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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (23/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de febrero de 2006 SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorízase, a la asociación civil denominada CENTRO DE CONCILIACIÓN SOLUCIÓNY EFICACIA, a funcionar como Centro de Conciliación,con la denominación SOLUCIÓN & EFICACIA CENTRO DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL, con sede en el departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.TATIANA MENDIETA BARRERA Directora de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Soluciónde Conflictos 03205 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 040-2006-JUS/DNJ-DCMA Lima, 6 de febrero de 2006 Vista, la solicitud con Registro Nº 033980, de fecha 4 de noviembre de 2005, sobre Autorización de Funcionamiento de Centro de Conciliación, presentada por la asociación civil denominada JUS GENTIUM; CONSIDERANDO:Que, la mencionada asociación civil ha solicitado autorización para funcionar como Centro de Conciliación con la denominación CENTRO DE MEDIOSALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS JUSGENTIUM, con sede en el departamento de Arequipa; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 0150- JUS/DNJ-DCMA, de fecha 6 de febrero de 2006, la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los artículos 24º y 27º de la Ley de Conciliación y los artículos51º, 53º y 54º del Reglamento de la Ley de Conciliación,por lo que es procedente atender la solicitud deautorización de funcionamiento como Centro deConciliación; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - LeyOrgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de Justicia y su modificatoriaaprobada por Decreto Supremo Nº 009-2005-JUS, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Leyes Nºs. 27398 y 28163, Decreto Supremo Nº 004-2005-JUS - Reglamento de la Ley de Conciliación y LeyNº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorízase, a la asociación civil denominada JUS GENTIUM, a funcionar como Centrode Conciliación, con la denominación CENTRO DEMEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS JUS GENTIUM, con sede en el departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.TATIANA MENDIETA BARRERA Directora de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Soluciónde Conflictos 03206 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 027-2006-JUS Mediante Oficio Nº 061-B-2006-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publiqueFe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 027-2006- JUS, publicada en la edición del día 18 de febrero de2006. En el Quinto Considerando. DICE: Que, es necesario designar al funcionario que se desempeñará como Procurador Público Ad Hoc delMinisterio de Justicia, para que ejerza larepresentación y defensa de los derechos e intereses de la SUNARP; DEBE DECIR:Que, es necesario designar al funcionario que se desempeñará como Procurador Público Ad Hoc a cargo de la representación y defensa de los derechos e intereses de la SUNARP; DICE:Artículo 1º.- Desígnase al señor abogado FEDERICO SANTIAGO URIARTE MARIANI, como Procurador Público Ad Hoc del Ministerio de Justicia, para que asumala representación y defensa de los derechos e interesesde la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos- SUNARP. DEBE DECIR: Artículo 1º.- Desígnase al señor abogado FEDERICO SANTIAGO URIARTE MARIANI, comoProcurador Público Ad Hoc a cargo de larepresentación y defensa de los derechos e intereses de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP. 03360 RELACIONES EXTERIORES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G61/G6E/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G73 /G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G61/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G73 /G41/G72/G6D/G61/G64/G61/G73/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G6F/G6C/G61/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 083-2006-RE Lima, 20 de febrero de 2006CONSIDERANDO: Que siete (7) ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, solicitan autorización del señorPresidente de la República, para poder servir en lasFuerzas Armadas Españolas; Que el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece que el Presidente de la República, autorizará a los peruanos para poder servir en un ejército extranjero; Que en consecuencia es necesario expedir la autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE:Articulo 1º.- Autorizar a los ciudadanos peruanos residentes en el Reino de España, cuya relación forma parte de la presente Resolución Suprema, para que presten servicios en las Fuerzas ArmadasEspañolas. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el