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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (11/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G34/G31/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 11 de febrero de 2006 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65 /G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G61/G67/G72/G6F/G70/G65/G63/G75/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G61/G6E/G61/G20/G74/G72/G61/G76/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G67/G61/G72/G69/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G41/G6E/G63/GF3/G6E/G2C/G20/G50/G75/G63/G75/G73/G61/G6E/G61/G20/G79/G20/G4C/G61/G20/G4F/G72/G6F/G79/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 035-2006-INEI Lima, 20 de enero del 2006 Visto el Oficio Nº 017-2006-AG-DGIA/008-DE, de la Dirección General de Información Agraria del Ministeriode Agricultura, solicitando autorización para la obtenciónde información sobre volúmenes de ingreso de productos agropecuarios a Lima Metropolitana, a través de las Principales Garitas de acceso; CONSIDERANDO:Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", el INEI es el ente rector delSistema Nacional de Estadística y tiene entre susfunciones normar, supervisar y evaluar los métodos,procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas porlos órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Oficiales del país; Que, la Dirección General de Información Agraria del Ministerio de Agricultura, requiere obtener informacióndiaria sobre volúmenes de ingreso de productosagropecuarios en Lima Metropolitana, con el propósitode conocer el abastecimiento de productos agroalimentarios e interpretar el comportamiento de los precios en los principales mercados de LimaMetropolitana; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución del mencionado registro, el mismo que se realizará enlas principales garitas de control, a todos los vehículos que ingresen a Lima Metropolitana, transportando productos agropecuarios, así como aprobar el formatocorrespondiente; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM,Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y la visación de la Subjefaturade Estadística y de la Oficina Técnica de AsesoríaJurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística eInformática"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización del registro de productos agropecuarios que ingresan a través de lasgaritas de control de Ancón (Km. 42, PanamericanaNorte), Pucusana (Km. 57, Panamericana Sur) y laOroya (ciudad de La Oroya, provincia de Yauli,departamento de Junín). Artículo 2º.- Aprobar el formato correspondiente, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- El mencionado registro será ejecutado, por personal debidamente identificado de la DirecciónGeneral de Información Agraria del MINAG, medianteentrevista directa a todos los transportistas o conductores, que pasan por las principales garitas de control transportando productos agropecuarios, La encuesta serealizará en los meses de enero a diciembre del 2006. Artículo 4º.- Las personas naturales o jurídicas a que se refiere el Art. 1º de la presente Resolución, quese negaren a brindar información y/o suministren datos falsos, serán multadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe Instituto Nacional de Estadística e Informática 02629/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G22/G45/G6E/G63/G75/G65/G73/G74/G61 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G65/G6C/G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G53/G61/G6C/G61/G72/G69/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 060-2006-INEI Lima, 7 de febrero del 2006 Visto el Oficio Nº 029-2006-MTPE/4/10.3 de la Oficina de Estadística e Informática del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo (MTPE), solicitando autorizaciónpara la ejecución de la "Encuesta Nacional de Sueldos ySalarios"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional deEstadística e Informática", el INEI es el ente rector delSistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas porlos órganos del Sistema para la producción de lasEstadísticas Básicas referidas a los Sistemas de CuentasNacionales y Regionales; Que, la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con la finalidad de conocer elnivel, estructura, distribución y evolución de lasremuneraciones nominales y reales, en el sectorasalariado privado de los principales centros urbanosdel país, ha programado la ejecución de la Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios, con información referida a los meses de diciembre 2005 en Lima Metropolitana yjunio y diciembre del 2005 para el resto del país, la cualpermitirá determinar el nivel y las tendencias que siguenlos sueldos y salarios nominales y reales, en los distintossectores económicos del área urbana del país, permitiendo obtener información oportuna y de calidad para la toma de decisiones de la política salarial; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecución de la "Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios" dirigidaa empresas de 10 a más trabajadores seleccionadas enuna muestra representativa a nivel nacional en las principales ciudades del país en todas las ramas de la actividad económica; Con la opinión técnica de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y la visación de la Sub Jefatura deEstadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Estadística e Informática; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organización yFunciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática"; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios" dirigida a las empresas con 10 a más trabajadores a nivel de Lima Metropolitana y las ciudades de Arequipa, Trujillo, Chiclayo, Piura, Iquitos,Chimbote, Cusco, Huancayo, Tacna, Pucallpa, Ica,Huánuco, Puno, Juliaca, Ayacucho, Cajamarca, Tarapoto,Tumbes, Cerro de Pasco, Huaraz, Abancay, Moquegua,Huancavelica, Puerto Maldonado y Chachapoyas, en todas las ramas de actividad económica, la que será ejecutada por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo yFormación Profesional del MTPE. Artículo 2º.- Aprobar el formulario correspondiente de la mencionada encuesta, que forma parte integrante de lapresente resolución, y que se ejecutará para relevar información correspondiente a diciembre 2005 en Lima Metropolitana y de junio y diciembre 2005 para el resto deciudades. Artículo 3º.- Las empresas a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución brindarán las facilidadesa los entrevistadores encargados del diligenciamiento del formulario, quienes estarán debidamente acreditados por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y FormaciónProfesional del MTPE. Artículo 4º.- Se establece que los períodos de recojo de información correspondiente a Lima Metropolitana serádel 8 de febrero al 3 de marzo del 2006 y para el resto de ciudades del 20 de febrero al 21 de marzo del 2006.