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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G34/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de febrero de 2006 Artículo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado, estará a disposición de losinteresados en la página web y en la Oficina deAdministración del Seguro Integral de Salud, sito en la Av. Gregorio Escobedo Nº426 - Jesús María, pudiendo ser adquirido por el interesado a costo de producción. Regístrese y comuníquese.MOISÉS ACUÑA DÍAZ Jefe del Seguro Integral de Salud 02472 SUNARP /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C /G4E/GBA/G20/G49/G58/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 035-2006-SUNARP/SN Lima, 10 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima; Que, mediante Resolución Nº 289-2005-SUNARP/ SN de fecha 21 de noviembre del 2005 se encargó dicha Jefatura al abogado Walter Poma Morales, Gerente Registral de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima; Que, resulta necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo de confianza, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 18º literal d) de la Ley Nº 26366; Que, el Directorio de la SUNARP acordó designar al señor abogado Miguel Antonio Morales-Bermudez Field en el cargo de Jefe de la Zona Registral Nº IX, Sede Lima; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26366 y en los literales v) y w) del Estatuto de la SUNARPaprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, al señor abogado Miguel Antonio Morales-Bermudez Fielden el cargo de Jefe de la Zona Registral Nº IX - SedeLima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Públicos 02597 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 030-2006-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-PR Callao, 9 de febrero de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 875-2005-REGIÓN CALLAO/PR, de fecha 10 de noviembre del 2005, de la PresidenciaRegional; el Informe Final de Resultados de la Segunda Evaluación de la Gestión del Director Regional de Educación del Callao, de fecha 16 de diciembre del 2005,emitido por la Comisión de Evaluación, el Oficio Nº 666-2005-ME/VMGI, de fecha 5 de diciembre del 2005, de laViceministra de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, el Oficio Nº 029-2006-ME/DM, de fecha 18de enero del 2006 del Despacho del Ministro deEducación; el Informe Nº 184 -2006-GOB. REG. CALLAO/ GAJ, de fecha 8 de febrero del 2006, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el numeral 5.2.2 de la Directiva Nº 001-CND-P- 2003, señala que hasta la culminación de la Tercera Etapa de Transferencia y Recepción de CompetenciasSectoriales, y de la Cuarta Etapa de Transferencia yRecepción de Competencias Sectoriales en Educacióny Salud, establecidas en la Ley de Bases de laDescentralización, los Perfiles de los Directores Regionales Sectoriales y los Términos de Referencia correspondiente para cada uno de los ConcursosPúblicos de Selección de los Directores RegionalesSectoriales, serán establecidos por el Sector delGobierno Regional correspondiente y remitidos alGobierno Regional y a las Comisiones Regionales del Concurso, para su respectiva aplicación en el proceso de selección. Asimismo el numeral 5.4 de la acotadaDirectiva y referida al rubro de Evaluación, señala que elGobierno Regional evaluará semestralmente eldesempeño de la función de cada uno de los DirectoresRegionales Sectoriales, conjuntamente con el Sector del Poder Ejecutivo Nacional, precisando además que en este marco la renovación y la remoción del DirectorRegional Sectorial requiere la conformidad del Presidentedel Gobierno Regional y la del Titular del Sector delGobierno Nacional. Cualquiera de ellos puede proponerla renovación o remoción del correspondiente Director Regional Sectorial. Asimismo el numeral 5.2.5, último párrafo señala que la designación de los DirectoresRegionales Sectoriales se efectúa por un plazo de dos(2) años, pudiendo ser renovable el período a propuestay conformidad del Presidente del Gobierno Regional delCallao y del Titular del Sector del Gobierno Nacional Que, por Resolución Ministerial Nº 0073-2005-ED, se aprueban los procedimientos para evaluar, investigary remover a directores regionales de educación. Que, mediante documento de Vistos, el Presidente del Gobierno Regional del Callao, comunica al señorMinistro de Educación que el plazo de designación del actual Director Regional de Educación del Callao, vence el 14 de noviembre del 2005, motivo por el cual tenga abien evaluar la posibilidad de que el Lic. Rogelio GalarzaMesías, actual Director Regional de Educación del Callao,sea renovado en el cargo por un período igual al quepreceptúa la Ley, por lo que solicita la designación de dos representantes de dicho Sector para evaluar dicha situación. Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nª 255-2005- Gobierno Regional del Callao/PR, de fecha 16 denoviembre del 2005, y al no tener contestación delMinisterio de Educación respecto de la petición planteada por el Gobierno Regional del Callao y con la finalidad de no afectar la prestación del servicio público de educacióndel ámbito de la Provincia Constitucional del Callao, laEntidad procedió a encargar la Dirección Regional deEducación del Callao al Lic. Rogelio Galarza Mesías,hasta que obtenga respuesta del Despacho del Ministro de Educación, respecto a la designación por un plazo adicional de 2 años, del referido funcionario. Que, por Oficio Nº 666-2005-ME/VMGI, de fecha 5 de diciembre del 2005, la Viceministra de GestiónInstitucional del Ministerio de Educación, enrepresentación del Ministro de Educación da contestación a los Oficios cursados por la Entidad, mediante el cual se solicitó la renovación en el cargo del actual DirectorRegional de Educación del Callao, cuyo plazo dedesignación vence el 14 de noviembre, motivo por elcual han procedido a designar a los Profesores SoniaEsther Torres Díaz y Cristian Araujo Villareal , especialistas de la Oficina de Coordinación y Supervisión Regional, como representantes para conformarconjuntamente con sus funcionarios, la ComisiónEvaluadora de la Gestión del mencionado funcionario; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 271-2005- Región Callao, de fecha 12 de diciembre del 2005, la Entidad conformó la Comisión de Evaluación Semestral de la gestión del Director Regional de Educación delCallao, conformada por funcionarios del GobiernoRegional del Callao y el Ministerio de Educación, en