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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (05/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G30/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 5 de febrero de 2006 al Abog. Benito Fernández Briones, como Responsable de Acceso a la Información, en reemplazo del Abog.Juan Carlos Esparza Vergara y Proveído de Alcaldía Nº 0053-2006; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con elArtículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado, se ha promulgado la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la cual se cautela y sepromueve la transparencia de los actos de todas las entidades de la Administración Pública, entre ellos los gobiernos locales; Que, los Artículos 3º y 8º, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece que la entidad bajoresponsabilidad de su máximo representante, deberá designar al Funcionario Responsable de brindar la información solicitada; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 505-2005-A-MPC, de fecha 11 de agosto del 2005 se designó al abogado Juan Carlos Esparza Vergara, como el Encargado deBrindar la Información, solicitada por los ciudadanos a la Municipalidad Provincial de Cajamarca; Que, habiéndose prescindido de los servicios del Abog. Juan Carlos Esparza Vergara, resulta necesario designar como Responsable de Acceso a la Información, al Abog. Benito Fernández Briones, empleado nombradode esta Institución; Que, estando a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por DecretoSupremo Nº 043-2003-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM; y, Estando a lo expuesto en la parte considerativa y de conformidad con el Inc. 6) del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, al abogado Benito Fernández Briones, COMO EL ENCARGADO DE BRINDAR LA INFORMACIÓN, solicitada por losciudadanos a la Municipalidad Provincial de Cajamarca, en aplicación a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto SupremoNº 043-2003-PCM y su Reglamento. Artículo Segundo.- DISPONER, que todos los Funcionarios de las Gerencias, Subgerencias y Unidadesque integran la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, faciliten bajo responsabilidad toda la información que se requiera por el Funcionario designado,dentro de Cuarenta y Ocho horas (48) de solicitadas y en las condiciones que haga posible su cumplimiento, a fin de que cumpla con la función encomendada. Artículo Tercero.- DISPONER, que el Encargado designado en la presente Resolución, también llevará el control relativo al ingreso a esta comuna de las solicitudes de acceso a lainformación y, si fueron o no atendidas, a fin de darse información a la Presidencia del Consejo de Ministros, conforme a lo dispuesto por el Artículo 22º del Reglamento de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública, aprobada por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Artículo Cuarto.- DÉJESE, sin efecto toda disposición que contravenga la presente Resolución. Artículo Quinto.- DISPONER, que la Gerencia Municipal proporcione al Encargado, todas las facilidades que permitanla implementación de la presente Resolución. Artículo Sexto.- DISPONER, que la Gerencia de Imagen Institucional y Protocolo; y estando de conformidadcon el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; adicionalmente, la entidad edil colocará copia dela Resolución de designación, en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. EMILIO HORNA PEREIRA Alcalde Provincial 02193 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU