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PÆg. 315878 NORMAS LEGALES Lima, viernes 31 de marzo de 2006 Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Asimismo, disponer que la Secretaria General de la Sede Central de la SUNARP, conforme a loestablecido en el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, publique la presente resolución que aprueba laexoneración en el Diario Oficial El Peruano; ello, dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Sétimo.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, publique la resolución a través delSEACE, según lo estipulado en el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Públicos 05850 SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD Aprueban estructura y diseæo de archivos planos que constituyen el"Sistema Electrónico de Transferenciade Información de las Entidades Prestadoras de Salud" RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 015-2006-SEPS/CD Lima, 24 de marzo de 2006VISTOS: El Informe Nº 00025-2006/IRD de la Intendencia de Regulación y Desarrollo, el Informe Jurídico Nº 010-2006- OAJ de la Oficina de Asuntos Jurídicos y el InformeNº 00022 -SEPS/IG de la Intendencia General; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud (SEPS), mediante Resolución de Superintendencia Nº 035-2005-SEPS/CD aprobó el Manual de Contabilidad para Entidades Prestadoras deSalud (EPS), cuyo uso obligatorio se inició el 1 de enero de 2006; Que, la SEPS ha desarrollado un software de captura, transmisión y validación de la información contenida en dicho Manual, con la finalidad de optimizar su calidad y la oportunidad de su remisión por las EPS; Que, se considera necesario actualizar y adecuar a los lineamientos técnicos establecidos en el Manual de Contabilidad para EPS la estructura y el diseño de archivosplanos de la información de las EPS sobre Afiliaciones o Titulares, Asegurados, Aportes y Entidades Empleadoras, la misma que es remitida conforme a lo dispuesto en laResolución de Superintendencia Nº 026-2003-SEPS/CD y sus normas complementarias, la Resolución de Superintendencia Nº 047-2005-SEPS/CD y la Resoluciónde Intendencia General Nº 034-2005-SEPS/IG; Que, las EPS vienen remitiendo a la SEPS en forma mensual información sobre sus “Prestaciones de SaludLiquidadas”, la cual es necesario adecuar a los lineamientos técnicos establecidos en el Manual de Contabilidad para EPS, así como mejorar suadministración y control, utilizando criterios homogéneos de clasificación de las prestaciones de salud; Que, asimismo, la SEPS requiere la integración y complementariedad necesaria de la información remitidapor las EPS a través de un sistema electrónico de transferencia, a fin de que le permita obtener una base de datos uniforme sobre aspectos económicos, financieros, administrativos y prestacionales, ademásde hacer más eficiente, oportuna y segura la comunicación y validación de la mencionada información entre las EPS y la SEPS, así como lograr un mayorgrado de eficiencia, en el cumplimiento de las funciones de supervisión de este Organismo; Que, en tal sentido, resulta necesario establecer las disposiciones relacionadas con la operatividad del mencionado Sistema; Que, conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SEPS, corresponde al Consejo Directivo aprobar los reglamentos y otras disposiciones de carácter generalque sean de observancia obligatoria para el Sistema; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 10º del Reglamento anteriormente citado, correspondeal Superintendente velar por la correcta ejecución de los acuerdos del Consejo Directivo y expedir las Resoluciones que correspondan; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesión Ordinaria Nº 004-2006-SEPS de fecha 21 de marzo de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la estructura y el diseño de los archivos planos que constituyen el “Sistema Electrónico de Transferencia de Información de las EntidadesPrestadoras de Salud” (SETIEPS) el cual consta de cuatro (4) módulos que incluyen los formatos y tablas que se señalan en el Anexo que forma parte de la presenteResolución: I. Módulo de Información Económico-Financiera y Contable. II. Módulo de Información “Afiliaciones o Titulares, Asegurados, Aportes y Entidades Empleadoras”. III. Módulo de “Información del Aporte correspondiente al Crédito proveniente de las Aportaciones a ESSALUD”. IV. Módulo de Información de Prestaciones de Salud Liquidadas por las EPS. Dicha información será generada por los sistemas informáticos de la EPS, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en la presente Resolución y en el correspondiente Manual de Contabilidad para EPS y seráenviada electrónicamente a la SEPS con la periodicidad señalada en el Anexo, utilizando el protocolo de Transferencia de Archivos (ftp), o correo electrónico odisco compacto (CD). El envío de la información establecida en los módulos anteriormente citados vía correo electrónico se realizaráa la siguiente dirección: informacioneps@seps.gob.pe. Artículo 2º.- La EPS deberá designar a un funcionario responsable del envío a la SEPS de la informacióncontenida en los módulos descritos en el artículo anterior. La EPS deberá establecer adecuados controles, tanto para el envío de la información como para la utilizaciónde la contraseña confidencial que proporcionará la SEPS. Artículo 3º.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, las actualizaciones ymodificaciones de los diseños de archivos planos, estructuras y formatos definidos en los citados Módulos, se encontrarán publicados en la página Web de la SEPS( www.seps.gob.pe/normatividad/actualizaciones). Artículo 4º.- El Superintendente dispondrá las actualizaciones y modificaciones del SETIEPS y dictarálas normas complementarias que resulten necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Resolución, dando cuenta al Consejo Directivo. Artículo 5º.- Las disposiciones establecidas en la presente Resolución entrarán en vigencia a partir del envío de la información correspondiente al 30 de abril de2006, fecha a partir de la cual quedarán sin efecto las Resoluciones de Superintendencia Nº 026-2003-SEPS/ CD y Nº 047-2005-SEPS/CD, así como la Resolución deIntendencia General Nº 034-2005-SEPS/IG. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR AUGUSTO DONAYRE CÁRDENAS Superintendente