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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2006 (10/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 75

PÆg. 309833 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de enero de 2006 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, los Informes Nº 441-2005-GAJ/MDC de la Gerencia deAsesoría Jurídica, Nº 1108-2005-SLyCP y Nº 1109- 2005-SLyCP de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, Nº 235-2005-GAF/MDC y Nº 238-2005-GAF/MDC de la Gerencia de Administración y Finanzas, Proveído Nº 4238-2005-GM de Gerencia Municipal, referidos a Declarar el Desabastecimiento Inminente porcausas externas del Suministro de Combustible de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de Derecho Público, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad conlo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política, modificado por la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 27680; y concordante con el Art. 2º de la Ley Orgánicade Municipalidades; Que, la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, mediante Informe de Visto, solicita se declareen situación de desabastecimiento inminente el suministro de Combustible, ante el riesgo de quedar desabastecido por cuanto el proveedor Empresa ROOSVELT deArmonio Enriquez Chaico ha dejado de atender el combustible, según refiere por falta de pago, debiéndose asegurar la continuidad del suministro del mismo, dadalas serias implicancias que conllevaría su paralización o interrupción para el normal desarrollo, entre otros, del servicio de recojo de residuos sólidos que presta laMunicipalidad; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe de Vistos opina que es procedente DECLARAREN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE POR CAUSAS EXTERNAS, la Adquisición de Combustible de la Municipalidad de Carabayllo; Que, el Inciso c) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,precisa que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o desabastecimientoinminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, el Art. 21º de la Ley antes acotada establece, “Se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obracompromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de maneraesencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso,necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda”; Que, el Art. 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM establece, “La Resolución o el Acuerdo que apruebe la exoneración delproceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o más informes previos, que contengan la justificación técnica y legal de la procedencia y necesidad de laexoneración”; Que, el Art. 121º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, establece el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas,civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados, si las hubiere; Que, mediante los Informes de vistos, se cumple con el requisito de sustentar técnica y legalmente la justificación de la adquisición o contratación y de la necesidad de Declarar en Situación de Desabas-tecimiento Inminente el Suministro de Combustible de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; Estando a lo expuesto, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; POR UNANIMIDAD;SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR, EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE POR CAUSASEXTERNAS, la Adquisición del Suministro de Combustible de la Municipalidad de Carabayllo por el plazo de 60 días. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial de la Municipalidad la adquisición del Combustible, siguiendo el Procedimientode Exoneración del Proceso de Selección de acuerdo a lo establecido en el artículo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM por el período que dure la Situaciónde Desabastecimiento Inminente declarada, de conformidad a la normatividad vigente, cuyo monto referencial asciende a la suma de S/. 132,438.00(CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), según el siguiente detalle: ÍTEMPRODUCTO TIEMPO CANTIDAD MONTO (S/.) TOTAL I D2 60 DÍAS 191 GLNS. Diarios 10.95 125,487.00 II G-84 60 DÍAS 04 GLNS. Diarios 11.90 2,856.00 III G-90 60 DÍAS 05 GLNS. Diarios 13.65 4,095.00 Artículo Tercero.- PRECISAR, que los montos precitados se encuentran consignados en la Específica del Gasto 5.3.11.23: Combustible y Lubricantes, Fuentede Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Órgano de Control Institucional de la Municipalidad el inicio de una acción de control destinada a deslindar responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios oservidores públicos involucrados, si las hubiere; conforme a lo dispuesto en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Administración y Finanzas la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado el mismo, así como remitircopia del presente Acuerdo y de los Informes Técnicos – Legales sustentatorios a la Contraloría General de la República y demás órganos competentes, dentro delplazo de Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 00471 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA BREA - NEGRITOS Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios deelaboración de expediente tØcnicoreferido a terminal pesquero ACUERDO DE CONCEJO Nº 086-2005-MDLB Negritos, 22 de diciembre de 2005 VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 22 de diciembre del 2005, el Informe Técnico Legal Nº 003-2005-MDLB, de fecha 22 de diciembre del 2005, referido a la Exoneración de Proceso deSelección de Contratación del Servicio sobre Terminal Marítimo de Negritos, Estudios Definitivos de Acceso