Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2006 (13/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 13 de MORDAZA de 2006

Organos de Control Institucional presentan los resultados de la verificacion y seguimiento de las recomendaciones correspondiente al primer semestre, asi como de la informacion sobre el seguimiento de procesos judiciales, a mas tardar el 31 de MORDAZA de cada ano; Que, este Organismo Superior de Control para el cumplimiento de sus fines institucionales requiere contar, MORDAZA de la mencionada fecha, con informacion actualizada acerca de los resultados de la verificacion y seguimiento de las recomendaciones, asi como sobre el seguimiento de procesos judiciales de las entidades sujetas al ambito del Sistema Nacional de Control; Que, en tal medida, resulta necesario establecer, con caracter excepcional, que para el ejercicio 2006 la fecha limite de MORDAZA de los resultados de la verificacion y seguimiento de las recomendaciones, asi como de la informacion sobre el seguimiento de procesos judiciales, correspondiente al primer semestre, sera el 17 de MORDAZA de 2006; En uso de sus facultades conferidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que para el primer semestre del ano 2006, la fecha limite para la MORDAZA de los resultados de la verificacion y seguimiento de las recomendaciones, asi como de la informacion sobre el seguimiento de procesos judiciales, a que se refiere la Directiva Nº 014-2000-CG/B150, sera el 17 de MORDAZA de 2006. Articulo Segundo.- Las unidades organicas de linea y las Oficinas Regionales de Control, de acuerdo a su competencia funcional, adoptaran las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 12164

Descentralizadas de Procesos Electorales; de conformidad con lo establecido en los articulos 77º y 78º de la Ley Nº 26859; Por estas consideraciones, el Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones en cumplimiento del articulo 76º de la Ley Organica de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como representante del MORDAZA Nacional de Elecciones ante el Comite de Coordinacion Electoral correspondiente a las Elecciones Regionales y Municipales 2006 a: Titulares: Senor Abogado MORDAZA MORDAZA Ibanez, Subsecretario General Senora Licenciada Roxanna MORDAZA MORDAZA, Gerente de Fiscalizacion Electoral Senor Abogado MORDAZA MORDAZA Echeverria Escribens, Asesor de la Presidencia Suplentes.Senora Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Senor Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Senor Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente Resolucion para los fines, consultas y coordinaciones consiguientes. Registrese ,comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA Nacional de Elecciones 12141

JNE
Designan representantes del JNE ante el Comite de Coordinacion Electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2006
RESOLUCION Nº 082-2006-P/JNE
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 22 de marzo del ano en curso, el Presidente de la Republica ha convocado a Elecciones Regionales y Municipales para el dia MORDAZA 19 de noviembre de 2006; Que, con el proposito de mantener las relaciones de coordinacion y colaboracion entre los organismos electorales a fin de asegurar la realizacion de los procesos electorales convocados de acuerdo con las disposiciones y plazos previstos, debe constituirse un Comite de Coordinacion Electoral integrado por representantes del MORDAZA Nacional de Elecciones, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, de conformidad con lo establecido en los articulos 74º y 76º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, el Comite de Coordinacion Electoral no reemplaza a instancia operativa alguna de los organismos electorales, teniendo como funciones principales: a) la coordinacion de las actividades operativas; b) la coordinacion de los requerimientos de los organismos electorales; y, c) la coordinacion para la instalacion de los locales donde operen en conjunto los Jurados Electorales Especiales y las Oficinas

Numero de Regidores de Concejos Provinciales y Distritales a nivel nacional
ANEXO - RESOLUCION Nº 1229-2006-JNE (La resolucion de la referencia se publico en la edicion del 11 de MORDAZA de 2006) ANEXO 1 NUMERO DE REGIDORES DE LOS CONCEJOS PROVINCIALES
DEPARTAMENTO
AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS AMAZONAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHACHAPOYAS BAGUA BONGARA LUYA MORDAZA DE MORDAZA CONDORCANQUI UTCUBAMBA MORDAZA AIJA BOLOGNESI CARHUAZ CASMA CORONGO HUAYLAS MORDAZA MARISCAL LUZURIAGA PALLASCA POMABAMBA RECUAY MORDAZA MORDAZA YUNGAY MORDAZA RAIMONDI

PROVINCIA

REGIDORES
9 9 7 9 7 7 11 11 5 7 7 7 5 9 9 5 7 7 5 13 7 9 5

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