Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2006 (05/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 5 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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cuando no fundamenta su pretension, carece de asidero legal toda vez que dicha Resolucion no adolece de ningun vicio que cause su nulidad de conformidad a lo senalado en el articulo 10° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, encontrandose debidamente motivada en observancia de lo establecido en el articulo 6° de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, respecto a la Prescripcion, se debe tener en cuenta que el articulo 173° del D.S. N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa senala que el MORDAZA administrativo debera iniciarse en el plazo no mayor de un (01) ano contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conocimiento de la comision de la falta disciplinaria. Es asi que dicho plazo ha sido computado por la Comision Permanente teniendo en cuenta la fecha en que de acuerdo con la informacion remitida por la Universidad Nacional de MORDAZA mediante Oficio N° 0265-2005-R-UNC de 21 de setiembre de 2005, se determino que la MORDAZA de Admision y MORDAZA de Notas presentadas por el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no son veraces, por no haber tenido la condicion de alumno de la Facultad de Ingenieria Civil de la citada Universidad, consecuentemente la solicitud de prescripcion es infundada; Que, para mejor ilustracion de esta Comision Permanente se reviso el legajo personal en el que se observa que en el rubro "Estudios" obra la mencionada MORDAZA de Notas y la MORDAZA de Admision presentados por el servidor, las mismas que no son veraces por cuanto segun el cruce de informacion efectuado con la Universidad Nacional de MORDAZA, de lo informado por la Oficina General de Admision y proveido del responsable de la Oficina de Notas de la Facultad de Ingenieria, al efectuar la revision de los archivos correspondientes al ano 1983, tanto en los listados generales de postulantes como los resultados oficiales del Primero y MORDAZA Examen, NO FIGURA el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como tampoco se encuentra registrado como alumno de la Facultad de Ingenieria, y en el rubro "otros" del referido legajo personal, obra la ficha resumen cuya informacion tiene caracter de Declaracion Jurada, en la que el precitado servidor senala tener estudios superiores incompletos y haber estudiado hasta 2do. ano en la Facultad de Ingenieria Civil de la Universidad Nacional de Cajamarca; Que, del analisis del descargo presentado por el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los actuados se colige que los argumentos que esgrime no desvirtuan los cargos que se le imputa ni enervan los fundamentos de la Resolucion Ministerial Nº 2368-2005IN-1300 de 22 de noviembre de 2005 que resolvio instaurarle MORDAZA administrativo disciplinario, toda vez que no ha presentado ninguna prueba documental que demuestre que curso estudios en la Facultad de Ingenieria de la Universidad Nacional de MORDAZA a fin de ratificar la informacion consignada en la Ficha Resumen que obra en su legajo personal que tiene calidad de Declaracion Jurada, pretendiendo la nulidad de la Resolucion Ministerial N° 2368-2005-IN/1300 de 5 de octubre de 2005, sin aportar ningun elemento adicional en su defensa respecto a las faltas disciplinarias que se le imputan; Que, atendiendo a lo expuesto en los considerandos precedentes ha quedado acreditado que la MORDAZA de Admision y la MORDAZA de Notas presentadas por el servidor procesado no son veraces, y por ende, no ha cursado estudios en la Facultad de Ingenieria de la Universidad Nacional de MORDAZA, motivo por el cual le asiste responsabilidad administrativa por la comision de falta grave que amerita la aplicacion de una sancion; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, a lo dispuesto por el inciso m) del articulo 28° e incisos d) y e) del articulo 3° del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, a lo senalado en el numeral 2. del articulo 6° de la Ley N° 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y los articulos 126°, 150°, 151°, 153°, 155°, 159° y 170° del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, asi como el numeral 9.3 del articulo 9° del Reglamento Interno de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior aprobado por Resolucion Ministerial Nº 2179-2005-IN-0104 y el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370,

Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sancionar con DESTITUCION al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo I, nivel STC, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendose notificar de la presente Resolucion Ministerial al citado servidor. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal del Ministerio del Interior inserte MORDAZA de la presente Resolucion en el legajo personal del servidor procesado. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros a fin de que se disponga su inscripcion en el Registro Nacional de Sanciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 02212

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comision Multisectorial creada mediante la R.M. Nº 431-2005-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0378-2006-IN MORDAZA, 3 de febrero del 2006 Visto, el Oficio Nº1407-VALP/B/03 de fecha 9 de diciembre del 2005, remitido por el Viceministro de Asuntos Logisticos y de Personal del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 431-2005PCM se constituyo la Comision Multisectorial, adscrita al Ministerio de Defensa, en la cual el Ministerio del Interior es parte integrante; con el objeto de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 24988 - Ley que declara de interes social la atencion a los requerimientos de vivienda y salud, para integrantes del Cuerpo General de Invalidos del Ejercito y para los miembros de las otras instituciones militares y policiales que en acto, ocasion o a consecuencia del servicio, resulten invalidos; Que, en el articulo 3° de la Resolucion Ministerial Nº 431-2005-PCM, establece que, la designacion de cada representante ante la referida Comision se efectuara mediante Resolucion Ministerial del Sector, siendo por ello, necesario designar al representante del Sector Interior, a fin de dar cumplimiento al referido dispositivo legal; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobo el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior; y, Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA BIEBERACH MORDAZA Asesor del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio del Interior, como representante Titular, y al Mayor SPNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Asesor de la Secretaria General del Ministerio del Interior, como representante Alterno del Ministerio del Interior ante la Comision Multisectorial creada mediante Resolucion Ministerial Nº 431-2005-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 02210

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