Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2006 (30/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G36/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 30 de enero de 2006 provincia y departamento de Lima, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 511 de fecha 7-10-2003 deconformidad con el plano asignado con el Nº 001-2003-HU-DCPHU-DDU-MSJL del terreno de 20,404.50m2. CONSIDERANDO: Que, conforme el Texto Único Ordenado Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas D.S. 011-98-MTCpublicado el 5.06.98 en el Artículo 8º inciso b) señala que larecepción de obras, tiene por objeto que el solicitante obtengala conformidad de las obras urbanas que haya ejecutado en concordancia con la Habilitación Urbana aprobada; y el procedimiento para la aprobación de la Recepción de Obrasse establecen en los artículos 18º, 19º, 20º, 21º y 22º. RESOLUCIÓN RECEPCIÓN DE OBRAS Que de fecha 11 de Agosto de 2005, JJC. INMOBILIARIA S.A., presenta declaración juradarespecto de la ejecución de obras de la HabilitaciónUrbana la misma que fue aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 511 de fecha 7 de octubre del 2003. Que, mediante Documento de Edelnor 413910, CSPDC- 221-05, de fecha 26 de julio del 2005, informan que las obrasen media y baja tensión ejecutadas para suministrar de energíaal proyecto inmobiliario denominado “Fortaleza de Campoy”se encuentran culminadas en su totalidad. Que mediante Carta de SEDAPAL Nº 048-2005/ET- C, de fecha 19 de enero del 2005 se recepciona lasobras de agua potable y alcantarillado al proyectoinmobiliario denominado “Fortaleza de Campoy”, Que mediante Carta de Telefónica Nº GORAC-504PE- A-456-05, de fecha 28 de octubre del 2005, se deja constancia de la existencia de servicio telefónico privado para el proyecto inmobiliario “Fortaleza de Campos”. Que mediante recibo Nº 957862, de fecha 2 de diciembre del 2003, JJC. INMOBILIARIA S.A. Abono lasuma de S/33,199.00 (nuevos soles) por concepto depago por déficit de aporte de Recreación Publica a la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. Que mediante Boleta de venta Nº 001-0137454, de fecha 2 de diciembre del 2003, JJC. INMOBILIARIA S.A,abono la suma de S/. 8,304.63 (nuevos soles) por conceptode pago por déficit de aporte al Ministerio de Educación. Que mediante documento del Instituto Nacional de Cultura, sobre la Existencia de Restos Arqueológicos CIRA Nº 2003- 008 de fecha 21 de enero del 2003, se concluye que no existenvestigios arqueológicos pero se requiere monitoreo cercanode trabajos en superficie referida al área de 18,551.27m2correspondiente a los lotes 2 y 3 de la Manzana N-1. Que mediante documento del Instituto Nacional de Cultura, sobre la Existencia de Restos Arqueológicos CIRA Nº 2003-118 de fecha 21 de mayo del 2003, seconcluye que no existen vestigios arqueológicos ensuperficie referida al área de 1,853.23 m2 correspondientea los lotes 2 y 3 de la Manzana N-1 . Que mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1094/ INC, se resuelve dar conformidad a los trabajos de monitoreo arqueológico desarrollados en el marco del Plan de monitoreode la Remoción de Terrenos del Proyecto Inmobiliario “Fortalezade Campoy”, realizados en el terreno de 20,404.50 m2. Que de acuerdo a la partida electrónica Nº 11435804 inscrita en el Registro de Predios el terreno conformado por la acumulación de los lotes 2 y 3, Manzana N-1, cuenta con un área total de 20,404.50 m2 con lossiguientes linderos y medidas perimétricas. Frente Con la Av. Circunvalación (antes Av. Los Próceres y la Av. B) en línea quebrada de 3 tramos, 79.45ml, 83.26ml, Derecha Con propiedad de te rceros con 128.60ml. Izquierda Con propiedad de terceros con 107.05ml. Fondo Con la reserva arqueológica “Fortaleza de Campoy” en línea quebrada de 2 tramos de 88.84ml y 80.00ml. Que la Habilitación Urbana aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 511, inscrita en el asiento B00002 de la partida electrónica Nº 11435804, consignaun área útil total de 20,259.51m2, de conformidad con el plano Nº 001-2003-HU-DCPHU-DDU-MSJL con lossiguientes linderos y medidas perimétricas. Frente Con la Av. C ircunvalación (antes Av. Los Próceres y la Av. B) en línea quebrada de 7 tramos, 47.73ml, 25.58ml, 10.02ml, 48.27ml, 5.99ml, 10.84ml, 13.98ml. Derecha Con propiedad de terceros con 128.60ml Izquierda Con propi edad de terceros con 107.05 Fondo Con la reserva arqueológica “Fortaleza de Campoy” en línea quebrada de 2 tramos de 88.84ml y 80.00ml Que, de acuerdo al Informe Nº 565-2005-JGTC/GDU/ MSJL y al informe Nº 023 GAG/JGTC/MSJL de fecha 14de Diciembre del 2005 de la Jefatura de Gestión delTerritorio y Catastro, las Obras de Habilitación Urbana,materia de la presente Recepción, se han ejecutado deacuerdo a lo aprobado por la Resolución Nº 511, y de conformidad con el plano de replanteo Nº 001-2005-HU- JGTC-GDU-MSJL. En aplicación al artículo 16º delDecreto Supremo Nº 010-2005-Vivienda establece losrequisitos y procedimiento del referido trámite; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, Régimen de Organización Interior y Funcionamiento deGobierno Local de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho,Ord. Nº 067-05-MSJL y demás normas de la materia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR Recepcionada las Obras de la Habilitación Urbana nueva de lote Único con construcciónsimultánea para proyecto Mí vivienda, sobre lote único de propiedad de JJC. INMOBILIARIA S.A, conformado por la acumulación de los Lotes 2 y 3 de la Manzana N-1, LotizaciónCampoy, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho,provincia y departamento de Lima, de conformidad con elPlano asignado de Replanteo con el Nº 001-2005-HU-JGTC- GDU-MSJL y Memoria Descriptiva que debidamente visada forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el plano de replanteo asignado con el Nº 001-2005-HU-JGTC-GDU-MSJL delpredio inscrito en la Partida Electrónica Nº 11435804quedando esta con un área útil total de 20,259.51m2, y con los siguientes linderos y medidas perimétricas. Frente Con la Av. C ircunvalación (antes Av. Los Próceres y la Av. B) en línea quebrada de 7 tramos, 47.73ml, 25.58ml, 10.02ml, 48.27ml, 5.99ml, 10.84ml, 13.98ml. Derecha Con propiedad de terceros con 128.60ml Izquierda Con propi edad de terceros con 107.05 Fondo Con la reserva arqueológica “Fortaleza de Campoy” en línea quebrada de 2 tramos de 88.84ml y 80.00ml Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargode los administrados en un plazo no mayor de treinta (30)días calendario, contados a partir de la fecha de notificaciónde la presente, sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao para la inscripción correspondiente, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- REMITIR copia certificada a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo alartículo 20º del D.S. Nº 011 -98-MTC-TUO, del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano incorporar la presente HabilitaciónUrbana en el Plan Urbano del distrito de San Juan deLurigancho siendo éste su competencia según loestablece el ROF vigente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROMELIA ZEGARRA ACUÑA Gerente de Desarrollo Urbano 01771