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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (11/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 85

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G34/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de febrero de 2006 observancia de lo dispuesto por el Numeral 5.5.4 de la Directiva Nº 001-CND-P-2003, aprobado por ResoluciónPresidencial Nº 012-CND-P-2003. Que, por Informe. Final de Resultados de fecha 16 de diciembre del 2005, la Comisión de Evaluación presenta al Ministro de Educación y al Presidente del Gobierno Regionaldel Callao su Informe Final en el que concluyen que altérmino del proceso de evaluación, opina por renovar laconfianza al Lic. Rogelio Galarza Mesías, en el cargo deDirector Regional de Educación del Callao, recomendando emitir la Resolución Ejecutiva Regional correspondiente. Que, mediante Oficio Nº 029-2006-ME.DM, de fecha 18 de enero del 2006, el Ministro de Educación, manifiestaque luego de haber recibido información proporcionadapor sus representantes que conformaron la Comisiónde Evaluación Semestral de la Gestión del Director Regional de Educación del Callao, su Despacho otorga la conformidad para la renovación en el cargo del actualDirector Regional de Educación del Callao. Que, por documentos de Vistos, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión pronunciándose por quese expida la Resolución Ejecutiva Regional que renueva por un plazo de dos (2) años la designación del Lic. Rogelio Galarza Mesías en el cargo de DirectorRegional de Educación del Callao, en razón de ello, sedebe dejar sin efecto el encargo de funciones de DirectorRegional de Educación del Callao, conferido medianteResolución Ejecutiva Regional Nº 256-2005- Gobierno Regional del Callao, de fecha 16 de noviembre del 2005. Que, la presente Resolución cuenta con la conformidad de la Gerencia General Regional y lasvisaciones del Gerente Regional de Desarrollo Social yla Gerencia de Asesoría Jurídica, y: Estando a lo actuado y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 y el Reglamentode Organizaciones y Funciones del Gobierno Regionaldel Callao, aprobado por Ordenanza Regional Nº 02-2003-CR/RC y su modificatoria aprobado por OrdenanzaRegional Nº 012-2005-CR-RC,. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Renovar la designación en el cargo de Director Regional de Educación del Callao alLic. ROGELIO JUAN GALARZA MESIAS, cargo considerado de confianza y por un plazo de dos (2) años, en razón de las consideraciones expuestas en lapresente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el acto Administrativo contenido en la Resolución EjecutivaRegional Nº 256-2005-Gobierno Regional del Callao/PR de fecha 16 de noviembre del 2005. Artículo Tercero.- Disponer que, la Oficina de Trámite Documentario y Archivo proceda a notificar la presenteResolución al Ministerio de Educación y al interesadopara los fines que estime conveniente. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario de mayor circulación de la Región. Regístrese y comuníquese.ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 02652 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G63/G6F/G6E/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G76/G65/G6E/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6E/G6F/G6E/G20/G79/G52/G65/G67/G61/G6C/GED/G61/G20/G4D/G69/G6E/G65/G72/G61 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 002-2006-CR/GRL Huacho, 7 de febrero del 2006 VISTO: En la Sesión de Consejo Ordinario de fecha 7 de febrero del 2006, realizada en la ciudad de Huacho, los señores consejeros del Gobierno Regional de Lima,manifestaron su preocupación por los desastres que laslluvias, huaycos y otros fenómenos naturales están ocasionando a los centros poblados ubicados dentro dela jurisdicción del Gobierno Regional de Lima, generandograves pérdidas materiales en la población que habitan en las zonas afectadas por estos fenómenos; CONSIDERANDO:Que, es obligación del Gobierno Regional tomar medidas urgentes a fin de prevenir que los desastres ocasionados por los fenómenos naturales que afecta a la Región Lima, generen daños irreparables tanto en lomaterial como en vidas humanas; Que, la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, en su Cuarta DisposiciónTransitoria faculta a los Gobiernos Regionales a utilizar hasta un 20% de los recursos provenientes de los Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley Nº 28258,para el mantenimiento de la infraestructura generadapor los proyectos de impacto regional; Que, ante la inminencia de los desastres naturales, urge la necesidad de contar con partidas presupuestales para efecto de poder ejecutar trabajos de emergencia contra los desastres que los fenómenos naturales están ocasionado,a los centros poblados del Gobierno Regional de Lima; Que, tras las deliberaciones respectivas entre los señores Consejeros asistentes a la Sesión y con el votounánime de sus integrantes y, en uso de las facultades conferidas por el inciso s) del Artículo 15º de La Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales",concordante con el Artículo 39º del mismo cuerpo legal; Estando a lo expuesto, y en concordancia con las normas citadas en los considerandos precedentes; ACUERDAN: Artículo Único.- Aprobar el monto de Quinientos Mil con 00/100 Nuevos Soles (S/ 500,000.00) para la atenciónde la ejecución de obras de emergencia, con cargo al20% de los recursos provenientes de los Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley Nº 28258. Mando se registre, comunique y publique.MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 02598 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE ATE /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65 /G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 007 Ate, 31 de enero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; En Sesión ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero de 2006, el Dictamen Nº 01-06-CPAyAM/MDA de laComisión de Programas Alimentarios y Agencias Municipales;el Informe Nº 037-2006-GGM/MDA de la Gerencia GeneralMunicipal que hace de conocimiento el desabastecimientoInminente del Programa del Vaso de Leche para que lo apruebe el Concejo Municipal; los Informes Nºs. 001 y 002- 2006-SGA-SGPVL/MDA de la Subgerencia Abastecimientoy Subgerencia del Programa del Vaso de Leche; el InformeNº 246-2006-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos;el Informe Nº 011-2006-SGPVL-GGM-MDA de laSubgerencia del Programa del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 011-2006/AGPVL/GGM/ MDA la Sub Gerencia del Programa del Vaso de Leche