Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2006 (09/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, jueves 9 de marzo de 2006

NORMAS LEGALES

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autorice la declaratoria de la situacion de desabastecimiento Inminente del suministro de combustible para las unidades moviles de la municipalidad distrital de Sayan y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la constitucion politica del Peru, establece que las municipalidades tienen, autonomia, politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, corresponde al concejo las funciones normativas y fiscalizadoras, y a la alcaldia las funciones ejecutivas. Que con Resolucion Directoral Nº 033-2005-EF/76.01 la Direccion Nacional de Presupuesto Publico aprueba la Directiva Nº 013-2005-EF/76.01 "Directiva para la Programacion, Formulacion y Aprobacion del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2006", cuyo Art. 40 refiere el plazo para la aprobacion de los presupuestos institucionales y consolidados a nivel provincial; la aprobacion y promulgacion de los presupuestos institucionales de los Gobiernos Locales para el ano fiscal 2006, debe efectuarse en un plazo que no exceda del 31 de diciembre del 2005, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Concejo Municipal. Que, con Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM se aprueba el TUO de la Ley 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Decreto Supremo Nº 0842004-PCM su reglamento. Que el Art. 7 del DS Nº 083-2004-PCM refiere, que cada entidad elaborara un plan anual de adquisiciones y contrataciones. Dicho plan debe prever los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad. Que, el primer parrafo del Art. 11 del mismo cuerpo legal refiere, que es requisito para convocar a MORDAZA de seleccion, baja sancion de nulidad, que este este incluido en el plan anual de adquisiciones y contrataciones salvo las excepciones de la presente ley y que ademas se cuente con el expediente debidamente aprobado para la adquisicion o contratacion respectiva, el mismo que incluira la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento. El reglamento precisara los requisitos necesarios para los procesos previstos en el Art. 17º de la presente Ley. Que, el Art. 25 del DS-084-2004-PCM, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular de la Entidad o la MORDAZA Autoridad Administrativa, segun corresponda, dentro de los treinta (30) dias naturales siguientes a la aprobacion del presupuesto institucional. En efecto que, con Resolucion de Alcaldia Nº 5792005-MDS/A del 21 diciembre 2005 se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad Distrital de Sayan; y con Resolucion de Alcaldia Nº 0092006-MDS/A de fecha 10 enero 2006 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones respectivamente para el Ano fiscal 2006; por lo que la Municipalidad Distrital de Sayan cumplio los procedimientos que establece las normas MORDAZA referidas. Que, con Informe Nº 459-2005-MDS/GA de fecha 30 de diciembre, Gerencia de Administracion informa que el proveedor de combustible Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha presentado una solicitud indicando la culminacion del contrato celebrado con nuestra municipalidad y pide la devolucion de las garantias retenidas; y sugiere contratar complementariamente con el mismo proveedor para la adquisicion de combustibles para los primeros meses del ano 2006 al MORDAZA del Art. 236 del DS Nº 084-2004PCM, argumentando que el problema que se presentaba con el aprovisionamiento los primeros meses de cada ano, es por la demora de la elaboracion del referido MORDAZA para la adquisicion de estos insumos, la cual debe darse posterior a la aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) correspondiente al ejercicio respectivo; y que esta situacion traia como consecuencia que en ocasiones quedaba desabastecida la municipalidad del combustible necesario para el funcionamiento de las unidades vehiculares.

Que, con Informe Nº 032-2006-MDS/GA de fecha 20 de enero del 2006 Gerencia de administracion informa que: - La subgerencia de Logistica y Control Patrimonial remitio las Cartas Nº 030-2005, Nº 001-2006, Nº 0052006, de fechas 30/12/05, 04/01/06 y 10/01/06 respectivamente; y que de manera reiterativa en las dos ultimas cartas se solicita al proveedor de combustibles MORDAZA MORDAZA MORDAZA comunicar si mantiene las condiciones iniciales que dieron lugar a la obtencion de la Buena Pro del MORDAZA ADS-003A-2005-MDS por el cual se MORDAZA el contrato Nº 009A-2005-MDS/SGLyCP; a fin de celebrar un contrato complementario para continuar con el aprovisionamiento de combustible a esta entidad, al MORDAZA de lo que dispone el articulo 236º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, contestando el proveedor de combustibles MORDAZA MORDAZA MORDAZA con carta de fecha 13/01/06 que, debido a su falta de liquidez economica les va a ser imposible mantener las condiciones iniciales que dieron lugar a la adjudicacion de la Buena Pro; lo que determina la inaplicabilidad del articulo 236º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones, que establece que una adquisicion procede siempre y cuando el proveedor mantenga las condiciones iniciales. - Informa tambien que, el Tecnico Administrativo de almacen mediante Informe Nº 002-2006-MDS/TAA pone de conocimiento que el stock de combustible en el Almacen de la municipalidad al 12 enero 2006, es el siguiente: PRODUCTO Gasolina 84º octanos Gasolina 90º octanos Petroleo Diesel 2 GALONES 53.00 9.00 1,341.00

Refiere el Gerente de Administracion que ante la negativa e imposibilidad de celebrar un contrato complementario con el proveedor de combustible en aplicacion del articulo 236º del D.S. Nº 084-2004-PCM por falta de liquidez economica de Este y por el tiempo que demorara el MORDAZA de seleccion entre 30 a 45 dias; que, se evidencia una situacion de desabastecimiento inminente en el aprovisionamiento de combustible para esta entidad, especificamente con gasolina de 84º y 90º octanos, necesarios para la operatividad de las unidades vehiculares de nuestra comuna. Con la finalidad de no perjudicar la administracion de esta entidad MORDAZA tanto en la parte operativa y funcional de las diferentes areas, pide salvo mejor parecer, la aplicacion del Articulo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM Exoneracion de Procesos de Seleccion para la adquisicion de combustible, por haberse configurado lo estipulado en el Articulo 21º de la misma MORDAZA concordante con el Articulo 141º del D.S. Nº 084-2004PCM, Situacion de desabastecimiento inminente por las causas expuestas; y que, la adquisicion de combustible seria solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion de desabastecimiento de este bien y se pueda llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda, tal como prescribe el Articulo 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM. Que, el inciso "c" del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Emergencia o Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con la presente Ley. Que el Art. 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM concordante con el Art. 141 del Decreto Supremo 084-2004-PCM, establece que por situacion de desabastecimiento inminente se considera aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de un determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda.

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