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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JULIO DEL AÑO 2006 (21/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 77

NORMAS LEGALESEl Peruano viernes 21 de julio de 2006 324501REPUBLICADELPERU DEPARTAMENTO GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL CAJAMARCA 11. Cajabamba 12. Contumazá 13. San Ignacio14. San Pablo 15. San Miguel CUSCO 16. Anta 17. Calca 18. Canas 19. Paruro HUANCAVELICA 20. Castrovirreyna 21. Huancavelica 22. Tayacaja HUANUCO 23. Huamalíes 24. Huánuco 25. Huacaybamba 26. Leoncio Prado JUNIN 27. Huancayo 28. Junín 29. Satipo MADRE DE DIOS 30. Manú 31. Tahuamanú 32. Tambopata PASCO 33. Oxapampa 34. Pasco PUNO 35. Azángaro 36. El Collao37. Huancané 38. Melgar 39. Moho40. San Antonio de Putina SAN MARTÍN 41. El Dorado 42. Lamas43. San Martín 44. Picota 45. Tocache 4. PROCEDIMIENTOS Y PLAZOS 4.1 La transferencia del Programa de PROVÍAS RURAL a los Gobiernos Locales Provinciales con IVP nuevos, sin perjuicio de las disposiciones generalesestablecidas en la presente Directiva, se sujetará a las siguientes disposiciones: 4.1.1 Etapa Preparatoria Durante esta etapa se conforman la Subcomisión de Transferencia de Entrega y las Comisiones de Transferencia de Recepción, y se asignan las responsabilidades a cada una de ellas, de acuerdo a lossiguientes lineamientos: a. Entidad del Gobierno Nacional a.1 En un plazo máximo de cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Directiva, el Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia delMTC conformará una Subcomisión de Transferencia de Entrega, que estará presidida por el Director Ejecutivo de PROVÍAS RURAL e integrada, además, como mínimo,por el Gerente de Promoción y Transferencia, el Gerente de Mantenimiento y el Gerente de Administración de PROVÍAS RURAL. La Subcomisión será oficializada mediante Resolución Ministerial que se publicará en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo para su conformación, sin perjuicio de locual, ésta será notificada, en copia fedateada, a los correspondientes Gobiernos Locales Provinciales y al CND dentro del mismo plazo. a.2 Constituida la Subcomisión de Transferencia de Entrega, ésta realizará el ordenamiento administrativo, técnico y legal objeto de la transferencia, iniciándose elsaneamiento a que hubiere lugar. El Presidente de la Subcomisión, a más tardar el 25 de agosto de 2006, suscribirá y entregará el Informe Preparatorio a losPresidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción.a.3 Durante la presente etapa el Presidente de la Subcomisión de Transferencia de Entrega suscribiráConvenios de Cooperación con los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción. La suscripción de los Convenios y su ejecución se realizaráncon arreglo a los plazos señalados en el cronograma del numeral 7.1 del presente Anexo. a.4 Esta etapa concluye con la entrega del Informe Preparatorio a las Comisiones de Transferencia de Recepción en el plazo establecido en el numeral 7.1 del presente Anexo. El Informe Preparatorio será suscritopor el Presidente de la Subcomisión de Transferencia de Entrega. b. Gobiernos Locales Provinciales b.1 En un plazo máximo de cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Directiva, los Gobiernos Locales Provinciales conformarán una Comisión de Transferencia de Recepción, que estarápresidida por el Titular del Pliego o su representante e integrada, además, por un máximo de tres (3) Funcionarios y/o Servidores Públicos y/o Personal engeneral, nombrados o contratados, cualquiera sea su régimen de contratación, preferentemente vinculados al objeto de la transferencia del Programa de PROVÍASRURAL. La Comisión será oficializada mediante Resolución de Alcaldía, que será notificada, en copia fedateada, aPROVÍAS RURAL y al CND dentro del mismo plazo. b.2 Las Comisiones de Transferencia de Recepción elaborarán la documentación que les permita respaldarel cumplimiento de los Mecanismos de Verificación que se detallan en el numeral 6.1 del presente Anexo, la misma que será enviada por los Presidentes de lasComisiones de Transferencia de Recepción, a más tardar el 25 de agosto de 2006, al Presidente de la Subcomisión de Transferencia de Entrega. En el mismo plazoentregarán copia fedateada de la documentación al CND, para su validación. b.3 Durante la presente etapa los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepción suscribirán Convenios de Cooperación con el Presidente de la Subcomisión de Transferencia de Entrega. La suscripciónde los Convenios y su ejecución se realizarán con arreglo a los plazos señalados en el cronograma del numeral 7.1 del presente Anexo. b.4. Esta etapa concluye con la entrega de la documentación que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Verificación al Presidente de laSubcomisión de Transferencia de Entrega y al CND. b.5. El CND revisa y aprueba el cumplimiento de los Mecanismos de Verificación y emite la ResoluciónGerencial, que declara apto al Gobierno Local Provincial para acceder a la transferencia correspondiente. 4.1.2 Etapa de Consolidación Durante esta etapa, según corresponda, se integran la Subcomisión de Transferencia de Entrega y la Comisión de Transferencia de Recepción, se ejecutan y evalúan los Convenios de Cooperación, y se elaboran Conveniosde Gestión, Actas Sustentatorias e Informes Finales de la transferencia del Programa de PROVÍAS RURAL. a. Concluida la Etapa Preparatoria, la Subcomisión de Transferencia de Entrega y la Comisión de Transferencia de Recepción, tomando como referencialos Informes Preparatorios, inician la elaboración de Actas Sustentatorias, necesarias y suficientes, que permitan la consolidación y hagan viable el proceso detransferencia del programa de PROVÍAS RURAL. El CND publicará en su Página Web www .cnd.gob .pe modelos de Actas Sustentatorias que podrán servir comoreferencia. b. Las Actas Sustentatorias serán suscritas por el Presidente de la Subcomisión de Transferencia deEntrega y por el Presidente de la Comisión de Transferencia de Recepción. c. Durante la presente etapa los Presidentes de la Subcomisiones de Transferencia de Entrega y de la Comisión de Transferencia de Recepción suscribirán Convenios de Gestión. Los Convenios se ejecutarán