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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 183

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 27 de julio de 2006 325319REPUBLICADELPERU Nº CÓDIGO CONTRIBUYENTE 237 058459 INTERAMERICAN SERVICE CO S.A.C. 238 059007 BLEU HILL CONSULTANTS CORP 239 059016 SIGELEC SAC. 240 059431 ALS PERU S.A. 241 059682 CORPORACION INMOBILIARIA DE LA UNION 600 242 060453 COMERCIAL MENDOZA HNOS. S.R.L. 243 060824 FABRICA DE ENVASES S.A. - FADESA 244 061160 ESCALANTE TORRES MAGNO VICENTE 245 061262 AGENCIA DE ADUANAS J Y N ASOCIADOS 246 061541 C. CARBO & CIA S.A.C. 247 061987 PERU CARGO LOGISTICS S.A. 248 104710 PERALES HUANCARUNA S.A.C. 249 106048 REDES NITTO PERU S.A.C. 250 106562 BIG CYPRESS INVESTMENTS S.A. 00438-1 Modifican el Acuerdo de Concejo Nº 102-2006, que exoneró de proceso de selección la contratación de servicios de publicidad radial ACUERDO Nº 000106 Callao, 13 de julio de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto en Sesión celebrada el día 13 de julio del 2006, con el voto en MAYORÍA del Cuerpo de Regidoresy en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior del Concejo,aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 823-2006-MPC/GGA-GA, la Gerencia de Abastecimientos hace mención al InformeNº 753-2006-MPC/GA (informe técnico) en el que se requiere la exoneración del proceso de selección sin establecer fechas de difusión, por lo que se solicita seconsidere tal extremo al tomar decisión el Concejo Provincial del Callao, debiéndose modificar el Acuerdo de Concejo Nº 102-2006; Que, en la sesión de la fecha del Concejo Provincial del Callao se escuchó la exposición de la Gerente General de Administración Tributaria y Rentas, y después de unamplio debate, se aprobó destinar a la contratación de los servicios de publicidad radial S/. 48,000.00 (cuarenta y ocho mil y 00/100 nuevos soles) para la difusión de laamnistía aprobada por la Ordenanza Municipal Nº 020- 2006, sin especificar las fechas de difusión; Estando a lo expuesto, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 27972; ACUERDA: 1. Modificar el artículo 1º del Acuerdo de Concejo Nº 102-2006 el mismo que quedará con la redacción siguiente: "1.Declarar personalísimos los servicios de las empresas Grupo Radio Programas del Perú, Corporación Radial del Perú - Radiomar, Producciones Publicitarias yEmpresa Chalaca de Radiodifusión EIRL (Radio Milenium 91.5 FM) y aprobar la exoneración del proceso de selección para la contratación de servicios de publicidadradial con la finalidad de promocionar la amnistía tributaria aprobada por la Ordenanza Nº 020-2006, la suma de S/. 48,000.00 (cuarenta y ocho mil y 000/100 nuevossoles), contando con el Informe Nº 246-2006-MPC-GGA- GA-SGAS, del 20 de junio del 2006, emitido por la Subgerencia de Coordinación y Apoyo de la Gerenciade Abastecimiento, el Informe Nº 0753-2006-MPC/GA del 27 de junio del 2006 y el Memorando Nº 416-2006-MPC-GGAJC, que contiene el Informe Legal de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, con Fuente de Financiamiento Nº 09, Recursos Directamente Recaudados." 2. Encargar a la Gerencia de Abastecimiento el cumplimiento del presente Acuerdo. 3. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: MANDO SE REGISTRE Y CUMPLA.PÍO SALAZAR VILLARÁN Alcalde del Callao 00437-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RÍO NEGRO Exoneran de proceso de selección la adquisición de inmueble ubicado en el Sector de Río Negro ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-06-CM/MDRN Río Negro, 17 de julio del 2006EL CONCEJO MUNICIPAL DE RÍO NEGRO Visto: En sesión de concejo de carácter ordinario Nº 13-2006 de fecha 6 de julio del 2006, el Informe Técnico 035-06-SGI-MDRN de fecha 28 de junio del 2006 y elInforme Legal Nº 044-2006-AL/MDRN de fecha 5 de julio del 2006, por el cual se atiende la solicitud a la compra de terreno para servicios públicos complementarios delEstadio Selva Central. CONSIDERANDO; Que, de conformidad con el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Art. II AUTONOMÍA del Título Preliminar de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que los concejo municipales, ejercen sus funciones de gobiernos mediante la aprobación deordenanzas y acuerdos. Que, estando en la actualidad en ejecución la construcción de la I Etapa del Estadio Selva Central,sobre una superficie total de 75,000 m2 adquiridos por la Municipalidad; y estando el expediente técnico de la mencionada obra es necesario la implementación deservicios colaterales necesarios para el buen funcionamiento del mencionado estadio por lo que es necesario adquirir mayor cantidad de terreno que hagaviable y de mejor funcionamiento las actividades deportivas que se desarrollen, como se tiene del Informe Nº 043-06-SGI/MDRN de la Subgerencia eInfraestructura de fecha 19 de abril del 2006 Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 19º, Inc. e) del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM el cual aprueba eltexto único ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que establece los factores de exoneración de los procesos de selección quedebe ser aprobado por sesión de concejo, como lo señala el Art. 20º Inc. c) de la norma referida cuando se suscita la necesidad de adquirir bienes que no admitan sustitutos ysiempre que exista un solo proveedor, como lo es la Sra Natividad Mendoza de Poma para la compra venta del inmueble ubicado en el Sector de Río Negro (terrenodenominado “Pentalfa”) siendo así es factible su exoneración en virtud de lo establecido en el Art. 144º del D.S. Nº 084- 2004-PCM que aprueba el Reglamento del TUO de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado.