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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 20 de noviembre de 2006 333158 3('1(GHOGHGLFLHPEUHGHPRGL¿FDGDSRU 5HVROXFLyQ'LUHFWRUDO13('1( Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y 3URFHVDPLHQWR3HVTXHURPHGLDQWHHO,QIRUPH1352'8&('*(33 \ 1RWD 1 352'8&(DGEPP-Dch y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; y, (QXVRGHODVIDFXOWDGHVFRQIHULGDVSRUHODUWtFXOR del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por 'HFUHWR6XSUHPR13(\DUWtFXORGHOD/H\1 SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar la caducidad del permiso de SHVFDRWRUJDGRDWUDYpVGHOD5HVROXFLyQ'LUHFWRUDO13('1(PRGL¿FDGRHQVXWLWXODULGDGSRU5HVROXFLyQ'LUHFWRUDO13('1(SDUDRSHUDUODHPEDUFDFLyQSHVTXHUD³9(1.$0´GHPDWUtFXOD1&230HQODextracción del recurso hidrobiológico merluza con destino al consumo humano directo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de suspensión de permiso de pesca por motivos económicos para RSHUDUODHPEDUFDFLyQ³9(1.$ 0´GHPDWUtFXOD1&2 30 SUHVHQWDGR SRU HO %DQFR ,QWHUDPHULFDQR GH )LQDQ]DVpor los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3º.- Excluir a la embarcación “VENKA M” de PDWUtFXOD1&230GHO$QH[R9GHOD5HVROXFLyQ0LQLVWHULDO13(HLQFOXLUODHQHO$QH[R,,GHdicha resolución. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas y a las Direcciones Regionales Sectoriales el litoral, y FRQVLJQDUVHHQHO3RUWDOGHOD3iJLQD:HEGHO0LQLVWHULRde la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extraccióny Procesamiento Pesquero 5821-6 Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de licencia de operación de planta de enlatado RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 348-2006-PRODUCE/DGEPP /LPDGHVHWLHPEUHGHO9LVWRHOHVFULWRFRQUHJLVWUR1GHGH PDU]RGHO\VXDGMXQWRGHOGHDEULOGHOpresentado por ASTILLEROS Y MAESTRANZA ANDESA S.A.C y demás documentos propios al procedimiento administrativo : CONSIDERANDO : Que, de acuerdo con lo establecido por el literal d) del DUWtFXORGHO'HFUHWR/H\1±/H\*HQHUDOGHPesca, para el desarrollo de las actividades pesqueras las personas naturales y jurídicas requerirán de licencia para la operación de las plantas de procesamiento pesquero de productos pesqueros; la misma que es otorgada a nivel nacional por el Ministerio de la Producción, conforme a lo GLVSXHVWRHQHODUWtFXORGHOPLVPRFXHUSROHJDOHQconcordancia con la Quinta Disposición Complementaria, 7UDQVLWRULD\)LQDOGHOD/H\1/H\GH2UJDQL]DFLyQ\)XQFLRQHVGHO0LQLVWHULRGHOD3URGXFFLyQ 4XH GH FRQIRUPLGDG FRQ HO DUWtFXOR GHO Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobada por 'HFUHWR6XSUHPR13(ODVSHUVRQDVQDWXUDOHVo jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de Licencia para la operación de cada planta de procesamiento; 4XH HO DUWtFXOR GHO 5HJODPHQWR FLWDGR HQ HO considerando precedente, establece que durante la vigencia de la licencia para la operación de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; 4XHPHGLDQWH5HVROXFLyQ0LQLVWHULDO13(GH IHFKDGHDEULOGHVHRWRUJyDODHPSUHVD0$48,0$5S.A., Licencia de Operación para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos para la SURGXFFLyQGHHQODWDGRFRQXQDFDSDFLGDGGHFDMDVturno, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Provincia Constitucional del Callao; Que, a través del escrito del visto, la empresa ASTILLEROS Y MAESTRANZA ANDESA S.A.C. solicita el cambio de titular de la citada licencia de operación correspondiente al procesamiento de enlatado, acogiéndose al cumplimiento de requisitos establecidos HQ HO QXPHUDO GHO 7H[WR ÒQLFR GH 3URFHGLPLHQWRVAdministrativos del Ministerio de la Producción; 4XHGHODLQVSHFFLyQHIHFWXDGDFRQIHFKDGHPD\R GHODOD3ODQWDGH(QODWDGRGHODHPSUHVD0$48,0$5S.A. ubicada en la Provincia Constitucional del Callao, se ha podido determinar que la capacidad instalada de la 3ODQWDGH(QODWDGRGL¿HUHVLJQL¿FDWLYDPHQWHFRQUHODFLyQa la capacidad con la que se expidió la Licencia de RSHUDFLyQPHGLDQWH5HVROXFLyQ0LQLVWHULDO13( Estando a lo informado por la Dirección de Consumo +XPDQR PHGLDQWH ,QIRUPHV 1 352'8&('1(33'FKGHO0$51352'8&('1(33'FKGHO0$<\1352'8&('*(33'FKGHO-8/\FRQODRSLQLyQIDYRUDEOHGHla instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1 ± /H\ *HQHUDO GH 3HVFD \ VX 5HJODPHQWRDSUREDGRSRU'HFUHWR6XSUHPR13(\HO7H[WRÒQLFRGH3URFHGLPLHQWRV$GPLQLVWUDWLYRVGHO0LQLVWHULRGHOD3URGXFFLyQDSUREDGRSRU'HFUHWR6XSUHPR1352'8&(\ (QXVRGHODVIDFXOWDGHVFRQIHULGDVSRUHODUWtFXOR del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado SRU'HFUHWR6XSUHPR13( SE RESUELVE : Artículo 1° .- Declarar improcedente la solicitud presentada por la empresa ASTILLEROS Y MAESTRANZA ANDESA S.A.C. sobre el cambio de titular de la licencia de operación de la Planta de Enlatado otorgada a la empresa 0$48,0$56$PHGLDQWH5HVROXFLyQ0LQLVWHULDO13(GHIHFKDGHDEULOGH Artículo 2° .- Transcribir la presente resolución a la Dirección General de Seguimiento, Control y vigilancia y a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción, y consignarse en el Portal GHOD3iJLQD:HEGHO0LQLVWHULRGHOD3URGXFFLyQ www. produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VÉRTIZ CALDERÓN Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 5821-7 Aprueban cambio de titular de licencia de operación para procesamiento de productos hidrobiológicos congelados RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 349-2006-PRODUCE/DGEPP /LPDGHVHWLHPEUHGH