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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G39/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 866, de fecha 15 de diciembre de 2005, el Director General para Asuntos deSeguridad y Defensa del Ministerio de RelacionesExteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, El Comando Sur de los Estados Unidos de América tiene programado realizar este año un EjercicioCombinado Conjunto con la Policía Nacional y la FuerzaAérea del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para elingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de laRepública, establece que la autorización de ingreso alterritorio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívica, actividades académicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolución Suprema, en laque se debe especificar los motivos, la identificación delpersonal militar, la relación de equipos transeúntes y eltiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856 y 27444; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, con eficacia anticipada, el ingreso al territorio de la República de personal militar delos Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 1 de febrero al 16 de marzo de 2006, conel fin de realizar una visita de reconocimiento previa alEjercicio Combinado Conjunto de Entrenamiento JCET301W, en las ciudades de Lima, Pucallpa, Santa Lucia yTingo María. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno,Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra lasDrogas del Congreso de la República, en el plazo de 24horas de su expedición. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorizacióna la que se refiere el artículo 1, sin exceder el total dedías autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 03260 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G73 /G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G2C/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G20/G79/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G79/G20/G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2006-DE/FAP Lima, 10 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 093-2006-DE/SG del 10 de febrero de 2006, se aprobó el Plan Anual de Viajes del Sector Defensa para el Año Fiscal 2006;Que, en atención a la naturaleza y características de las relaciones con los diversos países y OrganismosInternacionales ante los cuales el Estado Peruano cuentacon Representaciones Diplomáticas, se requiere contarcon Personal Militar para desempeñar las funciones deasesoramiento al Jefe de la Misión Diplomática, en los asuntos relacionados con la Defensa Nacional y la seguridad integral de la Misión, así como para coordinarlas relaciones y efectuar las gestiones respectivas antelas Instituciones Armadas de los citados países yOrganismos Internacionales, para lo cual se designa alPersonal de las Instituciones Armadas acreditado en las diversas Agregadurías Militares, Navales, Aéreas y de Defensa del Perú en el extranjero; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2005-DE/ SG de fecha 18 de agosto de 2005, se aprobaron loscargos que desempeñará el Personal Militar en lasdiversas Agregadurías y Organismos Internacionales del Perú en el Extranjero a partir del año 2006; Que, el Artículo 14º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas,establece que sólo los Oficiales en Situación de Actividadpueden ser nombrados para ocupar un cargo en elexterior de la República, en representación de su Institución; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1168-2004- DE/SG de fecha 10 de noviembre del 2004, se aprobaronlas normas para el Nombramiento en Misión Diplomáticadel Personal Militar del Sector Defensa; Que, se ha determinado la necesidad de nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Coronel FAP RIVERA CONTRERAS,Enrique Marcos, para que preste servicios en laAgregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la Repúblicade Chile, a partir del 10 de febrero al 31 de diciembre de2006, con el fin de relevar al Coronel FAP DIAZ VILLALTA Edison, quien cesó en sus funciones con fecha 31 de diciembre de 2005; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministeriode Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, DecretoSupremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 ysu modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Decreto de UrgenciaNº 002-2006-DE/SG del 19 de enero de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar, en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, alCoronel FAP RIVERA CONTRERAS, Enrique Marcos, NSA: O-9334375-O+, para que preste servicios como Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la Repúblicade Chile, a partir del 10 de febrero al 31 de diciembre de2006. Artículo 2º.- Nombrar, como Auxiliar del Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Chile, al Técnico de 1ra. FAP MAMANI CAHUANA Pedro Javier, NSA: S-60294180-O+, a partir del 10 de febrero al 31 dediciembre de 2006. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan deacuerdo a los conceptos siguientes: PARA EL AGREGADO DE DEFENSA: Pasajes: Lima - Santiago US$ 483.00 x 4 P ersonas Compensación Extraordinaria por Servicio en el ExtranjeroUS$ 6,300.00 x 10 meses US$ 210.00 x 19 días Gastos de Traslado: (Ida) US$ 6,300.00 x 2 Compensaciones x 1 Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 4 personas