Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2006 (13/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano jueves 13 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

323567

evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 11º Inc. "t" del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 098-2004-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004, "son atribuciones del Pleno del CONAFU: inciso t) Asumir las funciones que por Ley, estatuto o reglamentos especificos corresponda al CONAFU"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion, Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, la Comision Organizadora de la Universidad esta compuesta por: 1) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision, con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad, 2) Un Vicepresidente Academico, que asume las funciones que corresponden al Vicerrector Academico y 3) Un Vicepresidente Administrativo que asume las funciones de Vicerrector Administrativo; Que, por Resolucion Nº 101-2004-CONAFU de fecha 3 de MORDAZA de 2004, se designa a la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, integrada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ber tha MORDAZA Ikeda MORDAZA de Gratelly, en calidad de Presidente, Vicepresidente Academico y Vicepresidente Administrativo; Que, por Resolucion Nº 123-2006-CONAFU de fecha 16 de MORDAZA de 2006, se acepta la renuncia del Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, a partir del 19 de MORDAZA de 2006 y se encarga la Presidencia de la Comision Organizadora de la mencionada Universidad a la Vicepresidente Academico Doctora MORDAZA MORDAZA Ikeda MORDAZA, hasta la designacion del titular; Que, mediante Informe Nº 339-2006-CEAA-CONAFU de fecha 26 de junio de 2006, la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos opina por la procedencia de la designacion del Docente MORDAZA Bacco MORDAZA MORDAZA, actual Vicepresidente Administrativo, como Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, por cumplir con los requisitos exigidos por Ley; Que, mediante Informe Nº 340-2006-CEAA-CONAFU de fecha 26 de junio de 2006, la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos opina que habiendo quedado vacante el cargo de Vicepresidente Administrativo, es necesaria la designacion de un profesional para ocupar el cargo de vicepresidente administrativo, el cual debe cumplir con los requisitos exigidos por Ley, y en el presente caso el Docente MORDAZA MORDAZA Velezmoro cumple con los requisitos necesarios para su designacion; Que, por acuerdo de Pleno del CONAFU Nº 1562006-CONAFU, de sesion de fecha 28 de junio de 2006, se designa como Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA al actual Vicepresidente Administrativo MORDAZA Bacco MORDAZA MORDAZA, y se designa como Vicepresidente Administrativo a MORDAZA MORDAZA Velezmoro; Que, en atencion a lo expuesto, y de conformidad con la Ley Nº 26439, el Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion, Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, concordante con el Art. 20º Inc. "c" y el Art. 39º Inc. "d" del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR al Docente MORDAZA Bacco MORDAZA MORDAZA como Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA, quedando vacante el cargo de Vicepresidente Administrativo que ostentaba. Articulo Segundo.- DESIGNAR al Docente MORDAZA MORDAZA Velezmoro como Vicepresidente Administrativo de la Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de Dios. En consecuencia, la Comision Organizadora de la

Universidad Nacional Amazonica de MORDAZA de MORDAZA queda conformada por los siguientes docentes:
Nombre MORDAZA Bacco MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ikeda MORDAZA de Gratelly MORDAZA MORDAZA Velezmoro Cargo Presidente Vicepresidente Academico Vicepresidente Administrativo

Articulo Tercero.- Hacer de Conocimiento la presente Resolucion a la Asamblea Nacional de Rectores para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUYON Secretario General 12126

Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 186-2006-CONAFU MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2006 VISTOS; la Resolucion Nº 018-2006-CONAFU de fecha 30 de enero de 2006, la Resolucion Nº 022-B2006-CONAFU de fecha 30 de enero de 2006, la Carta S/N de fecha 27 de MORDAZA de 2006 que contiene el Informe Nº 001-2006-CONAFU-UNTECS, el Oficio Nº 0136-006UNTECS/PCO-P de fecha 30 de MORDAZA de 2006, la Carta S/N de fecha 16 de junio de 2006, que contiene el Informe Nº 002-2006-CONAFU-UNTECS, el Informe Nº 3232006-CEAA-CONAFU de fecha 26 de junio de 2006, y el acuerdo del Pleno del CONAFU Nº 161-2006-CONAFU, de su sesion de fecha 28 de junio de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 11 inc. "t" del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 098-2004-CONAFU del 29 de MORDAZA del 2004, "son atribuciones del Pleno del CONAFU: inciso t) Asumir las funciones que por Ley, estatuto o reglamentos especificos corresponda al CONAFU"; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 14 del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, con la solicitud de autorizacion de funcionamiento provisional, el administrado debera presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional..."; Que, el articulo 21º del texto normativo MORDAZA referido, establece: "el procedimiento se establece con la MORDAZA de la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para evaluacion de admision a tramite de la solicitud... Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de mesa de partes, ingresara oficialmente el expediente y lo remitira a la secretaria general para que remita la parte a) a la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos (CEAA) y la parte b) a la Comision Juridica (CJ), quienes

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