de acuerdo a lo establecido en el Plan Maestro;Que, por un error involuntario se ha consignado tanto en la Cláusula Sexta del contrato, como en el artículo 1º de la Resolución Jefatural precitada, que el Sector donde se ubica el Centro de Investigaciones Tambopata es el “Chuncho”, cuando en realidad debía ser considerado como tal el “Sector Colorado”; Que, dicho error no es esencial ni está dado sobre el acto jurídico suscrito, por lo que corresponde modi fi car la cláusula del contrato precitada y modi fi car la Resolución Jefatural en su artículo primero; Que, el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrativos, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decisión; Que, asimismo se encuentra dispuesto en el numeral 201.2 del precitado artículo que la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original, en tal sentido es procedente la recti fi cación de o fi cio de la Resolución Jefatural Nº 223-2006-INRENA, guardando la misma formalidad; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 8º, literal j) del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modi fi car el artículo 1º de la Resolución Jefatural Nº 223-2006-INRENA que dice: “Otorgar en concesión el derecho para la prestación de servicios con fi nes turísticos y recreativos en el sector “Chuncho” de la Reserva Nacional Tambopata, (…)”, en: “Otorgar en concesión el derecho para la prestación de servicios con fi nes turísticos y recreativos en el sector “Colorado” de la Reserva Nacional Tambopata,(…)”. Artículo 2º.- Autorizar la modi fi cación de la cláusula sexta (ítem 6.2) del contrato de concesión para la prestación de servicios con fi nes turísticos y recreativos en la Reserva Nacional Tambopata a través de la addenda correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese, ISAAC ROBERTO ÁNGELES LAZO JefeInstituto Nacional de Recursos Naturales 7919-1