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PÆg. 313310 NORMAS LEGALES Lima, sábado 25 de febrero de 2006 Artículo 4º.- La SUNAT, a través del SIGAD, no permitirá el despacho anticipado y urgente de mercancías, mientras se registren despachos similares anteriores pendientes de regularización, excepto en loscasos de envíos de socorro y de las mercancías a que se refieren los literales a) y g) del artículo 66º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobadopor Decreto Supremo Nº 011-2005-EF. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a los treinta (30) días hábiles contados a partirdel día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ANEXO ACTA DE CONSTATACIÓN - LOCAL DEL IMPORTADOR Importador: RUC:Dirección de almacén: Siendo las_____ del día _____________ el especialista en aduanas que suscribe, al apersonarse al local del importador consignado en el presente, ha verificado que el mismo no reúne los requisitos señalados en la R.S.A.A. Nº _______________________ , segúnel siguiente detalle: 1. Dimensiones del almacén ( ) 2. Zona de reconocimiento físico: a) Dimensiones ( ) b) Señalización ( ) 3. Maquinaria, equipos y herramientas para manipuleo ( ) 4. Balanza ( ) 5. Equipo de cómputo con acceso a Internet ( )6. Otros ( ) Observaciones: Siendo las ............... del día ....................se emite la presenteconstancia de las observaciones formuladas por el especialista en aduanas. POR SUNAT POR EL IMPORTADOR (nombre y código) (nombre, DNI, cargo) 03472 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Dirección Regional de Salud Amazonas ORDENANZA REGIONAL Nº 133-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONASHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previstoen el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia yfunciones del Gobierno Regional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar el documento de gestión Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)de la Dirección Regional de Salud Amazonas, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que lasOrdenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Salud Amazonas está elaborado en función a la UnidadImpositiva Tributaria vigente, y Arts. 37º y 38º, de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General y demás normas que lo complementan; por lo tanto,tiene validez jurídica para su propósito, instrumento legal que regula la actuación de la función administrativa del Estado y asimismo, establece el régimen jurídicoaplicable a la protección del interés general, garantizando los derechos de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico yconforme a la evaluación practicada al documento, éste cumple con los requisitos establecidos siendo procedente su aprobación; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 003, mediante Acuerdo Nº 036-2006 de fecha 9 de febrero del 2006, con el votounánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 - Ley Orgánica deGobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el documento de gestión "Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Salud Amazonas,que en quince (15) folios forma parte de la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los quince días del mes de febrero delaño 2006. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente Gobierno Regional de Amazonas 03387 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Aprueban encargatura de la Vicepresidencia Regional a Consejerodel Gobierno Regional ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 010-2006-GR.CAJ-CR Cajamarca, 7 de febrero de 2006 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca, en su Sesión Ordinaria, realizada el 7 de febrero del año 2006; VISTO y debatido el décimo primer punto de la Agenda de Sesión, referente a elegirtemporalmente al Vicepresidente Regional; con el voto mayoritario del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente; y,