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PÆg. 315890 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de marzo de 2006 Esta Municipalidad ha recepcionado sendos documentos presentados de parte de la población damnificada o intervenida con esta obra y de los afectados por las torrenciales lluvias, acontecimiento que afectó seriamenteal Centro Poblado y a los pobladores del interior del distrito, esta situación se acrecienta cuando se tiene que las vías Carrozables han sufrido graves daños; Que, la situación de emergencia es una medida temporal que debe atenderse como el hecho de excepción que determina una acción rápida de adquisición comoes la inminente e impostergable contratación de la Contratación de la Empresa Constructora para la ejecución de la Segunda Etapa de la Pavimentación de laPlaza de Armas y el Acceso principal expuesta y aprobada por ACUERDO MUNICIPAL; Estando a lo expuesto y de conformidad con los artículos 9º, 32º, y 74º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y lo previsto en los artículos 19º, 20º, y 21º del Texto Único Ordenado de Adquisiciones yContrataciones del Estado y Artículo 139º de su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM, y demás normas vigentes pertinentes con el votoUNÁNIME DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDAN: Artículo Primero.- Declarar en Situación de Emergencia los servicios locales del distrito de Quellouno, por un período de noventa días naturales a partir de la publicación delpresente acuerdo. En consecuencia declárese de emergencia la Contratación de la Empresa Constructora para la Ejecución de la Segunda Etapa de la Pavimentaciónde la Plaza de Armas y el Acceso Principal afectando a la Fuente de Financiamiento del Canon Gasífero. Artículo Segundo.- Autorizar al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Quellouno, señor Feliciano Vargas Usca, para que realice el trámite que sea necesario para cumplir con el presente acuerdoautorizando la firma de convenios y otros. Artículo Tercero.- Exonerar del Proceso de Selección que corresponda a la contratación de la Empresa Constructorapara la Ejecución de la Segunda Etapa de la Pavimentación de la Plaza de Armas y el Acceso principal, cuyo Valor Referencial es de S/. 613,727.57, autorizar que la misma se efectúe por elprocedimiento de Adjudicación Directa conforme a lo establecido en el Artículo 106º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial EL PERUANO, conforme lo dispone el inciso c) del Artículo 20º, del Texto Único Ordenadode Adquisiciones y Contrataciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM, remitir copia del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloría General de laRepública dentro de los plazos establecidos por la Ley. Regístrese, comuníquese y archívese.FELICIANO VARGAS USCA Alcalde 05753 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ Aprueban adquisición de inmueble de propiedad de Electro Sur Este S.A.A. ACUERDO MUNICIPAL Nº 007-2006-MDW/C Wanchaq, 2 de febrero del 2006. El Concejo Municipal de Wanchq, en sesión extraordinaria de fecha dos de febrero del año dos de febrero del año dos mil séis presidida por el Teniente Alcalde señor Lizardo PorcelGuzmán y la concurrencia de los Regidores señores:Edmee Linares Del castillo, Ivan Samame Alava, Ramon Zavaleta Aleman, Marco Aubert Tamayo, Roberto Cáceres Gallegos,Wilfredo Concha Farfan, Vidal Pino Zambrano y Martha Prada Garrido; y,VISTO: El Expediente Administrativo Nº 9956-2006 presentado el Gerente General de Electro Sur EsteS.A.A., valuación comercial del inmueble ubicado en la Av. Garcilaso Nº 403, Informe Nº 195-2005-AL-MDW/C de la Oficina de Asesoría Legal, Informe Nº 089-2005-OPP-MDW/C de la Oficina de Planificación y Presupuesto, Informe Nº 03-2006-VHDAE-DEP-MDW de la Oficina de Estudios y Proyectos, y; CONSIDERANDO: Que, la Empresa Electro Sur Este S.A.A. es propietaria del inmueble ubicado en la Av. Garcilaso Nº 403 interior del Mercado de Wanchaq, inscrito en la ficha 1900,Asiento Nº 02 del Registro del Propiedad Inmueble de los Registros Públicos del Cusco, inmueble destinado a una caseta para servicio eléctrico Nº 203 de 11000/230 voltios. Que, esta empresa por razones técnicas procede con el traslado de la caseta, por lo que, convoca a Subasta Pública su venta, sin embargo, considerandoque esta área puede ser mejor utilizada por la Municipalidad Distrital de Wanchaq, manifiesta la posibilidad de efectuar la transferencia mediantemecanismos directos. Que, el Art. 34º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que “Las Contrataciones yAdquisiciones que realizan los Gobierno Locales se sujetan a la ley de la materia. Que, la Ley de la materia resulta siendo la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada por D.S. Nº 083-2004-PCM, estableciendo en su Art. 19º literal e) que están exonerados de los procesos deselección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único. Que, el inmueble ubicado en la Av. Garcilaso Nº 403 interior del Mercado de Wanchaq, por su ubicación para efectos de ampliación del referido Mercado, se constituyeen un bien único e insustituible que de ser el caso, contribuirá con la modernización y mejor atención en el Centro de Abastos Wanchino. Que, corresponde al Concejo Municipal la aprobación de la exoneración del proceso de selección que conlleve la adquisición a título oneroso vía compraventa, delinmueble referido en cláusulas anteriores. Que, los ACUERDOS son normas que contienen decisiones que toma El Concejo, mediante la que sepuede regular asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano para practicar un determinado acto o sujetarse auna conducta o norma institucional. Estando a los informes tecnico legales aprobatorios del visto y en uso de las atribuciones conferidas en el Art. 9º dela Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, por unanimidad, y realizada la correspondiente lectura del Acta. ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la adquisición de la Caseta de propiedad de Electro Sur Este S.A.A. ubicado en la Av. Garcilaso Nº 403 (interior del mercado deWanchaq), hasta por la suma de $ 2,500.00 (dos mil quinientos dólares americanos) equivalente a (ocho mil doscientos cincuenta nuevos soles). Artículo Segundo.- Exonerar del Proceso de Selección, la adquisición de este inmueble, por tratarse de un bien único e insustituible. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Patrimonio el cumplimiento de los Artículos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Cuarto.- Remitir copia del presente Acuerdo a la Contraloría General de la República, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoy al Diario Oficial El Peruano para su correspondiente publicación. DADO EN LA CASA MUNICIPAL DE WANCHAQ, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL SEIS. WILLY CUZMAR DEL CASTILLO Alcalde 05805