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NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 13 de julio de 2006 323567REPUBLICADELPERU evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificación del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11º Inc. “t” del Estatuto del CONAFU, aprobado porResolución Nº 098-2004-CONAFU del 29 de abril del2004, “son atribuciones del Pleno del CONAFU: inciso t) Asumir las funciones que por Ley, estatuto o reglamentos específicos corresponda al CONAFU”; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación, Certificación Institucional de Universidades y Escuelasde Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, la Comisión Organizadora de la Universidad está compuesta por: 1) Un Presidente, queasume la dirección de la Comisión, con las funciones yresponsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad, 2) Un Vicepresidente Académico, que asume las funciones que corresponden al Vicerrector Académico y 3) Un Vicepresidente Administrativo que asume las funciones de Vicerrector Administrativo; Que, por Resolución Nº 101-2004-CONAFU de fecha 3 de mayo de 2004, se designa a la ComisiónOrganizadora de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, integrada por José Torres Vásquez, Segunda Bertha Lucía Ikeda Araujo de Gratelly, encalidad de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente Administrativo; Que, por Resolución Nº 123-2006-CONAFU de fecha 16 de mayo de 2006, se acepta la renuncia del Ingeniero José Torres Vásquez al cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, a partir del 19 de mayo de2006 y se encarga la Presidencia de la ComisiónOrganizadora de la mencionada Universidad a la Vicepresidente Académico Doctora Bertha Lucía Ikeda Araujo, hasta la designación del titular; Que, mediante Informe Nº 339-2006-CEAA-CONAFU de fecha 26 de junio de 2006, la Consejería de Evaluación y Asuntos Académicos opina por la procedencia de ladesignación del Docente Augusto Bacco MontesGutiérrez, actual Vicepresidente Administrativo, como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, porcumplir con los requisitos exigidos por Ley; Que, mediante Informe Nº 340-2006-CEAA-CONAFU de fecha 26 de junio de 2006, la Consejería de Evaluación y Asuntos Académicos opina que habiendo quedado vacante el cargo de Vicepresidente Administrativo, es necesaria la designación de un profesional para ocupar el cargo de vicepresidente administrativo, el cual debecumplir con los requisitos exigidos por Ley, y en elpresente caso el Docente Lorenzo Alvites Velezmoro cumple con los requisitos necesarios para su designación; Que, por acuerdo de Pleno del CONAFU Nº 156- 2006-CONAFU, de sesión de fecha 28 de junio de 2006, se designa como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Amazónica deMadre de Dios al actual Vicepresidente Administrativo Augusto Bacco Montes Gutiérrez, y se designa como Vicepresidente Administrativo a Lorenzo Alvites Velezmoro; Que, en atención a lo expuesto, y de conformidad con la Ley Nº 26439, el Reglamento de Funcionamiento, Evaluación, Certificación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia de CONAFU, aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, concordante con el Art. 20º Inc. “c” y el Art. 39º Inc. “d” del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Docente Augusto Bacco Montes Gutiérrez como Presidente de la ComisiónOrganizadora de la Universidad Nacional Amazónica deMadre de Dios, quedando vacante el cargo deVicepresidente Administrativo que ostentaba. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Docente Lorenzo Alvites Velezmoro como Vicepresidente Administrativode la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios. En consecuencia, la Comisión Organizadora de laUniversidad Nacional Amazónica de Madre de Dios queda conformada por los siguientes docentes: Nombre Cargo Augusto Bacco M ontes Gutié rrez Presidente Segunda Bertha Lucía Ikeda Araujo de Gratelly Vicepresidente Académico Lorenzo Alvites Velezmoro Vicepresidente Administrativo Artículo Tercero.- Hacer de Conocimiento la presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ELIO LEONCIO DELGADO AZAÑERO Presidente RICHARD MILTON MÉNDEZ SUYÓN Secretario General 12126 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G54/G65/G63/G6E/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G6F/G20/G53/G75/G72 CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 186-2006-CONAFU Lima, 3 de julio del 2006 VISTOS; la Resolución Nº 018-2006-CONAFU de fecha 30 de enero de 2006, la Resolución Nº 022-B- 2006-CONAFU de fecha 30 de enero de 2006, la Carta S/N de fecha 27 de abril de 2006 que contiene el InformeNº 001-2006-CONAFU-UNTECS, el Oficio Nº 0136-006- UNTECS/PCO-P de fecha 30 de mayo de 2006, la Carta S/N de fecha 16 de junio de 2006, que contiene el InformeNº 002-2006-CONAFU-UNTECS, el Informe Nº 323-2006-CEAA-CONAFU de fecha 26 de junio de 2006, y el acuerdo del Pleno del CONAFU Nº 161-2006-CONAFU, de su sesión de fecha 28 de junio de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades(CONAFU) como órgano autónomo de la AsambleaNacional de Rectores, teniendo como atribución la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificación delcumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 inc. “t” del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 098-2004-CONAFU del 29 de abril del2004, “son atribuciones del Pleno del CONAFU: inciso t)Asumir las funciones que por Ley, estatuto o reglamentosespecíficos corresponda al CONAFU”; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 14 del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, con la solicitudde autorización de funcionamiento provisional, el administrado deberá presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional…”; Que, el artículo 21º del texto normativo antes referido, establece: “el procedimiento se establece con lapresentación de la solicitud de Autorización deFuncionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para evaluación de admisión a trámite de la solicitud… Si el expediente se encuentraconforme o se han subsanado las observaciones dentrodel plazo otorgado, el funcionario responsable de mesade partes, ingresará oficialmente el expediente y loremitirá a la secretaría general para que remita la parte a) a la Consejería de Evaluación y Asuntos Académicos (CEAA) y la parte b) a la Comisión Jurídica (CJ), quienes