Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2006 (14/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano viernes 14 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

323657

Que, segun informacion del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) y el Padron Electoral utilizado para el MORDAZA de elecciones generales y del Parlamento MORDAZA del presente ano, la provincia de Bagua en el departamento de Amazonas tiene 5 distritos que son: La Peca (distrito del Cercado), Aramango, Copallin, El MORDAZA e Imaza; habiendose elegido un MORDAZA provincial y cinco alcaldes distritales; Que, por Ley S/N de fecha 5 de febrero de 1861 se reconoce la categoria de distrito al pueblo de La Peca; mediante Ley del 26 de diciembre de 1870 se senala a la MORDAZA de Bagua como capital del distrito de La Peca (cercado); y asimismo, por Ley Nº 9364 del 1 de setiembre de 1941 se crea la provincia de Bagua con su capital, la MORDAZA de Bagua; Que, en consecuencia la MORDAZA de Bagua es capital de la provincia de Bagua y a su vez capital del distrito del cercado denominado La Peca; por lo que el MORDAZA del distrito de La Peca le corresponde estar en la capital del distrito que es la MORDAZA de Bagua; Que, la Constitucion Politica en sus articulos 31º, 194º y 195º estipula una autentica reserva de ley, la misma que ha sido implementada por el Congreso de la Republica con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en los terminos del articulo 106º de la Constitucion, esto es, de una ley organica que permita regular la estructura y funcionamiento de los gobiernos locales; Que, la Ley Organica de Municipalidades ha sido dictada dentro del MORDAZA constitucional para determinar la organizacion, estructura, jurisdiccion y competencia de los gobiernos locales; por ende forma parte del bloque de constitucionalidad y constituye un parametro que debe ser respetado para la realizacion de las elecciones municipales; Que, en ese sentido, el MORDAZA electoral municipal en el departamento de Amazonas debe realizarse en concordancia con los articulos VII y 3 numeral 1 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 que est ab lece MORDAZA men t e que la jur is dic c ion de la municipalidad provincial, es sobre el territorio de la respectiva provincia y el distrito del cercado, por ende el gobierno local se ejerce dentro de su jurisdiccion, evitando la duplicidad y superposicion de funciones; Que, por lo tanto, en aplicacion del articulo 103º de la Constitucion, para el MORDAZA electoral municipal del 19 de noviembre del 2006, no debe realizarse elecciones municipales distritales en La Peca, por ser distrito del cercado, perteneciente a la provincia de Bagua; esta MORDAZA que debe ejercer jurisdiccion sobre el territorio de la provincia y el distrito del Cercado; Que, por los fundamentos expuestos, y en uso de sus facultades constitucionales y legales, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar que en las elecciones municipales del 19 de noviembre del 2006 el MORDAZA y los regidores elegidos para la provincia de Bagua, asumiran jurisdiccion para el distrito de La Peca, como distrito del cercado, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir la presente resolucion a la ONPE, RENIEC, Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Economia, Ministerio del Interior, INEI y Municipalidad Provincial de Bagua. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 12181

MINISTERIO PUBLICO
Encargan el Despacho de la Primera Fiscalia Superior Penal de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 870-2006-MP-FN MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Que la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA adicionalmente al ejercicio de las funciones propias del Decano Superior, viene haciendose cargo del Despacho de la Primera Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, realizando funcion Fiscal, impidiendo ello que el referido Decanato desarrolle una labor mas eficiente y oportuna; Que estando a que por Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 033-2006-MP-FN, de fecha 8 de junio de 2006, se creo el Despacho de la Cuarta Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, y a efectos de que la mencionada Fiscal Superior Decana pueda ejercer eficazmente sus funciones, ha de adoptarse las medidas pertinentes; Estando a las atribuciones conferidas en el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Primera Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 529-2005-MP-FN. Articulo Segundo.- Encargar el Despacho de la Primera Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, con retencion de su Despacho. Articulo Tercero.- La Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA realizara las coordinaciones respectivas para el debido cumplimiento de la presente. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente, al senor Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Fiscal Superior Decana de MORDAZA, Cuarta Fiscalia Superior Penal de MORDAZA, Gerencia General, Gerencias de Registro de Fiscales, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 12215

Nombran Fiscales Adjuntos Provisionales en Fiscalias Provinciales Penales Corporativas de Huaura, Huaral y Barranca y en la Fiscalia Provincial Mixta de Oyon, Distrito Judicial de Huaura
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 891-2006-MP-FN MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Oficio Nº 050-2006-1ºFSP-MP-FN de fecha 27 de junio del 2006, cursado por la doctora MORDAZA MORDAZA Echaiz MORDAZA, Fiscal Supremo Titular de la Primera Fiscalia Suprema en lo Penal y Presidenta del Equipo Tecnico de Implementacion Institucional, remitiendo la

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