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PÆg. 309831 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de enero de 2006 Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL S.A., remitió a la SUNASS el Plan Maestro Optimizado para dar inicio al trámite de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cincoaños; CONSIDERANDO:Que, por Resolución de Consejo Directivo Nº 033- 2005-SUNASS-CD, se aprobó la "Directiva sobre elProcedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento" y la "Directiva para la Formulación delos Planes Maestros Optimizados"; Que, se ha procedido a revisar el Plan Maestro Optimizado y la documentación adjunta entregada porSEDAPAL S.A.; Que, conforme con la "Directiva sobre Procedimiento de Aprobación de Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifariasy Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento" corresponde que la Gerencia de Regulación Tarifaria una vez recibido el Plan Maestro Optimizado por el solicitante,y verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y procedencia a que se refiere el artículo 8º de la citada Directiva, admitirá a trámite el referido documento; En uso de las facultades conferidas por la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Admitir a trámite la solicitud de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL S.A., de determinación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión para lospróximos cinco años, con lo cual se da inicio al procedimiento establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD. Artículo 2º.- Requerir a SEDAPAL S.A., de conformidad con el artículo 11º de la "Directiva sobre el Procedimiento para la Aprobación de la Fórmula Tarifaria,Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento", a fin de que dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes de notificada la presenteResolución, ejerza su derecho a solicitar la celebración de una audiencia preliminar, con la finalidad de exponer al público en general su propuesta de fórmula tarifaria,estructuras tarifarias y metas de gestión contenidas en su Plan Maestro Optimizado. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO BUSTAMANTE LÓPEZ-AMERI Gerente de Regulación Tarifaria Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento 00452 SUNAT Aprueban disposiciones relativas a la Ley N” 28226 y norma modificatoria,Ley que establece medidas parapromover la formalización deltransporte pœblico interprovincial depasajeros y carga RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 005-2006/SUNAT Lima, 9 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que a través de la Ley Nº 28226 se establece medidas para promover la formalización del transporte público interprovincial de pasajeros y de carga, a través del otorgamiento del beneficio de devolución del 20% delImpuesto Selectivo al Consumo (ISC) pagado por la adquisición del petróleo Diesel 2 efectuado por los transportistas que presten los referidos servicios detransporte;Que la norma antes mencionada fue reglamentada mediante el Decreto Supremo Nº 140-2004-EF; Que la Ley Nº 28398 modificó la Ley Nº 28226, estableciendo entre otras disposiciones, la ampliacióndel ámbito de aplicación del beneficio y la fecha de vigencia del mismo; Que posteriormente mediante el Decreto Supremo Nº 004-2005-EF se modificó el Reglamento de la Ley Nº 28226, a fin de adecuarlo a lo dispuesto por la Ley Nº 28398; Que el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 140-2004- EF y norma modificatoria, establece el procedimiento de cálculo para la determinación del límite máximo del volumende consumo de combustible sujeto a la devolución; y dispone que a efectos de calcular dicho límite se requiere la aplicación de un porcentaje que represente laparticipación del ISC sobre el precio por galón del combustible, el cual será determinado por la SUNAT; Que resulta necesario aprobar los porcentajes aplicables a los períodos setiembre a diciembre de 2005; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 140-2004-EF y norma modificatoria yde conformidad con el artículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de laSUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- PORCENTAJE DE PARTICI- PACIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO El porcentaje que representa la participación del Impuesto Selectivo al Consumo en el precio por galón del combustible a que hace referencia el inciso b) delartículo 9º del Decreto Supremo Nº 140-2004-EF y norma modificatoria, es el siguiente: PERÍODO PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%) Setiembre 2005 17.5 Octubre 2005 16.8 Noviembre 2005 16.8 Diciembre 2005 16.8 Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 00462 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Establecen tasa por servicio de estacionamiento vehicular para la temporada de verano 2006 ORDENANZA Nº 066-2005-MDA Ancón, 10 de diciembre del 2005VISTO: Los Informes Nºs. 314 y 315 -2005-OR/MDA de la Oficina de Rentas del 9 de diciembre de 2005, Informe Nº 441-2005-OAJ/MDA del 9 de diciembre de 2005 de laOficina de Asesoría Jurídica, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 10 de diciembre del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 y la Norma IV del TítuloPreliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF y sus modificatorias, reconocen a los Gobiernos Localesautonomía política, económica y administrativa en los