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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 323570El Peruano jueves 13 de julio de 2006 Órganos de Control Institucional presentan los resultados de la verificación y seguimiento de las recomendaciones correspondiente al primer semestre, así como de la información sobre el seguimiento de procesos judiciales, a más tardar el 31 de julio de cada año; Que, este Organismo Superior de Control para el cumplimiento de sus fines institucionales requiere contar, antes de la mencionada fecha, con informaciónactualizada acerca de los resultados de la verificación yseguimiento de las recomendaciones, así como sobre el seguimiento de procesos judiciales de las entidades sujetas al ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, en tal medida, resulta necesario establecer, con carácter excepcional, que para el ejercicio 2006 la fecha límite de presentación de los resultados de la verificacióny seguimiento de las recomendaciones, así como de la información sobre el seguimiento de procesos judiciales, correspondiente al primer semestre, será el 17 de julio de 2006; En uso de sus facultades conferidas por el artículo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Establecer que para el primer semestre del año 2006, la fecha límite para la presentación de los resultados de la verificación y seguimiento de las recomendaciones, así como de la información sobre el seguimiento de procesos judiciales, a que se refiere la Directiva Nº 014-2000-CG/B150, seráel 17 de julio de 2006. Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas de línea y las Oficinas Regionales de Control, de acuerdo a su competencia funcional, adoptarán las accionesnecesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 12164 J N E /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4A/G4E/G45/G20/G61/G6E/G74/G65 /G65/G6C/G20/G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN Nº 082-2006-P/JNE Lima, 11 de julio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo del año en curso, el Presidente de la República haconvocado a Elecciones Regionales y Municipales para el día domingo 19 de noviembre de 2006; Que, con el propósito de mantener las relaciones de coordinación y colaboración entre los organismos electorales a fin de asegurar la realización de los procesos electorales convocados de acuerdo con las disposicionesy plazos previstos, debe constituirse un Comité deCoordinación Electoral integrado por representantes del Jurado Nacional de Elecciones, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de conformidad con lo establecido en los artículos 74º y 76º de la Ley Orgánicade Elecciones Nº 26859; Que, el Comité de Coordinación Electoral no reemplaza a instancia operativa alguna de losorganismos electorales, teniendo como funciones principales: a) la coordinación de las actividades operativas; b) la coordinación de los requerimientos delos organismos electorales; y, c) la coordinación para lainstalación de los locales donde operen en conjunto losJurados Electorales Especiales y las OficinasDescentralizadas de Procesos Electorales; de conformidad con lo establecido en los artículos 77º y 78ºde la Ley Nº 26859; Por estas consideraciones, el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones en cumplimiento del artículo 76º de la Ley Orgánica de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como representante del Jurado Nacional de Elecciones ante el Comité de Coordinación Electoral correspondiente a las EleccionesRegionales y Municipales 2006 a: Titulares: Señor Abogado Luis Escudero Ibáñez, Subsecretario GeneralSeñora Licenciada Roxanna Villarroel Mansilla, Gerente de Fiscalización Electoral Señor Abogado José Luis Echeverría Escribens,Asesor de la Presidencia Suplentes.- Señora Abogada Lourdes Rita Vargas Huamán Señor Abogado Virgilio Hurtado CruzSeñor Ingeniero Jorge Kelly Salazar Heredia Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente Resolución para los fines, consultas y coordinaciones consiguientes. Regístrese ,comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente Jurado Nacional de Elecciones 12141 /G4E/GFA/G6D/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G73 /G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G6E/G69/G76/G65/G6C /G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C ANEXO - RESOLUCIÓN Nº 1229-2006-JNE (La resolución de la referencia se publicó en la edición del 11 de julio de 2006) ANEXO 1 NÚMERO DE REGIDORES DE LOS CONCEJOS PROVINCIALES DEPARTAMENTO PROVINCIA REGIDORES AMAZONAS CHA CHAPOYAS 9 AMAZONAS BAGUA 9 AMAZONAS BONGARA 7 AMAZONAS LUYA 9 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZA 7 AMAZONAS CONDORCANQUI 7 AMAZONAS UTCUBAMBA 1 1 ANCASH HUARAZ 11 ANCASH AIJA 5 ANCASH BOLOGNESI 7 ANCASH CARHUAZ 7 ANCASH CASMA 7 ANCASH CORONGO 5 ANCASH HUAYLAS 9 ANCASH HUARI 9 ANCASH MARISCAL LUZURIAGA 5 ANCASH P ALLASCA 7 ANCASH POMABAMBA 7 ANCASH RECUAY 5 ANCASH SANTA 13 ANCASH SIHUAS 7 ANCASH YUNGAY 9 ANCASH ANTONIO RAIMONDI 5