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PÆg. 309832 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de enero de 2006 asuntos de su competencia y les otorgan potestad tributaria para que mediante Ordenanza puedan crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción con los límites queseñala la Ley; Que, el Art. 68º, inciso d) del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, dispone que laMunicipalidad puede imponer Tasas por Estacionamiento de Vehículos; Que, el Capítulo V de la Ordenanza Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la provincia de Lima Nº 739-MML, regula la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral; Que, es necesario brindar el Servicio de Estacionamiento Vehicular, debido a la gran cantidad de veraneantes que concurren al Balneario en la Temporada de Verano paradisfrutar de sus playas, previamente acondicionadas para tal fin e identificadas por la Autoridad Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 059-2005-MDA, se establece la Tasa por Servicio de Estacionamiento Vehicular-Temporada Verano 2006, la misma que fue objeto de observación en el aspecto técnico-legal por elServicio de Administración Tributaria - SAT, planteadas en el Requerimiento Nº 004-078-00000058; Que, bajo ese contexto se debe subsanar las observaciones planteadas, a través de una nueva Ordenanza, la misma que debe adecuarse a los criterios y metodología de la Directiva Nº 001-006-00000005 - SAT ya lo dispuesto por la Ordenanza Nº 739-MML, debiendo dejarse sin efecto la Ordenanza Nº 059-2005-MDA; Que, mediante Informe Nº 315-2005-OR/MDA de fecha 9 de diciembre de 2005 la Oficina de Rentas, remite el nuevo Proyecto de Ordenanza que establece la Tasa por Servicio de Estacionamiento Vehicular para laTemporada Verano 2006 en Ancón, para su aprobación por el Pleno del Concejo y seguir con el Procedimiento de Ratificación ante la Municipalidad de LimaMetropolitana, dentro del plazo previsto; Que, conforme fluye del Informe Nº 441-2005-OAJ/MDA del 9 de diciembre de 2005, la Oficina de Asesoría Jurídica,opina favorablemente por la aprobación del proyecto de Ordenanza, así como la ratificación de la misma; Con el voto unánime de los regidores asistentes a la Sesión Extraordinaria de Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA POR SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR - TEMPORADA VERANO 2006 Artículo 1º.- DE LA TASA Establézcase la Tasa por el Servicio de Estacionamiento Vehicular para la Temporada de Verano2006, período que comprende desde el 1 de enero del 2006 hasta el 31 de marzo del 2006, en las zonas de estacionamiento siguientes: - Playa Hermosa 82 cajones - Pista Patinaje 43 cajones- Calles Loa y 2 de mayo 105 cajones - Zona los Cangrejos (Yacht Club) 96 cajones Las mismas que hacen un total de 326 cajones, ubicadas dentro de la jurisdicción del distrito de Ancón. Artículo 2º.- DEUDORES TRIBUTARIOS Se consideran deudores tributarios en calidad de contribuyentes, a los conductores de vehículos que seestacionen en las zonas referidas en el artículo 1º y son deudores tributarios en calidad de responsables solidarios, a los propietarios de los referidos vehículos. Artículo 3º.- DEL NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA La obligación tributaria nace al momento de estacionar el vehículo en las zonas acondicionadas para tal fin, y debe ser cancelada antes de abandonar la zona deestacionamiento vehicular. El tiempo mínimo de tolerancia durante la cual no se genera la obligación de pagar la tasa es de 10 minutos, transcurrido ese tiempo, seprocederá al cobro de la unidad mínima, aun cuando el vehículo no haya llegado a usar el total del tiempo establecido.Artículo 4º.- DEL RENDIMIENTO DE LA TASA El rendimiento de la Tasa por Estacionamiento Vehicular constituye renta de la Municipalidad Distrital de Ancón y se destinará al acondicionamiento, mediante laimplementación, señalización, equipamiento y mantenimiento del servicio. En la Playas mencionadas en el Artículo 1º, donde se ubican las zonas de Estacionamiento Vehicular, la Municipalidad brindará servicios adicionales de limpieza, servicios higiénicos, módulos comerciales, recipientesde basura, primeros auxilios etc. Artículo 5º.- DEL HORARIO DEL SERVICIO El Servicio de Estacionamiento Vehicular, se realizará de lunes a domingos en horario corrido de 09.00 hasta las 17.00 horas, durante el período establecido en elartículo 1º de la presente Ordenanza. Artículo 6º.- DEL MONTO DE LA TASA El monto de la Tasa a pagar por Estacionamiento Vehicular será de S/. 0.50 (cincuenta céntimos de sol) por cada treinta (30) minutos o fracción que permanezcaestacionado el vehículo en la zona de estacionamiento municipal. Artículo 7º.- DE LAS INAFECTACIONES Se encuentran Inafectos al pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular, los Vehículos Oficiales y lospertenecientes a las Fuerzas Armados y Policiales, Ambulancias, Compañía de Bomberos, de Limpieza, siempre que se encuentren en servicio o en atención deemergencia. Artículo 8º.- DE LA SANCIÓN El incumplimiento del pago de la Tasa por Estacionamiento Vehicular, constituye una infracción, la misma que será sancionada con la imposición de la multacorrespondiente, equivalente al 5% de la UIT vigente, bajo apercibimiento de que el vehículo sea internado en el Depósito Municipal, para lo cual se solicitará el apoyode la Policía Nacional. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Encargar a la Gerencia Municipal, Dirección de Administración, Oficina de Rentas, División de Policía Municipal y División de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Facúltese al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones técnicas, administrativas y reglamentarias para la correctaaplicación y cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia, cuando se cumpla con publicar en el Diario Oficial ElPeruano el texto íntegro y el Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifica. Cuarta.- Deróguese la Ordenanza Nº 059-2005-MDA, por lo expuesto en la parte considerativa. Quinta.- Deróguense todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. JAIME PAJUELO TORRES Alcalde 00469 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Declaran en situación de desabasteci- miento inminente por causas externasla adquisición de suministro de com-bustible ACUERDO DE CONCEJO Nº 055-2005-A/MDC Carabayllo, 17 de diciembre del 2005