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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G30/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 5 de febrero de 2006 la inversión privada, bajo la modalidad de Asociación Pública Privada - APP; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Estudios y Proyectos requiere contratar un consultor para que brinde asesoría al Comité de Adjudicación de Concesiones del ConcursoInternacional de Proyectos Integrales Nº 001-97- MML, en proceso de concesión, así como para el asesoramiento especializado en la supervisión decontratos de concesión con participación de la inversión privada y para el desarrollo de modelos de negocios y modelos económicos y financieros conparticipación de la inversión privada, bajo la modalidad de Asociación Pública Privada - APP, con experiencia en este tipo de actividades en proyectosde inversión mayor a los US$ 150'000,000.00, así como en la identificación y promoción de proyectos de renovación urbana, porque no cuenta con personalespecializado para atender dichos requerimientos, con un plazo de duración de 11 meses que va desde la firma del contrato hasta el último día hábil del mesde diciembre del 2006, con un valor referencial de S/. 120,000.00; Que, la Gerencia de Estudios y Proyectos, informa que la firma Carlos Talledo Asesores y Consultores S.A., reúne las características técnicas especializadas requeridas para la prestación del servicio a contratar yademás se trata de la única empresa que a nivel municipal viene desarrollando proyectos con participación del sector privado, con una inversión superior a los US$150'000,000.00 y por tanto es la única persona jurídica que cumple con la experiencia requerida en este tipo de proyectos, además que es necesaria la continuidad delservicio de asesoría porque dicha firma ha prestado asesoría al Comité de Adjudicación del Concurso de Proyectos Integrales Nº 001-97-MML en forma adecuadadurante el año 2005; Que, la Oficina de Administración y Finanzas informa que por las características propias descritasen el informe técnico, dicha contratación se encuentra comprendida dentro de la modalidad de prestación de un servicio personalísimo y por tanto dentro de lascausas de exoneración del proceso de selección previsto en el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, concordado con lo dispuesto en el Artículo 145º de su Reglamento; asimismo, señala que dichacontratación se encuentra comprendida en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del INVERMET correspondiente al Ejercicio Presupuestaldel año 2006 con un valor referencia de S/. 120,000.00; Que, el inciso f) del Artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordado con lo dispuesto en el Artículo 145º de su Reglamento, permite la exoneración del proceso de selección, para lacontratación de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas, cuando exista la necesidad de proveerse de servicios profesionalesespecializados y para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes,particulares o especiales, o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica informa que de acuerdo con lo expuesto por la Gerencia de Estudios y Proyectos, la firma Carlos Talledo Asesores y Consultores S.A., es la única persona jurídica del medioque viene desarrollando proyectos municipales con inversión privada superior a los US$ 150'000,000.00 y que requiere su continuidad en la asesoría del Comité deAdjudicación del Concurso de Proyectos Integrales Nº 001-97-MML, además de ser una firma especializada en el desarrollo de proyectos de inversión pública privadamunicipales y de renovación urbana, por lo que dicha contratación está comprendida dentro de la exoneración prevista en el inciso f) del Artículo 19º de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, por concurrir las características establecidas en el Artículo 145º de su Reglamento, la misma que debe tramitarse con lasformalidades y plazos previstos en el Artículo 146º y siguientes de dicho Reglamento; Estando a lo expuesto por la Gerencia de Estudios y Proyectos, la Oficina de Administración y Finanzas y la Oficina de Asesoría Jurídica en sus Informes Nºs. 003-2006/GEP, 009-2006-OAF y 015-2006-OAJ de fechas 10, 16 y 20.01.06, respectivamente y a las facultades establecidas en el inciso a) del Artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE: 1. Exonerar del proceso de selección, la contratación de los servicios de un asesor externo, para la asesoría del Comité de Adjudicación de Concesiones del Concurso de Proyectos Integrales Nº 001-97-MML, así como en eldesarrollo de modelos de negocios y modelos económicos y financieros para proyectos municipales y de renovación urbana con financiamiento privado bajo lamodalidad de Asociación Pública Privada - APP, por la causa de servicios personalísimos, prevista en el inciso h) del Artículo 19º del TUO de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Artículo 145º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 2. Autorizar la contratación de los servicios personalísimos de la firma Carlos Talledo Asesores yConsultores S.A., por un valor referencial de S/. 120,000.00, para que brinde el servicio de asesoramiento señalado en el punto precedente,mediante el procedimiento establecido en el Artículo 148º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por un período de 11 meses que va desde la firma del contrato hasta el último día hábil del mes de diciembredel 2006, cuya contratación estará a cargo de la administración. 3. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y su comunicación a la Contraloría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Artículo 147º de su Reglamento, aprobado por elDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Regístrese y comuníquese.ALFONSO CAMPOS ALVAREZ Secretario General PermanenteFondo Metropolitano de Inversiones - INVERMET 02199 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G64/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G42/G72/G69/G6E/G64/G61/G72 /G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 017-2006-A-MPC Cajamarca, 12 de enero del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: El Oficio Nº 03-2006-GM-MPC, de fecha 9 de enero del 2006, de la Gerencia Municipal, solicitando designar