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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 10 de junio de 2006 321097REPUBLICADELPERU provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos: Cerro La Cunga, Chalcacucho, Cerro La Desconsiderada, Chacomas, Tranca del Ternero y Cerro Yuraccama, ubicados en eldistrito de Usquil, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad Artículo 2º.- - Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro La Cunga Nº PETT-LL/0-199, a escala 1/500, de fecha mayo de 2004, con un área de 0.8251 ha. y un perímetro de 349.21 m.l. ubicado en el distrito de Usquil, provincia deOtuzco, departamento de La Libertad, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Chalcacucho Nº PETT-LL/0-201, a escala 1/2000, de fecha mayo 2004, con un área de 6.6164 ha y un perímetro de 1,133.27 ml. ubicado en el distrito de Usquil,provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro La Desconsiderada Nº PETT -LL/0-202, a escala 1/2500, de fecha mayo 2004, con un área de 13.4888 ha y un perímetro de 1,995.18 ml. ubicado en el distrito de Usquil,provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 4. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Chacomas Nº PETT -LL/0-203, a escala 1/10000, de fecha mayo 2004, con un área de 1.4421 ha y un perímetro de 456.36 ml. ubicado en el distrito de Usquil, provincia de Otuzco,departamento de La Libertad, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 5. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Tranca del Ternero Nº PETT-LL/0-204, a escala 1/500, de fecha mayo de 2004, con un área de 0.1915 ha. y un perímetro de 165.72 m.l. ubicado en el distrito de Usquil, provinciade Otuzco, departamento de La Libertad, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 6. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Cerro Yuraccama Nº 205-INC-PETT -2004, a escala 1/5000, de fecha marzo 2004, con un área de 97.6480 ha y un perímetro de 7,476.39 ml. ubicado en el distrito de Usquil,provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimonio Cultural de la Nación de los sitios arqueológicos mencionados en el Artículo 1º y de losplanos señalados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los sitios arqueológicosdeclarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 10226RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 824/INC Lima, 25 de mayo de 2006VISTO, el Oficio Nº 1526-2005-AG-PETT -DE-DTSL de fecha 19 de setiembre de 2005 del Ing. Domingo JaimePortugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de laNación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1526-2005-AG-PETT -DE-DTSL de fecha 19 de setiembre de 2005 el Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto EspecialTitulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite cinco (5) expedientes técnicos de los sitios arqueológicos ubicados el departamento de Cusco, elaboradospor el Lic. Juan Carlos Guerrero Venturo; Que, mediante Informe Nº 363-2006-INC/DREPH/DA/SDIC/ LDZM de fecha 17 de abril de 2006, la Subdirección deInvestigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que diez (10) de los expedientes técnicos de los sitios arqueológicos no presentan observaciones, así como no seencuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 315 fecha 24 de abril 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomiendaa la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos siguientes: 1. Quemporay Pata; ubicado en el distrito de Quiquijana, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; 2. Petroglifos y Pucara de Haanccamayo; ubicado en el distrito de Coporaque, provincia de Espinar, departamento de Cusco; 3. Canal Inca; ubicado en el distrito de Huarocondo / Ancahuasi, provincia de Anta, departamento de Cusco; 4. Larka Calvarion; ubicado en el distrito de Huanoquite, provincia de Paruro, departamento deCusco; 5. Cuncaccasa; ubicado en el distrito de Quiquijana, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; - Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Quemporay Pata Nº 298-INC-PETT -2005, a escala 1/2000, de fecha junio 2005, con un área de 3.5187 ha. y un perímetro de833.83 m. ubicado en el distrito de Quiquijana, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 2. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Petroglifos y Pucara de Haanccamayo Nº 335-INC-PETT-2005, a escala 1/7500, de fecha julio 2005, con un área de 71.3704 ha y unperímetro de 3250.45 m. ubicado en el distrito de Coporaque, provincia de Espinar, departamento de Cusco, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 3. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Canal Inca Nº 296-INC-PETT -2005, a escala 1/5000, de fecha julio 2005, con un área de 6.7122 ha. y un perímetro de13444.63 m. ubicado en el distrito de Huarocondo / Ancahuasi, provincia de Anta, departamento de Cusco, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; 4. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Larka Calvarion Nº 332-INC-PETT-2005, a escala 1/2000, de fecha julio 2005, con un área de 4.9560 ha y un perímetrode 1023.53 m. ubicado en el distrito de Huanoquite, provincia de Paruro, departamento de Cusco, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva;