Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2006 (13/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 13 de MORDAZA de 2006

dispondran de cinco dias calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgara a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad; Que, de conformidad con el Art. 22º de la referida MORDAZA, con los dictamenes favorables la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA documentada, su vinculacion con la actividad academica, su identificacion y compromiso con el Proyecto de Desarrollo Institucional. Luego el expediente sera puesto en consideracion del Pleno del Consejo para su admision a tramite; Que, por Resolucion Nº 018-2006-CONAFU de fecha 30 de enero de 2006, se admite a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur; Que, por Resolucion Nº 022-B-2006-CONAFU de fecha 30 de enero de 2006 se conforma la Comision de Evaluacion y Consolidacion del CONAFU encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur, integrada por MORDAZA Escamilo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, mediante Carta S/N de fecha 27 de MORDAZA de 2006, la Comision de Evaluacion y Consolidacion MORDAZA referida, entrega el Informe Nº 001-2006-CONAFUUNTECS, que contiene el Informe Preliminar sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur, el cual recomienda subsanar las observaciones planteadas; Que, mediante Oficio Nº 0136-006-UNTECS/PCO-P de fecha 30 de MORDAZA de 2006, el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur hace llegar el levantamiento de las debilidades encontradas en su Proyecto de Desarrollo Institucional; Que, mediante Carta S/N de fecha 16 de junio de 2006, la Comision de Evaluacion y Consolidacion del CONAFU entrega el Informe Nº002-2006-CONAFUUNTECS que contiene el informe Final sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur, en el cual concluye que se han levantado las debilidades planteadas en el primer informe; Que, mediante Informe Nº 323-2006-CEAA-CONAFU de fecha 26 de junio de 2006, la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos opina que el Proyecto de la Universidad Nacional del MORDAZA Sur reune los requisitos academicos, administrativos y financieros para su aprobacion; Que, el Pleno del CONAFU por acuerdo Nº 161-2006CONAFU, de su sesion de fecha 28 de junio de 2006, aprueba el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur; Que, en atencion a lo expuesto, y de conformidad con la Ley Nº 26439, el Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no per tenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004, concordante con el Art. 20º Inc. "c" y el Art. 39º Inc. "d" del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur. Articulo Segundo.- Prosigase con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Tecnologica del MORDAZA Sur, y en consecuencia requerir a la Promotora de la referida Universidad el cumplimiento de los Articulos 36º al 39º del Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no per tenecientes a Universidades bajo

competencia del CONAFU, aprobado por Res. Nº 1962004-CONAFU de fecha 7 de octubre de 2004. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUYON Secretario General 12127

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador impulsar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Pacasmayo
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 198-2006-CG
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 016-2006-CG/ GDPC de 6.JUN.2006, los Oficios Nºs. 166-05DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OPACGR-TR y 0812006-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.DISREG de 23.NOV.2005 y 12.ENE.2006, respectivamente, el Atestado Nº 104-05-DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/ OPACGR-TR de 23.NOV.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Municipalidad Distrital de Pacasmayo - provincia de Pacasmayo departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 0152-2005-CG/DC dispuso la realizacion de un Examen Especial a la mencionada Municipalidad Distrital de Pacasmayo, en cumplimiento del Plan Anual de Control de la Oficina Regional de Control MORDAZA, cuyo periodo de analisis comprendio desde enero 2003 a diciembre 2004, designando para el caso una Comision a efectos de realizar dicho examen; Que, como resultado del Examen Especial, la mencionada Oficina Regional emitio la Hoja Informativa Nº 003-2005-CG/ORTR-CAMDP, en la cual se ha determinado que durante el periodo del 1.ABR.2003 a MAR.2005, la jefa de la Unidad de Contabilidad ejercio el cargo de Contador Publico Colegiado sin tener titulo expedido a nombre de la Nacion, suscribio documentacion de la municipalidad y ostento publicamente la calidad de Contador Publico que no tenia; asimismo, una autoridad de la referida entidad utilizo el combustible suministrado por la Municipalidad, sin haber sustentado su uso; para lo cual dispuso el uso del combustible de manera arbitraria; Que, debido a la existencia de irregularidades que denotaban la existencia de indicios de comision de delito y al requerirse se practiquen diligencias policiales para tal fin, la Comision considero conveniente solicitar la participacion de la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, a fin que profundice las investigaciones del caso; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Tecnica a traves del Oficio Nº 166-05DIRCOCOR-PNP-DIVPACGR/OPACGR-TR a la Fiscalia Provincial Mixta de Pacasmayo, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Usurpacion de Titulo y MORDAZA, Ejercicio Ilegal de la Profesion, Abuso de Autoridad y Peculado, ilicitos

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