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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325320El Peruano jueves 27 de julio de 2006 Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 235-06-A/ MDRN de fecha 19 de mayo del 2006, se aprueba la modificación presupuestal en el nivel institucional por los mayores ingresos obtenidos al primer trimestre 2006hasta por la suma de S/. 169,127.00 nuevos soles en el cual se ha destinado entre otros los fondos necesarios para la adquisición del terreno para servicios públicoscomplementarios del Estadio Selva Central en atención al Informe Nº 037-06-SGPF/MDRN de fecha 21 de abril del 2006 y Nº 038-06-SGPF/MDRN de fecha 21 de abrildel 2006 de la Subgerencia de Planificación y Finanzas. Que, mediante Informe Técnico Nº 035-06-SGI- MDRN de fecha 28 de junio del 2006, emitido por laSubgerencia de Infraestructura de la Municipalidad Distrital de Río Negro, el mismo que establece de manera técnica y debidamente sustentado la adquisicióndel terreno en mención con la finalidad de implementar los servicios públicos complementarios del Estadio Selva Central de conformidad con el expediente técnico que lasustenta. Que, mediante Informe Legal Nº 044-2006-AL/MDRN de fecha 5 de julio del 2006 emitido por el Asesor Legalde la Municipalidad Distrital de Río Negro, señalando en el mismo su factibilidad desde el punto de vista jurídico que sustenta la modalidad de adquisición propuesta, dadoque existe un único propietario para proveer el terreno, ya que es colindante al predio adquirido para la construcción del Estadio Selva para los fines yamencionados. Estando a las facultades conferidas por el Art. 20º numeral 3) de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972 y en cumplimiento de los acuerdos adoptados en forma UNÁNIME por parte de los miembros del Concejo Municipal de Río Negro en sesión de concejo de carácterordinario Nº 13-2006 de fecha 6 de julio del 2006; SE ACUERDA:Artículo 1º.- APROBAR la exoneración del proceso de selección para la adquisición del inmueble señaladoen los considerandos de la presente cito en el Sector de Río Negro (terreno denominado “Pentalfa”) de propiedad de Sra. Natividad Mendoza de Poma, conforme alArt. 19º Inc. e) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Art. 144º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo 2º.- REMITIR copia del presente acuerdo de concejo y sus recaudos a la Contraloría General de la República, así como también al CONSUCODE dentrodel término de ley. Artículo 3º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente a la Gerencia Municipal, a la Subgerencia dePlanificación y Finanzas, y demás órganos competentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. GUILLERMO CHUMPITAZ QUISPE Alcalde 00485-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del "Tratado de Extradición entre la República del Perúy la República de Argentina" De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores medianteOficio RE (GAB) Nº 0-3-A/212, comunica que el "Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Argentina" , suscrito el 11 de junio de 2004, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, aprobado por el Congreso de la República, mediante Resolución Legislativa Nº 28433, de 3 de diciembre de2004, publicada el 28 de diciembre de 2004 y ratificado por Decreto Supremo Nº 009-2005-RE, de 25 de enero de 2005, publicado el 27 de enero de 2005. Texto anexoal Decreto Supremo publicado el 23 de julio de 2006. Entró en vigencia, el 19 de julio de 2006 . 00447-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar susdispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL