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PÆg. 313314 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de febrero de 2006 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Ratifican el Acuerdo de Concejo N” 022-2005-MDLP , relativo a ladeterminación de remuneración delAlcalde, para el período 2006 ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2006-MDLP La Perla, 21 de febrero del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de febrero del 2006, la Moción de Orden del Día presentado por la señora Regidora Maria Larenas de Castro, sobrela Ratificación de Acuerdos relativos a la determinación de la remuneración del Alcalde; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de sucompetencia, como lo establece en el Artículo II del Título Preliminar Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y su modificatoria mediante Ley Nº 28607; Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto UNÁNIME, de los (as) señores(as) Regidores (as), y con la dispensa de lectura y la aprobación del Acta; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 022-2005-MDLP de fecha 22.03.2005, relativos a la determinación de la remuneración del señor Alcalde del distrito de La Perla, para el período 2006, manteniéndoselos mismos montos aprobados en el mencionado Acuerdo. Artículo Segundo.- Remitir el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal, para el cumplimiento del presenteAcuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 03508 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE CAO Exoneran de proceso de selección la adquisición de estructuras metÆlicas para el Puente Pongochongo y Alcantarillas Minimultiplate ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2006-MDSC Santiago de Cao, 13 de febrero del 2006 Visto el Informe Nº 016-2006 presentado por el ingeniero Elmer Roy Saldaña Casanova, Residente de la Obra-Ampliación de Carretera Huanchaco - Santiagode Cao, y el Informe del Asesor Legal;CONSIDERANDO: Que la Municipalidad Distrital de Santiago de Cao, viene ejecutando la Obra: "Mejoramiento CarreteraHuanchaco - Santiago de Cao", en mérito al Convenio suscrito entre ésta y el Gobierno Regional de La Libertad, quien ha asignado como presupuesto de Obra la sumade S/. 1,000,000.00, abonados con el Fondo de Compensación Regional y ha designado el Residente y el Supervisor de Obra; Que en la fecha se ha recibido el Informe Nº 007- 2006-JA-MDSC emitido por el Jefe de Abastecimiento de esta Municipalidad quien manifiesta que requiere lacompra de un conjunto de ESTRUCTURAS METÁLICAS PARA EL PUENTE PONGO CHONGO Y ALCANTA- RILLAS MINIMULTIPLATES, que constituye parte de laEjecución de la obra: "MEJORAMIENTO CARRETERA HUANCHACO - SANTIAGO DE CAO"; Que la solicitud inicial o Requerimiento fue hecha por el ingeniero civil Elmer Roy Saldaña Casanova, Residente de la citada obra, avalada por el ingeniero Manuel Carranza Ibáñez, Supervisor de la misma, habiéndosealcanzado las características de los bienes requeridos a la Empresa Eduardo Ríos y Asociados S.A.C.; Que de acuerdo con el informe del Jefe de Abastecimiento, avalado con la serie de llamadas telefónicas tanto a Lima como a Chimbote (Sede de Siderperú) la Empresa EDUARDO RÍOS Y ASOCIADOSSAC, es el único proveedor en el país de los citados bienes, cuya adquisición se requiere a la mayor brevedad posible y no tiene objeto llevar a cabo un proceso deadquisiciones que correspondería a una Adjudicación Directa Selectiva. Igualmente ha determinado que los bienes no admiten sustitutos por las características delas estructuras de acero que se requieren para la construcción de los puentes; Que la Fuente de Financiamiento será el Fondo de Compensación Regional; Que de conformidad con lo normado por el inciso e) del Art. 19º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM -Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Art. 144º del D.S. Nº 084- 2004-PCM, reglamento de la citada ley, facultan a laentidad pública para que pueda adquirir en forma directa los bienes que no admitan sustitutos y que se trata de proveedor único, como en el presente caso; Que esta Municipalidad deberá adquirir las Estructuras Metálicas para el Puente Pongochongo y Alcantarillas Minimultiplate, por el monto referencial de$ 25,779.68, de acuerdo con las características de los bienes requeridos, debiendo autorizarse para que sea comprado por el Jefe de Abastecimientos, observandola normatividad legal al respecto; Estando a las facultades que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades, así como por la Ley de Adquisicionesy Contrataciones del Estado, el Concejo Municipal, en Sesión realizada el día 11 de febrero de 2006; ACUERDA: Artículo Primero.- EXONERAR del proceso de Adquisición (ADS), Estructuras Métalicas para el Puente Pongochongo y Alcantarillas Minimultiplate, por el monto referencial de $ 25,779.68; sujeto a variación de lacompra de los materiales y el tipo de cambio, de acuerdo con las características de los bienes requeridos por el Residente de la Obra. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Jefe de Abastecimientos para que adquiera dicho producto en forma directa mediante el proceso de Menor Cuantía,yde acuerdo con las normas legales vigentes al respecto. Artículo Tercero.- HÁGASE, de conocimiento de la Contraloría General de la República, el presente acuerdo y los Informes que la sustentan, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su aprobación.Asimismo dentro de este mismo plazo publíquese en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ESTÉBAN JOSÉ GUZMÁN GAVIDIA Alcalde Distrital 03385