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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G33/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 17 de enero de 2006 violencia familiar y el fomento de la salud integral del distrito. b.- Generar conciencia en los Líderes de opinión sobre la importancia de un trabajo concertado e intersectorial en la toma de decisiones. c.- Promover la participación de los niños, adolescentes y jóvenes en la prevención del consumo de drogas y la violencia familiar. d.- Promover la Participación protagónica de las Organizaciones Juveniles en las acciones de prevención y en el diseño de proyectos comunitarios. e.- Promover el Desarrollo Integral de la Comunidad Agustiniana en el marco de la prevención Comunitaria y Promoción de la Salud. f.- Fomentar estilos de vida saludable, promoviendo valores, la autoestima y el fortalecimiento de la población del distrito. g.- Propiciar la articulación del COMUL - EA y los temas de trabajo en otros espacios de concertación local. h.- Participar activamente propiciando el sentido de responsabilidad en los integrantes del Comité Multisectorial de El Agustino - COMUL - EA de acuerdo a sus funciones y posibilidades de recursos, sin afectarel normal desempeño de sus roles institucionales. i.- La duración del trabajo concertado entre las Instituciones integrantes del Comité Multisectorial de ElAgustino COMUL - EA, será de vigencia indeterminada. Artículo 4º.- La Municipalidad distrital de El Agustino, presidirá el Comité Multisectorial El Agustino (COMUL - EA), en concordancia con el Art. 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 5º.- Las Instituciones que conforman el COMUL - EA, formularán de manera conjunta y concertada el diseño de programas y proyectos socialesque desarrollen actividades especificas. Asimismo, contribuirán a la prevención del consumo de drogas, violencia familiar y el fomento de la salud integral deldistrito. Las Instituciones y Organizaciones que conforman el COMUL - EA son las siguientes: 1. MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO. 2. HOSPITAL HIPÓLITO UNANUE.3. DIRECCIÓN DE SALUD IV LIMA ESTE. 4. UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA Nº 05 SAN JUAN DE LURIGANCHO. 5. COMISARÍA DE EL AGUSTINO. 6. COMISARÍA DE SANTOYO. 7. COMISARÍA DE SAN CAYETANO.8. COMISARÍA DE VILLA HERMOSA. 9. COMISARÍA DE SAN PEDRO. 10. MICRO RED DE SALUD MARÍA TERESA DE CALCUTA.11. CENTRO SALUD BETHANIA. 12. CENTRO SALUD ANCIETA BAJA. 13. CENTRO SALUD EL AGUSTINO.14. CENTRO SALUD PRIMAVERA. 15. CENTRO SALUD CATALINA HUANCA. 16. REGIMIENTO DE CABALLERÍA GLORIOSO HUSARES DE JUNÍN CUARTEL BARBONES. 17. CENTRO EMERGENCIA MUJER SAN LUIS MIMDES. 18. RED DE PROMOTORES DE DESARROLLO INTEGRAL HUMANO (PRODINH) 19. COORDINADOR DISTRITAL DEL VASO DE LECHE 20. CENTRAL DE COMEDORES AUTOGESTIONARIOS DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO. 21. SERVICOS EDUCATIVOS EL AGUSTINO (SEA). 22. ASOCIACIÓN POR EL DESARROLLO INTEGRAL DE SOLIDARIDAD (ADIS PERU). 23. ONG CEPESJU - CENTRO DE ESTUDIOS DE PROBLEMAS ECONÓMICOS Y SOCIALES DE LA JUVENTUD. 24. ONG OSCAR DE PERÚ-OFICINA DE LAS CARMELITA DESCALZAS DE PERÚ. 25. CENDIPP - CENTRO DE INVESTIGACIÓN PROMOCIÓN POPULAR. 26. ONG ALTERNATIVA - COLECTIVO SOLIDARIO. 27. CENTRO DE INVESTIGACIÓN DEL NIÑO, LA MUJER Y EL ADOLESCENTE PARA EL DESARROLLO SOSTENIDO - CINMADS.Artículo 6º.- El COMUL - EA, adoptará una estructura organizativa definida de manera concertadaentre sus miembros y regulada a través del Reglamento del Comité MULTISECTORIAL EL AGUSTINO COMUL - EA. Estará integrado por su Presidente (El AlcaldeDistrital), la Secretaría del COMUL y el Comité Técnico (Coordinadores de las Mesas de Trabajo: Mesa de Prevención del Consumo de Drogas, Mesa deprevención de la Violencia Familiar y Mesa de Salud Integral). Artículo 7º.- El COMUL - EA, recibirá asistencia técnica permanente de la Comisión Nacional por el Desarrollo y Vida sin drogas - (DEVIDA). Artículo 8º.- Encargar a las oficinas correspondientes el fiel cumplimento de la presente Ordenanza Municipal y gestionar posibles recursos menores, de acuerdo al Presupuesto Participativo para el Desarrollo del Plan deTrabajo. POR TANTO: Registre, publíquese y cúmplase. VÍCTOR M. SALCEDO RIOS Alcalde 00718 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 009-2006-MPL Pueblo Libre, 3 de enero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, el artículo 8º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Nº 27806, establece que las entidades de la administración pública obligadasa brindar información, deberán identificar bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario encargado de brindar la información referidaen el citado dispositivo legal; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 006-2006-MPL, se designa al Sr. William Argumedo Westphalen comoDirector de la Oficina de Comunicación Social; Que, es necesario realizar las acciones pertinentes para el cumplimiento de los fines administrativos de laMunicipalidad; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; RESUELVE:Artículo Único.- Designar al Director de la Oficina de Comunicación Social, señor William ArgumedoWestphalen, como funcionario responsable de brindar la información que sea solicitada, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÁNGEL M. TACCHINO D. Alcalde 00904