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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (20/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 20 de noviembre de 2006 333161 Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizarán mediante Resolución Ministerial, la que GHEHUiVHUSXEOLFDGDHQHO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQRDQWHVdel inicio de la comisión de servicios; 4XHOD/H\1ž/H\GH$HURQiXWLFD&LYLOGHO Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; 4XHFRQIRUPHDORGLVSXHVWRHQHODUWtFXORžGHOD /H\1žHVXQREMHWLYRSHUPDQHQWHGHO(VWDGRHQmateria de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, debe efectuar la supervisión permanente de las operaciones DpUHDVGHORVH[SORWDGRUHVDpUHRVEDMRVXFRQWUROD¿Qde garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público un servicio de WUDQVSRUWHDpUHRFRPHUFLDOVHJXUR\¿DEOH Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, DSUREDGRSRU'HFUHWR6XSUHPR1ž07&HQVXDUWtFXORžHVWDEOHFHTXHORV,QVSHFWRUHVGHELGDPHQWHLGHQWL¿FDGRVDTXHVHUH¿HUHOD/H\VRQFRPSHWHQWHVVHJ~Q VX HVSHFLDOLGDG SDUD YHUL¿FDU ODV FDSDFLGDGHVexigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; 4XH OD VHJXULGDG \ H¿FLHQFLD GH ODV RSHUDFLRQHV DpUHDV VH YHUL¿FD HQWUH RWUDV IRUPDV D WUDYpV GHinspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero; 4XH VHJ~Q ,QIRUPH 1ž 07& SUHVHQWDGRHOGHRFWXEUHGHVHVHxDODTXHODDirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección 1ž07&6'$GHVLJQDQGRDO,QVSHFWRUMiguel Encarnación Gonzales Saldarriaga, para realizar las inspecciones técnicas de las estaciones de las empresas Lan Perú S.A. y Taca Perú S.A., en la ciudad GH6DR3DXOR5HS~EOLFD)HGHUDWLYDGH%UDVLOFRPRSDUWHdel programa de vigilancia de las operaciones aéreas LQWHUQDFLRQDOHVGXUDQWHORVGtDVDOGHQRYLHPEUHGH Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las IXQFLRQHVTXHOHDVLJQDOD/H\1ž\VX5HJODPHQWRpueda realizar las inspecciones técnicas a que se contrae OD2UGHQGH,QVSHFFLyQ1ž07&6'$ 'HFRQIRUPLGDGFRQOD/H\1ž/H\1ž HO'HFUHWR6XSUHPR1ž3&0\HO'HFUHWRGH8UJHQFLD1ž SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Miguel Encarnación Gonzales Saldarriaga, Inspector de la Dirección G eneral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la c iudad de Sao Paulo, 5HS~EOLFD)HGHUDWLYDGH%UDVLOGXUDQWHORVGtDVDOGHQRYLHPEUHGHSDUDORV¿QHVDTXHVHFRQWUDHODparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: 9LiWLFRV 86  7DULIDSRU8VRGH$HURSXHUWR86  Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo žGHO'HFUHWR6XSUHPR1ž3&0HO,QVSHFWRUPHQFLRQDGRHQHO$UWtFXORžGHODSUHVHQWH5HVROXFLyQ0LQLVWHULDO GHQWUR GH ORV TXLQFH   GtDV FDOHQGDULRsiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un LQIRUPHDO'HVSDFKR0LQLVWHULDOFRQFRSLDDOD2¿FLQDGeneral de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíqueseVERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 5872-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 838-2006-MTC/02 /LPDGHQRYLHPEUHGHCONSIDERANDO:4XHOD/H\1žHQFRQFRUGDQFLDFRQVXQRUPD UHJODPHQWDULDDSUREDGDSRU'HFUHWR6XSUHPR1ž3&0UHJXODODDXWRUL]DFLyQGHYLDMHVDOH[WHULRUGHservidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; 4XHHO'HFUHWRGH8UJHQFLD1žSXEOLFDGRHO GHPD\RGHPRGL¿FDHOVHJXQGRSiUUDIRGHODUWtFXORžGHOD/H\DQWHVFLWDGDHVWDEOHFLHQGRTXHDTXHOORVviajes que realiza la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizarán mediante Resolución Ministerial, la que GHEHUiVHUSXEOLFDGDHQHO'LDULR2¿FLDO(O3HUXDQRDQWHVdel inicio de la comisión de servicios; 4XHOD/H\1ž/H\GH$HURQiXWLFD&LYLOGHO Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;