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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2006 (30/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G36/G35/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 30 de enero de 2006 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G68/G6F/G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F/G20/G28/G43/G4D/G41/G43/G2D/G54/G53/G2E/G41/G2E/G29/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F/G20/G79/G20/G43/G68/G69/G63/G6C/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 41-2006 Lima, 18 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC-T S.A.) para que se le autoricela apertura de tres (3) Oficinas, en la modalidad de OficinaEspecial, las cuales se ubicarán en el distrito y provinciade Trujillo, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" y la Intendencia Generalde Microfinanzas, mediante el Informe Nº 003-2006-DEMB; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros y la CircularNº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadasmediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC-T S.A.), la apertura delas siguientes Oficinas, en la modalidad de Oficina Especial: 1) Interior del Mercado Zonal Palermo (Mayorista), el cual está ubicado entre la avenida Los Incas y la calle Sinchi Roca;distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. 2) Anexo de la Administración del Mercado La Unión, el cual está ubicado entre la avenida Perú y la calle Rímac; distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. 3) Mercado Indoamericano, en el ex Almacén; el cual está ubicado entre las calles Ayacucho y Gamarra, Urb.Santo Dominguito, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad. Artículo Segundo.- Las Oficinas Especiales autorizadas en el artículo precedente, están facultadas aprestar información sobre las operaciones y servicios queofrece la Caja, así como para recabar documentaciónrelacionada a las mismas. Conforme se indica en el numeral15.7 de la Circular N° CM-334-2005, dentro de los siete (7) días calendario de formalizada la apertura, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC-T S.A.) deberá remitirel Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referida Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 01775 RESOLUCIÓN SBS Nº 42-2006 Lima, 18 de enero de 2006EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC-T S.A.) para que se le autoricela apertura de una Oficina, en la modalidad de Oficina Especial, en el distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo,departamento de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B" y la Intendencia Generalde Microfinanzas, mediante el Informe Nº 004-2006-DEMB; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros y la CircularNº CM-0334-2005; y, en uso de las facultades delegadasmediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC-T S.A.), la aperturade una Oficina, en la modalidad de Oficina Especial, sita en Elías Aguirre Nº 900, distrito de Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo Segundo.- La Oficina Especial autorizada en el artículo precedente, estará facultada para brindarinformación sobre las operaciones y servicios a queestá autorizada la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo (CMAC-T S.A.), así como recabar documentación relacionada con dichas operaciones y servicios.Conforme se indica en el numeral 15.7 de la CircularN° CM-334-2005, dentro de los siete (7) días calendariode formalizada la apertura, la Caja Municipal de Ahorro yCrédito de Trujillo (CMAC-T S.A.) deberá remitir el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referida Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 01774 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G44/G50/G59/G4D/G45/G20/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G56/G69/G73/G69/GF3/G6E /G53/G2E/G41/G2E/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G45/G6C/G20/G50/G65/G64/G72/G65/G67/G61/G6C/G2C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G64/G65/G20/G4D/G61/G6A/G65/G73/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G79/G6C/G6C/G6F/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 55-2006 Lima, 19 de enero de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME NUEVA VISIÓN S.A., para que se le autorice la apertura de unaAgencia en el distrito de Majes, provincia de Cayllomadel departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura dedicha agencia, conforme establece el procedimiento 11ºdel Texto Único de Procedimientos Administrativos(TUPA) actualmente vigente; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "A", mediante Informe Nº 003- 2006-DEM "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Bancay Seguros - Ley Nº 26702, en la Circular Nº EDPYME-