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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G30/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 5 de febrero de 2006 legislativas para reformar el citado Código, actualmente en trámite en el Congreso de la República; Que, asimismo, es necesario autorizar a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos para que a través de laDirección de Difusión Legislativa organice seminarios, fórums y otros eventos, necesarios para analizar, debatir y divulgar las propuestas de reforma al Código Civilvigente, formuladas por la Comisión Encargada de Elaborar el Anteproyecto de Ley de Reforma del Código Civil; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dispóngase la publicación de las propuestas de reformas urgentes al Código Civil vigente y su correspondiente exposición de motivos, formuladas por la Comisión encargada de elaborar el anteproyectode Ley de Reforma del Código Civil, respecto al Título Preliminar y a los Libros de Derecho de las Personas, Acto Jurídico, Derechos Reales, Registros Públicos,Responsabilidad Extracontractual y Derecho Internacional Privado en la página web del Ministerio de Justicia, www.minjus.gob.pe, a fin de promover su difusióny debate. Los comentarios a las propuestas de reforma del Código Civil, deberán ser remitidas en un plazo de quince(15) días al correo electrónico: codcivil@minjus.gob.pe Artículo 2º.- Las propuestas de reforma del Código Civil que presente con posterioridad la Comisiónencargada de elaborar el anteproyecto de la Ley de Reforma del Código Civil, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 26673 y su modificatoria, serán difundidas ydebatidas en la forma dispuesta por el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorízase a la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos para que a través de la Dirección de Difusión Legislativa, organice seminarios, fórums y otros eventos de carácter gratuito, necesarios para analizar,debatir y divulgar las propuestas de reforma al Código Civil vigente formuladas por la Comisión Encargada de Elaborar el Anteproyecto de Ley de Reforma del CódigoCivil. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 02171 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61 /G63/G6F/G6D/G6F/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G46/G72/G6F/G6E/G74/G65/G72/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2006-JUS Lima, 3 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM, de fecha 21 de mayo de 2001, se creó el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, encargado de proponer lapolítica de Estado en materia de desarrollo fronterizo y de promover, coordinar y evaluar su cumplimiento; Que, el Artículo 3 del mencionado Decreto Supremo, establece que el Consejo estará integrado por un Viceministro de cada Sector del Poder Ejecutivo, quienes serán nombrados por Resolución Ministerial del Sectorque representan; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 199-2005- JUS, se designó al señor abogado Alejandro IgnacioTudela Chopitea, en calidad de Viceministro de Justicia, como representante del sector ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras; Que, mediante Resolución Suprema Nº 199-2005- JUS, de fecha 24 de agosto de 2005, se designó al señor abogado Jaime Florencio Reyes Miranda, en el cargo deViceministro de Justicia;.Que, es necesario designar al representante del Sector Justicia ante el referido Consejo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto LeyNº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia,y el Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM, que Crea el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Déjase sin efecto la Resolución Ministerial Nº 199-2005-JUS, de fecha 12 de abril de 2005. Artículo 2º.- Desígnase al señor abogado Jaime Florencio Reyes Miranda, en calidad de Viceministro de Justicia, como Representante del Sector ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Relaciones Exteriores, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 02172 PRODUCE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G73/G75/G70/G6C/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9 /G64/G65/G20 /G41/G70/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65/G6C /G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 029-2006-PRODUCE Lima, 2 de febrero del 2006CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, determina que el Comité de Apelación de Sanciones es el órgano delViceministerio de Pesquería encargado por delegación de evaluar y resolver los recursos de apelación interpuestos contra las resoluciones sancionadoras del subsector, asícomo de conducir y desarrollar el proceso administrativo de apelación, en relación a los recursos que se interpongan; Que, el artículo 19º del Manual de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción indica que el referido Comité, estará conformado por tres miembros titulares y dos miembros suplentes designados porResolución Ministerial, siendo que estos últimos, actuarán en ausencia o impedimento de los miembros titulares; y, que conforme al artículo 20º del mismo cuerpo normativo,la validez de las sesiones dependerá solamente de la presencia de todos los miembros del Pleno; Que, por Resolución Ministerial Nº 102-2003- PRODUCE, de fecha 17 de marzo de 2003, se designó a los miembros del Comité de Apelación de Sanciones del Viceministerio de Pesquería, figurando entre losmiembros suplentes, la abogada Indira Fabián Ferrer de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Sector; Que, la referida profesional ha dejado de prestar sus servicios a esta entidad, desde el 30 de septiembre de 2004; en este sentido, resulta pertinente designar al funcionario que ocupará dicho cargo de confianza, conla finalidad de garantizar el normal desarrollo del Comité; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27779 - Ley de Creación del Ministerio de la Producción y laLey Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del artículo 11º del Reglamentode Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, desde el 1 de febrero de 2006, a la abogada JANEYRI ELÍZABETH BOYER