Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2006 (27/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 174

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325310El Peruano jueves 27 de julio de 2006 disciplinariamente por los hechos imputados en la Resolución de Alcaldía Nº 166, de fecha 24 de mayo de 2006 (Informe Nº 30-2005-OCI/MDSJL de fecha 8/6/ 2005, denominado "Denuncia contra la Empresa RonaldImport"), debiendo precisar que, según lo prescrito por el Artículo 25º del Decreto Legislativo Nº 276, los servidores públicos son responsables civil, penal yadministrativamente por el cumplimiento de las normas legales y administrativas en el ejercicio del servicio público, sin perjuicio de las sanciones de carácterdisciplinario por las faltas que cometen; SE RESUELVE:Artículo Primero.- NO SANCIONAR DISCIPLINA- RIAMENTE a los señores JAIME ALATA VILLARTA, exDirector de Administración y MIRYAM GONZALES MUÑOZ, ex Jefa de la Unidad de Tesorería, por los cargos imputados en la Resolución de Alcaldía Nº 166,de fecha de 24 de mayo de 2006, conforme a lo expuesto en la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría Municipal la notificación de la presente resolución conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 00440-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 099-MDSM queestableció beneficios tributarios paramiembros de fuerzas policiales que adquirieron inmuebles del FOVIPOL DECRETO DE ALCALDÍA Nº 18-2006-MDSM San Miguel, 24 de julio de 2006EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL VISTOS, el Informe Nº 121-2006-GRAT/MDSM, de fecha 24 de julio de 2006, emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, Memorando Nº 408-2006-GM/MDSM, de fecha 24 de julio de 2006, emitido por Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú - Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, tienenautonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 099-MDSM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 21 de enero del 2006, se establecen beneficios tributarios para miembros de las fuerzas policiales que hayan adquirido sus inmueblesmediante el Fondo de Vivienda Policial - FOVIPOL en esta jurisdicción, señalando como plazo de vigencia sesenta días calendario a partir del día siguiente de supublicación; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 011-2006- MDSM se amplió por sesenta días calendario la vigenciade la Ordenanza citada en el considerando precedente; Que, es política de la actual Gestión Municipal brindar las mayores facilidades de pago y de cumplimiento deobligaciones tributarias, a los vecinos del distrito representados en el personal policial propietarios de predios, por lo que se hace necesario prorrogar la fechade vencimiento del beneficio por treinta días mas, plazo prudencial estimado en el cual serán atendidos todos éstos referidos contribuyentes; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 20º de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, así como la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 099- MDSM; DECRETA: Artículo Primero.- Amplíese hasta el 30 de setiembre de 2006 la vigencia de la Ordenanza Nº 099-MDSM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 21 de enero del 2006, de acuerdo a lo expuesto en la parteconsiderativa del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria el cumplimiento delpresente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 00535-1 Prorrogan Beneficio de Regularización de Obligaciones Tributarias y NoTributarias establecido en laOrdenanza Nº 111-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 19-2006-MDSM San Miguel, 24 de julio de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELVISTOS, el Informe Nº 120-2006-GRAT/MDSM, de fecha 24 de julio del presente año, emitido por la Gerenciade Rentas y Administración Tributaria, Memorando Nº 407-2006-GM/MDSM, de fecha 24 de julio del presente año, emitido por Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú - Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales yDistritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 111-MDSM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de junio de 2006, se establece un Beneficio de Regularización deObligaciones Tributarias y No Tributarias en el distrito, el mismo que estará vigente del 1 de julio hasta el 26 de julio del presente año; Que, atendiendo al pedido de los contribuyentes y administrados del distrito y, siendo política de esta Administración brindar las mayores facilidades, se hacenecesario prorrogar la vigencia de dicho beneficio, a fin que éstos puedan cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales, y; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, así como laSegunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 111- MDSM; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar el Beneficio de Regularización de Obligaciones Tributarias y No Tributarias establecido en la Ordenanza Nº 111-MDSM hasta el 12 de agosto de 2006. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, las Subgerencias de Tesoreríae Informática, y a la Secretaría de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 00535-2