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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2006 (17/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G33/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 17 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 016-2005-MDC, de fecha 30 de noviembre del 2005, se aprobó el BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVAen el distrito de Cieneguilla, del 15 de diciembre del 2005 al 15 de enero del 2006, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 14 de diciembre del 2005; Que, a la fecha aún existe un gran número de contribuyentes del distrito que desean regularizar el pago de su deuda tributaria y administrativa, por lo que esnecesario brindarle las facilidades del caso y prorrogar el plazo del beneficio; Que, el Artículo 13º de la referida Ordenanza faculta al Alcalde a dictar las disposiciones complementarias para su cumplimiento; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 42º e inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR EL BENEFICIO DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA, aprobado mediante Ordenanza Nº 016-2005-MDC, en el distrito de Cieneguilla, del 17 de enero al 4 de febrero del2006. Artículo 2º.- ENCARGAR a Gerencia Municipal y a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimientodel presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 00908 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO /G52/G65/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9 /G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G45/G6C/G41/G67/G75/G73/G74/G69/G6E/G6F/G2C/G20/G43/G4F/G4D/G55/G4C/G2D/G45/G41/G2C/G20/G63/G75/G79/G61/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G20/G73/G65/G6F/G72/G69/G65/G6E/G74/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G64/G65/G20/G64/G72/G6F/G67/G61/G73/G2C/G20/G76/G69/G6F/G6C/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G66/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G72/G20/G79/G20/G73/G61/G6C/G75/G64/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6C/G2C/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73 ORDENANZA Nº 273-2005-MDEA El Agustino, 3 de noviembre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo del 3 de noviembre del 2005, según el Informe Nº 078-2005-DEMUNA- GEMU-MDEA emitido por la Defensoría Municipal del Niño y Adolescente referido a la Organización de ComitésMultisectoriales de Prevención del Consumo de Drogas, Violencia Familiar y Salud Integral, con la Participación de los Vecinos; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Provinciales y Distritales son espacios locales que mantienen una dinámica propia con rasgos y características económicas, sociales yculturales particulares. En este contexto los Gobiernos Locales representan a la población que comprende su ámbito territorial, así también promueve espaciossaludables, mejoran los servicios públicos, fomentanoportunidades a la comunidad con la finalidad de alcanzar el Desarrollo Integral y Sostenible de la Comunidad; Que, de conformidad con el segundo párrafo del numeral 7.2) del Art. 73º, Art. 84º inciso 2 numeral 2.4) y 2.9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, esiniciativa de la Municipalidad, organizar Comités Multisectoriales de Prevención del Consumo de Drogas, con la participación de los vecinos, con la finalidad dediseñar, monitorear, supervisar, coordinar y ejecutar programas o proyectos de prevención del consumo de drogas y de conducta de riesgo de ámbito Local pudiendocontar para ello con la Asistencia Técnica de la Comisión Nacional por el Desarrollo y Vida sin Droga - DEVIDA, en correspondencia con la Estrategia Nacional de LuchaContra las Drogas; Que, de conformidad con el Art. 73º de la Ley de Municipalidades Nº 27972, numeral 2.4: Es iniciativa dela Municipalidad organizar programas sociales, en defensa y promoción de los derechos de los ciudadanos. Así también, el Art. 84º señala que son funciones de lasMunicipalidades, organizar, administrar y ejecutar los programas locales de Asistencia, Protección y Apoyo a la población en riesgo de niños adolescentes, mujeres,adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación, debiendo facilitar y participar de los espacios deConcertación y Participación Ciudadana, así como promover el Desarrollo Integral de la Juventud para el logro de su bienestar físico y psicológico, social, moral yespiritual, además de su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del Gobierno Local, según se precisa en los numerales 2.4 inciso 2), 2.6 y2.9 del referido artículo; Que, de acuerdo a la Resolución de Alcaldía Nº 183- 99-A-CG-002-MDEA, mediante la cual se aprobó elConvenio de Fortalecimiento Institucional para una Comunidad sin Drogas, creándose el Comité Multisectorial contra Drogas de El Agustino, diversasInstituciones Gubernamentales, No Gubernamentales y Organizaciones Sociales de Base, cuya labor se desarrolla fundamentalmente en la jurisdicción del distritode El Agustino, decidieron unir esfuerzos, recursos y voluntades para la elaboración, ejecución de programas, proyectos y actividades especificas relacionadas a laPrevención del Consumo de Drogas, Violencia Familiar y Salud Integral; Que, considerando en la actualidad la magnitud que han alcanzado estos problemas sociales, se ha acordado por unanimidad legitimar y reconocer al Comité Multisectorial del distrito de El Agustino, asumiendo quesólo a través de la Concertación Multisectorial se puede alcanzar resultados que conlleven a mejorar estilos de vida, interrelaciones familiares adecuadas y la obtenciónde una Salud Integral. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y acreditadas las consideraciones por voto unánime delConcejo Distrital Municipal en pleno, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Reconocer la conformación del Comité Multisectorial del Distrito de El Agustino, denominadoCOMUL - EA, cuya labor se realiza a través de programas, proyectos y acciones orientadas a prevenir el consumo de drogas, violencia familiar y salud integralen el distrito de El Agustino. Artículo 2º.- Es objetivo del COMUL - EA, promover el trabajo articulado y concertado entre GobiernoMunicipal, Instituciones Públicas en trabajos Privados, Organizaciones No Gubernamentales, Asociaciones sin fines de lucro y Organizaciones de Base, para desarrollaracciones que contribuyan al bienestar de la población. Artículo 3º.- Los acuerdos del COMUL - EA responden al Acta de Compromiso Interinstitucional, queestablece: a.- Desarrollar de manera conjunta y concertada el diseño de programas y proyectos sociales que contribuyan a la prevención del consumo de drogas,