Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 54
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G38/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de febrero de 2006 Que, debido a las constantes afectaciones que se realizan en el distrito por parte de las empresas desaneamiento y electricidad se hace necesario lanormalización de las características técnicas de lasreparaciones de las veredas y pistas del distrito, siendoimportante tomar medidas técnicas y legales para prevenir y mejorar la calidad de las intervenciones de las mismas; Que, es objeto de la Municipalidad preservar el ornato, regular la circulación, así como velar por la seguridad delos ciudadanos, en ese sentido debe normarse lostrabajos de ejecución de obras de las empresas de servicios públicos con el fin de evitar el desorden y afectación del espacio urbano; además de garantizar alos ciudadanos un tránsito fluido y sin riesgo para suseguridad; Estando a los informes emitidos por la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano y la Oficina de Asesoría Jurídica, contando con la opinión favorable de la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y HabilitaciónUrbana, con dispensa y aprobación del acta porunanimidad se aprueba la siguiente; ORDENANZA REGLAMENTO PARA PARA LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS DE EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS EN ÁREAS DE DOMINIO PÚBLICO DEL DISTRITO DE CHORRILLOS Artículo 1º.- FINALIDAD Contar con un marco normativo adecuado para promover y regular los trabajos realizados por lasempresas de servicios públicos dentro de la jurisdiccióndel distrito de Chorrillos. Artículo 2º.- OBJETO Establecer normas, especificaciones y características para salvaguardar el orden, el ornato y buena practicade los procedimientos constructivos de las instalacionesy suministros de servicios públicos de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27972 y el Reglamento Nacional de Construcciones, Normas Técnicas Peruanas y demásnormas técnicas pertinentes. Artículo 3º.- ÁMBITO El presente reglamento es de interés público y de aplicación obligatoria en todo el distrito de Chorrillos. Artículo 4º.- BASE LEGAL- Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. - Reglamento Nacional de Construcciones. - Ordenanza Nº 203-MML. - Ley de Tributación Municipal. Artículo 5º.- DE LAS DEFINICIONES Quedan sujetas a las normas del presente Reglamento las empresas concesionarias de servicios de saneamiento, telecomunicaciones, electricidad y otros que involucren el tendido de redes aéreas o subterráneas. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS GENERALES Artículo 6º.- Toda empresa de servicios públicos esta obligada de tramitar la autorización de ejecución deobras complementarias en áreas de dominio público enla jurisdicción de la Municipalidad, para cada una de lasintervenciones que se realicen. Artículo 7º.- Las empresas de servicios públicos deberán prever la mejor alternativa de efectuar los trabajos proyectados; de forma que se afecte la menorcantidad posible en longitudes y áreas de infraestructuravial y patrimonio municipal. Artículo 8º.- Los requisitos mínimos para efectuar la solicitud de las autorizaciones de ejecución de obras complementarias correspondientes son: - Carta o previsto dirigida a la Municipalidad de Chorrillos, indicando el tipo de trabajo, dirección, vigenciay responsable de los trabajos a realizarse. - Recibo de pago por derecho de trámite.- Plano técnico indicando al detalle del trabajo a realizar (planta, alturas, detalles, leyenda, etc.). - Memoria descriptiva y especificaciones técnicas.- Otros requisitos según lo especificado en el TUPA. Artículo 9º.- Las obras de emergencia no están exceptuadas para la solicitud de la autorización deejecución de obras en áreas de dominio público; en talcaso por tratarse de un imprevisto se ingresará en unplazo no mayor a 3 días después de la ejecución de la obra los documentos indicados en el Artículo 8º, adjuntando el motivo de la emergencia con la que seestaría probando dicha situación. Artículo 10º.- El plazo para otorgar la autorización no deberá exceder a 3 días de recibida la solicitud, encaso se requiera la ampliación del mismo se deberá solicitar 3 días antes de la fecha de vencimiento cancelando solamente el recibo por trámite respectivo,si la vigencia culminase se deberá iniciar el trámitenuevamente. Artículo 11º.- Las empresas de servicios públicos o en su defecto las contratistas de las mismas deberán solicitar la conformidad de las obras para el anexo correspondiente al expediente ingresado a laMunicipalidad; debiendo realizar el trámite de acuerdo alo especificado en el Artículo 12º. Artículo 12º.- Se deberá adjuntar los siguientes requisitos para solicitar la conformidad de obra respectiva. Para obras realizadas en pavimentos rígidos y flexibles con un área mayor a 4.00 m2: - Solicitud de conformidad de obra. - Pruebas de control de compactación de terreno y resistencia de materiales. - Los costos deben considerarse respecto al TUPA de la Municipalidad según el Anexo Nº 1 de la presenteordenanza. En obras menores o en las que por sus dimensiones no sean consideradas como indispensables los ensayos, se omitirá tales documentos técnicos; requiriendo seingrese la declaración jurada respectiva garantizandolos trabajos realizados. Artículo 13º.- La otorgación del documento de conformidad no excederá de 5 días de recibida la solicitud, salvo se encuentre observaciones técnicas las cuales ameritarán la reposición de acuerdo a loindicado en las Disposiciones Técnicas de la presenteordenanza. Artículo 14º.- Las inspecciones oculares se realizarán como mínimo al inicio y al término de la vigencia de la autorización, incrementándose según la magnitud de la obra considerando el número de inspeccionessegún el TUPA de la Municipalidad. Artículo 15º.- La autorización deberá constar en copia en la ubicación de la obra a fin de que sea mostrada a lasautoridades del orden e inspectores de la Municipalidad. Artículo 16º.- La empresas de servicios públicos de saneamiento, telecomunicaciones y electricidad u otrosestarán afectos a implantarse las multascorrespondientes según la Ordenanza Nº 051-MDCH -Cuadro de Sanciones y Multas de esta Municipalidad;así mismo está considerado el desacato a la autoridad del orden e inspectores de la Dirección de Obras y Desarrollo Urbano de esta Municipalidad imponiéndosela multa correspondiente al 50% de la UIT. Artículo 17º.- La empresas de servicios públicos y cualquier otra persona natural o jurídica que realicenobras de magnitud en las áreas de dominio publico; están obligadas a presentar ante esta Municipalidad la programación anual de ejecución de sus obrascomprendiendo el mantenimiento, ampliación oconstrucción de sus redes, presentando planos a detallesasí como los plazos de ejecución; esto se realizará hastael 31 de octubre de cada año. Artículo 18º.- Para el caso de solicitudes de Autorizaciones de Conexiones Domiciliarias de agua ydesagüe en áreas de dominio público que se realicen enpueblos jóvenes, asentamientos humanos, asociaciones,