Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2006 (19/02/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 64

Pag. 312894
VISTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de febrero de 2006

En la Sesion Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha en el Local del Palacio Municipal, bajo la presidencia del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mini y la asistencia de los senores Regidores MORDAZA Arakaki Nakamine, MORDAZA MORDAZA Dreyfus, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Pedido sobre modificatoria del Acuerdo de Concejo Nº 114-2005/ML. CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 26 de septiembre del 2005, se aprobo el Acuerdo de Concejo Nº 114-2005/ML declarando en emergencia sanitaria el sistema de agua y alcantarillado en la MORDAZA de los Balnearios y Playas del Sur del distrito de Lurin - MORDAZA A, hasta que se resuelva el problema de contaminacion; Que, con fecha 27.09.2005 la Comision Especial nombrada mediante Acuerdo de Concejo Nº 105-2005/ML y encargada de investigar y evaluar lo relacionado a la situacion del servicio de agua potable y alcantarillado de los Balnearios de la MORDAZA A, emite Dictamen Nº 01-2005-CE/ ML sobre el MORDAZA, el mismo que es materia de aprobacion por Acuerdo de Concejo, y por lo tanto es necesario la modificacion del Acuerdo de Concejo Nº 114-2005/ML; Que, de la investigacion y evaluacion realizada en la MORDAZA por la Comision Especial, se ha verificado que en las viviendas que tienen silos, estos estan colapsando, por lo que deduce que transcurrido un ano del informe de salud se habria incrementado mucho mas la contaminacion, poniendo en gravisimo riesgo tanto la salud de las personas como el espacio ecologico ambiental de la indicada MORDAZA, atentando ademas contra la pesca artesanal y el turismo; Que, sin tener presente que la MORDAZA no cuenta con las obras de alcantarillado concluidos y por tanto no recepcionados por Sedapal, asi como sin considerar el informe del Ministerio de Salud, la Institucion indicada esta ofertando la instalacion de agua a los vecinos, hecho que contribuye a que al usarse el agua en mayor proporcion se agudice la contaminacion por carecer de una buena disposicion de excretas por falta del sistema de alcantarillado; Que, el dictamen aludido fue analizado y debatido ampliamente por el Pleno del Concejo, por lo que en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y contando con el MORDAZA unanime de los senores regidores presentes, aprobaron con la dispensa del tramite de aprobacion de actas, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Modificar los considerando del Acuerdo de Concejo Nº 114-2005/ML, conforme a los considerando del presente Acuerdo, sustentandose en la aprobacion del contenido del Dictamen Nº 01-2005CE/ML emitido por la Comision Especial de Regidores nombrada mediante Acuerdo Nº 105-2005/ML. Articulo Segundo.- Disponer se comunique a la poblacion de los Balnearios del Sur se abstenga de tramitar instalacion de agua y solicitar autorizacion correspondiente ante Sedapal y la Municipalidad de Lurin respectivamente, respetando la Declaracion de Emergencia a fin de evitar se incremente la contaminacion, teniendose presente las recomendaciones de DIGESA. Articulo Tercero.- Invocar a Sedapal se abstenga de promover la oferta de conexiones domiciliarias de agua en los Balnearios de la MORDAZA A de Lurin, hasta cuando se instale las redes de desague, a fin de evitar el incremento de la contaminacion de la MORDAZA freatica que afectaria las playas MORDAZA y Los Pulpos. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Comision Especial de Regidores nombrada por Acuerdo de Concejo Nº 105-2005/ ML efectue las coordinaciones del caso con el Ministerio de Vivienda, Ministerio de Salud, la Comision Nacional de Ambiente, la Policia Ecologica, el Ministerio Publico, SEDAPAL, la empresa contratista y otras instituciones, a fin de ejecutar acciones conjuntas destinadas a resolver el problema de contaminacion, en salvaguarda de la salud y de la Ecologia Ambiental. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Subgerencia de Medio Ambiente, Limpieza Publica y Areas Verdes adopten las medidas pertinentes para el fiel cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 02584

Aprueban Reglamento de Administracion y Funciones del Cementerio Municipal de Lurin
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2005-ALC/ML Lurin, 27 de octubre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 112-2004/SBN-GO-JAD del 10.12.2004 expedida por la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, se ha dispuesto aprobar la Transferencia Patrimonial Predial a titulo gratuito del inmueble inscrito en la Partida Nº 11539902 de la Oficina Registral MORDAZA de la MORDAZA Registral Nº IX SEDE MORDAZA (SUNARP), a favor de la Municipalidad Distrital de Lurin, destinado para Cementerio General, con un area de 21,160.13 m2 (Registro de Propiedad Inmueble Rubro: Titulo de dominio); Que, la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y las disposiciones expedidas por la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios ­ Ley Nº 26298 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0394-SA, facultan a la Municipalidad para regular los procedimientos de los servicios funerarios que prestan en el Cementerio Municipal, y por lo tanto es pertinente que estos procedimientos se encuentren debidamente establecidos dentro de un reglamento como MORDAZA complementaria a las disposiciones legales y vigentes senaladas en la ley; Que, el Articulo 20º numeral 1 de la Ley Organica de Municipalidades - Ley 27972, establece que es atribucion del Alcalde: "Defender y Cancelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los vecinos"; En uso de las facultades que le confiere el numeral 6 del Art. 20º y Art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de Administracion y Funciones del Cementerio Municipal de Lurin, que consta de Cinco (5) Titulos, 43 articulos y 8 Disposiciones Complementarias y Finales que forman parte del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Derogar toda MORDAZA municipal que se oponga al presente Decreto de Alcaldia. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano y Par ticipacion Vecinal y a la Subgerencia de Registro Civil y Cementerio el cumplimiento de la aplicacion del presente Reglamento. Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General se encargue de la publicacion del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y haga conocer a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano, Subgerencia de Registro Civil y Cementerio y a quienes corresponda. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA REGLAMENTO DE ADMINISTRACION Y FUNCIONES DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIN TITULO I GENERALIDADES DE LA NATURALEZA Y CONTENIDO DEL REGLAMENTO Articulo 1º.- El presente Reglamento es un instrumento legal que establece los lineamientos y procedimientos tecnicos del Cementerio Municipal del Distrito de Lurin, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y con las disposiciones expedidas por la Ley de Cementerios y Servicios Funerarios Legales Vigentes Nº 26298 y su respectivo Reglamento, para todos los usuarios del Cementerio sin distincion alguna, bajo los principios de justicia, equidad y solidaridad.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.