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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2006 (06/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G31/G37/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que el señor Presidente de la República, doctor Alejandro Toledo, viajará entre los días 9 al 18 de mayo de 2006, a las ciudades de Viena, República de Austria y Madrid, Reino de España, para cumplir con actividades previstas en la Agenda Presidencial Internacional; Que es necesario el envío de una misión de avanzada con la finalidad de coordinar los aspectos de seguridad durante la participación del señor Presidente de la República y de la Delegación Oficial que lo acompaña; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM; y, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Coronel PNP Francisco Giraldo Hernando a las ciudades de Viena, República de Austria y Madrid, Reino de España, del 7 al 18 de mayo del presente año, como Agente encargado de coordinar los aspectos de seguridad durante la participación del señor Presidente de la República y de la Delegación Oficial que lo acompaña. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 1,354.51 - Viáticos US$ 260,00 por día - Uso de aeropuerto US$ 30,25 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 08225 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G56/G69/G61/G6A/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G30/G31/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2006-PCM Lima, 5 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que mediante Decreto de Urgencia Nº 002-2006 se modifica la prohibición de viajes al exterior, exceptuándose de la presente prohibición aquellos viajes que realicen los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212 y los Titulares de Pliego, asimismo los destinados al desarrollo de funciones en el marco de las negociaciones orientadas a la suscripción de los Tratados de Libre Comercio, a efectuar acciones de promoción y/o negociación económica comercial de importancia para el Perú y los que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del año 2006, los que serán aprobados conforme al procedimiento establecido por la Ley Nº 27619, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que en el artículo 16º del Decreto de Urgencia referido, señala que mediante Resolución del Titular del Sector deberá aprobarse y publicarse el Plan Anual de Viajes del Sector, antes del 15 de febrero de 2006, el cual pormenorizará la relación de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos considerando que elgasto presupuestado, con cargo a los recursos públicos, deberá ser reducido en un veinte por ciento (20%) con relación al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad; Que mediante Resolución Ministerial Nº 049-2006- PCM, se aprobó el Plan Anual de Viajes del Sector Presidencia del Consejo de Ministros para el año 2006, y mediante Resolución Ministerial Nº 115-2006-PCM, se aprobó la modificación a dicho Plan, el cual contempla en forma pormenorizada los viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; Que a partir de la vigencia de la citada Resolución Ministerial Nº 115-2006-PCM los Pliegos adscritos al Sector Presidencia del Consejo de Ministros vienen solicitando la modificación y/o inclusión de nuevos viajes en el Plan Anual de Viajes del Sector; Que mediante Informe Nº 022-2006-PCM/OGA, el Director de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros informa que el Plan Anual de Viajes del Sector Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 115-2006-PCM, puede ser modificado sin exceder el límite establecido en el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 094- 2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Apruébese la modificación del Plan Anual de Viajes del Sector 01 Presidencia del Consejo de Ministros 2006, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 115-2006-PCM. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la modificación del Plan aprobada en el artículo precedente en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 08199 MINCETUR /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20 /G64/G65/G6C /G4D/G49/G4E/G43/G45/G54/G55/G52/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6E/G63/G65/G66/G61/G6C/G6F/G70/G61/G74/GED/G61/G20/G65/G73/G70/G6F/G6E/G67/G69/G66/G6F/G72/G6D/G65/G62/G6F/G76/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 155-2006-MINCETUR/DM Lima, 4 de mayo de 2006 Visto el Memorándum Nº 251-2006-MINCETUR/ VMCE del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 149-2006- PCM, publicada el 12 de abril de 2006, se creó la Comisión Especial Multisectorial de Evaluación de Riesgo para la encefalopatía espongiforme bovina, adscrita al Ministerio de Salud, la misma que cumplirá sus funciones en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 019-2006-AG, y estará integrada entre otros, por un representante titular y un alterno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, de conformidad con el artículo 3º de la citada Resolución Ministerial, dichos representantes deberán ser designados mediante Resolución del Titular del Sector; De conformidad con la Ley Nº 27790 - Ley Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Ley Nº 27594 - Ley que regula la