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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de febrero de 2006 Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 177-92-EF, del 28 de octubre de 1992, se aprobó el Contrato de Operaciones por Hidrocarburos del Lote III, Noroeste, ubicado en la Región Grau, el cual fue suscrito entrePetróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. y PROPETSA - VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIADOS; Que, por Decreto Supremo Nº 32-95-EM, del 20 de octubre de 1995, se aprobó la transferencia de participaciones en el Contrato de Operaciones por Hidrocarburos del Lote III, Noroeste, efectuada porPROPETSA - VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIADOS a favor de Mercantile Perú Oil & Gas S.A.; y, se adecuó el referido Contrato de Operaciones a lasdisposiciones de la Ley Nº 26221, bajo la forma de un Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, suscrito entrePERUPETRO S.A., Mercantile Perú Oil & Gas S.A. y PROPETSA - VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIADOS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-97-EM, del 13 de agosto de 1997, se aprobó la Cesión del total de las participaciones en el Contrato de Licencia para laExplotación de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, por parte de PROPETSA - VISISA SERPET ASOCIADOS, ASOCIADOS a favor de Mercantile PerúOil & Gas S.A. y la modificación de dicho Contrato, suscrito entre PERUPETRO S.A. y las citadas Empresas; Que, por Decreto Supremo Nº 024-2001-EM, del 29 de mayo de 2001, se aprobó la Modificación del Contrato de Licencia mencionado, incorporando una regalíamejorada para la producción incremental, la que fue suscrita entre PERUPETRO S.A. y Mercantile Perú Oil & Gas S.A.; Que, por Decreto Supremo Nº 021-2004-EM, del 24 de junio de 2004, se aprobó la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en elLote III, Noroeste, en aplicación de la Ley Nº 28109, Ley para la Promoción de la Inversión en la Explotación de Recursos y Reservas Marginales de Hidrocarburos aNivel Nacional, la que fue suscrita entre PERUPETRO S.A. y Mercantile Perú Oil & Gas S.A.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-EM, del 2 de febrero del 2005, se aprobó la Modificación del referido Contrato de Licencia, a fin de modificar el método de extrapolación lineal precio - regalía y establecer losporcentajes de regalía a precios mayores de 35 US$/BI; la cual fue suscrita entre PERUPETRO S.A. y Mercantile Perú Oil & Gas S.A.; Que, el artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo podránser modificados por acuerdo escrito entre las partes; y que las modificaciones serán aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía yFinanzas y de Energía y Minas dentro del plazo establecido en el artículo 11º de la mencionada Ley; Que, mediante Carta Nº MPOG/RBSA-GG-390-2005, de fecha 26 de julio de 2005, Mercantile Perú Oil & Gas S.A. solicitó la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste,a fin de sustituir al Garante Corporativo Mercantile International Petroleum Inc. por la empresa INTEROIL EXPLORATION AS; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo Nº 083-2005, de fecha 16 de noviembre de 2005, aprobó el Proyecto de Modificación del Contratode Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, para efecto del nombramiento del nuevo Garante Corporativo INTEROIL EXPLORATION AS,elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica deHidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; DECRETA: Artículo 1º.- De la aprobación de la modificación del contrato Aprobar la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, aprobado por Decreto Supremo Nº 177-92-EF y sucesivamente modificado por los Decretos SupremosNº 32-95-EM, Nº 015-97-EM, Nº 024-2001-EM, Nº 021- 2004-EM y Nº 005-2005-EM, para los fines referidos en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, acelebrarse entre PERUPETRO S.A. y Mercantile Perú Oil & Gas S.A.. Artículo 2º.- De la autorización para suscribir la modificación Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con Mercantile Perú Oil & Gas S.A., con la intervención de INTEROIL EXPLORATION AS en su condición de nuevo Garante Corporativo y del Banco Central de Reservadel Perú, la Modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote III, Noroeste, que se aprueba en el artículo 1º. Artículo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de febrero del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 03363 DECRETO SUPREMO Nº 013-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Estado promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 176-92-EF, del 28 de octubre de 1992, se aprobó el Contrato de Operaciones por Hidrocarburos del Lote IV, ubicado enel Noroeste del Perú, provincia de Talara, departamento de Piura; el cual fue suscrito entre Petróleos del Perú - PETROPERU S.A. y Compañía Petrolera Río BravoS.A.; Que, por Decreto Supremo Nº 16-95-EM, del 19 de julio de 1995, se autorizó la Transferencia deParticipaciones en el Contrato de Operaciones por Hidrocarburos del Lote IV, efectuada por Compañía Petrolera Río Bravo S.A. a favor de Pan AmericanInternational Petroleum Corporation, Peruvian Branch; y, se adecuó el referido Contrato de Operaciones a las disposiciones de la Ley Nº 26221, bajo la forma de unContrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote IV, Noroeste, suscrito entre PERUPETRO S.A. y Compañía Petrolera Río Bravo S.A.