Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2006 (21/07/2006)
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TEXTO DE LA PÁGINA 86
R
EP
UB
LICA DEL P E
RU
324510
Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI
NORMAS LEGALES
El Peruano viernes 21 de MORDAZA de 2006
COMITE ASIGNADO
TITULO / ESPECIALIDAD
Nº COMITE/ENTIDAD UBICACION GEOGRAFICA COLEGIO QUE LO PRESENTA DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA
13
ISIA MORDAZA MORDAZA
01320199
INGENIERO QUIMICO
Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial Regional Provincial
14
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
02145580
INGENIERO MORDAZA
82522
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA
15
MORDAZA MORDAZA MORDAZA
29301958
INGENIERO CIVIL
44831
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA
16
MORDAZA MORDAZA WILBER
02435429
INGENIERO CIVIL
73003
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA
17
MORDAZA MORDAZA MORDAZA
01319954
INGENIERO CIVIL
85843
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA
18
MORDAZA MORDAZA MORDAZA
01324054
INGENIERO CIVIL
86029
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA
19
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
01315952
BACHILLER EN INGENIERIA QUIMICA INGENIERO CIVIL 76957
Comite Regional MORDAZA MORDAZA Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
20
MORDAZA MORDAZA MORDAZA
01340022
21
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
40700078
BACHILLER EN INGENIERIA QUIMICA INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA INGENIERO CIVIL 78419
Comite Regional MORDAZA MORDAZA Comite Regional MORDAZA MORDAZA 33474 Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
22
MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
01342289
23
SARDON MORDAZA MORDAZA MAGUIN
01322021
24
MORDAZA MORDAZA MORDAZA ERICK
29417330
INGENIERO CIVIL
65580
Comite Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA
00189-1
RESOLUCION JEFATURAL Nº 293-2006-INDECI 22 de junio del 2006 Visto, el Informe Nº 075-2006-INDECI/13.0 de la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, de fecha 2 de junio de 2006; mediante el cual se remite la relacion de los participantes que aprobaron el Curso de Capacitacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, aptos para su reconocimiento y autorizacion; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 0742005-PCM, establece entre otros aspectos, los organos competentes, las condiciones para ejecucion de las inspecciones, asi como los requisitos para la obtencion del reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorizacion del Inspector Tecnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sido presentados al Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Organos del SINADECI y hayan aprobado el mencionado curso; Que, la Direccion Regional de Defensa Civil LimaCallao ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, resultando aprobados los participantes conforme a lo informado por la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, quienes cumplen con los requisitos exigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlos y autorizarlos como Inspectores Tecnicos, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Reglamento acotado, los Comites de Defensa Civil
Regionales, Provinciales y Distritales seran responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempenan en su jurisdiccion a fin de que se les registre como antecedentes para determinar la cancelacion o la renovacion de la autorizacion de inspector; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.2 del acapite IV de la Directiva Nº 002-2006-INDECI "Directiva para autorizacion, renovacion, ampliacion de jurisdiccion y acreditacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil" vigente, los postulantes que tengan un nivel academico de tecnico quedan autorizados para emitir opinion unicamente en el MORDAZA de su especialidad, segun el Anexo Nº 2 de la referida Directiva; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reconocer y autorizar como Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil, a las personas comprendidas en el Anexo (en dos folios) que obra adjunto y que forma parte de la presente Resolucion, para que se desempenen en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a la jurisdiccion de la Direccion Regional de Defensa Civil MORDAZA Huancavelica. Articulo Segundo.- Los Inspectores Tecnicos reconocidos y autorizados mediante la presente Resolucion, luego de ser inscritos en el Registro de Inspectores, quedaran facultados para efectuar Inspecciones Tecnicas Basicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdiccion indicada. Articulo Tercero.- El reconocimiento y autorizacion senalados en los articulos precedentes tienen vigencia de un ano, a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion.