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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (05/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329650El Peruano jueves 5 de octubre de 2006 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2006-MDSA Mediante Oficio Nº 475-2006-SG/MDSA la Municipalidad Distrital de Santa Anita solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 036-2006- MDSA, publicado en la edición del 3 de octubre de 2006. DICE: "VISTO: (...) el Informe Nº 615-2006-GDES-GG/ MDSA (...)" DEBE DECIR: "VISTO: (...) el Informe Nº 071-2006-GDES-GG/ MDSA (...)" 02759-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G74/G65/G63/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G6F/G2D/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G2C/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G66/G69/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G69/G64/G75/G6F/G73/G20/G73/GF3/G6C/G69/G64/G6F/G73 ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2006-CDB Bellavista, 21 de setiembre de 2006EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe Nº 541-2006-MUDIBE-DSCPA, de la Dirección de Servicios Comunales y el Informe Nº 122- 2006-MDB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica. Vistoademás, la Resolución de Alcaldía Nº 097-2006-MDB-AL, el Informe Nº 269-2006-MDB-SG de la SecretaríaGeneral y el Memorándum Nº 841-2006-MUDIBE/OAFde la Oficina de Administración y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, luego de efectuada la convocatoria del Concurso Público Nº 001-2006-MUDIBE/C.E. y con motivo de un recursode revisión interpuesto por la empresa CASREN EIRL, elTribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado haemitido la Resolución Nº 516/2006.TC-SU, declarando fundado el citado recurso de revisión y disponiendo que se proceda a la evaluación y calificación de la propuesta presentada por dichaempresa y se efectúe control posterior respecto a ladocumentación presentada para acreditar su experiencia. Que, asimismo, el fundamento 10 de la mencionada Resolución señala textualmente lo siguiente: “Finalmente, un hecho que no puede soslayarse en el caso materia de análisis se refiere a la eficiencia de lacontratación programada por la Entidad. Al respecto, elservicio requerido es la recolección, transporte y disposiciónfinal de residuos sólidos, para lo cual en el presente caso haconvocado el proceso por relación de ítems, dividiendo el requerimiento, por un lado, en servicio de recolección y transporte y, de otro, el servicio de disposición final. Una duda que suscita esta modalidad de convocatoria es que no toma en cuenta que, al licitarse por separado cada unode los anotados servicios, puede incurrirse en mayores costos en caso de que resultara adjudicatario de la buena pro un postor cuyo lugar para disposición de los residuos se encuentreen un lugar alejado de la comuna donde se recolectará labasura. No cabe duda que la mayor o menor distancia dellugar de disposición, aunado a otros aspectos, incidirá en loscostos que pague la Entidad, los que no se muestra de modotransparente en el caso de licitación separada. Este hecho debe ser evaluado por la Entidad, pues al ser éste un asuntode su competencia, a ella asiste la responsabilidad de determinartécnicamente la modalidad más conveniente, a fin de que el costo del servicio total refleje las condiciones más convenientes para la comunidad”. Que, en mérito a lo señalado por CONSUCODE en el fundamento 10 de la Resolución Nº 516/2006.TC-SU, laDirección de Servicios Comunales ha evaluado el mecanismode convocatoria empleado en el Concurso Público Nº 001- 2006-MUDIBE/CE, llegando a la conclusión que su aplicación podría generar serios inconvenientes en la parte del serviciode limpieza pública que es ejecutado por la MunicipalidadDistrital de Bellavista. Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección de Servicios Comunales en el Informe Nº 541-2006-MUDIBE- DSCPA, la modalidad empleada en el Concurso Público Nº 001-2006-MUDIBE-CE no garantiza la eficiencia ni laeconomía en la contratación a realizarse con la empresaque gane la Buena Pro en los dos ítems convocados; situaciónque también ha sido advertida por el Tribunal deContrataciones y Adquisiciones del Estado en la Resolución Nº 516-2006.TC-SU. Ante esta circunstancia, la Oficina de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 122-2006-MDB-OAJ recomienda se declare la nulidad de lo actuado y seretrotraiga el proceso a la etapa de formulación de basesadministrativas, teniendo en cuenta lo señalado por laDirección de Servicios Comunales y Protección Ambiental. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 097-2006-MDB- Al se ha declarado la nulidad de lo actuado en el ConcursoPúblico Nº 001-2006-MUDIBE/CE, retrotrayéndose elproceso a la etapa de formulación de las basesadministrativas; circunstancia extraordinaria e imprevisibleque al imponer la reprogramación del proceso de selección ocasionaría la ausencia temporal del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos en el distritode Bellavista. Por tal razón, la Secretaría General medianteInforme Nº 269-2006/MDB-SG y la Oficina de Administracióny Finanzas mediante Memorándum Nº 841-2006-MUDIBE/OAF sugieren se proceda a declarar en situación de desabastecimiento inminente el mencionado servicio por un plazo de 60 días, con la indicación expresa que en caso laculminación del Concurso Público Nº 001-2006/CDB/C.E.ocurriera antes del vencimiento de dicho plazo, quedará sinefecto el contrato que se suscriba por el desabastecimientoinminente. Que, mediante Memorándum Nº 841-2006-MUDIBE/OAF, la Oficina de Administración y Finanzas plantea el valorreferencial de la declaratoria de desabastecimiento inminente,los cuales ascienden según su cálculo a S/. 128,000.00; Estando a lo expuesto, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; ACUERDA: Artículo 1º .- Declarar en situación de desabastecimiento inminente el servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos, hasta el 19 de noviembre del 2006, deacuerdo con lo expuesto en la parte considerativa del presenteAcuerdo; con la precisión que en caso de concluir el ConcursoPúblico Nº 001-2006-MUDIBE/C.E. antes de dicho plazo, elcontrato que se celebre al amparo del presente Acuerdo quedará sin efecto automáticamente. Artículo 2º -. Establecer como valor referencial de la presente declaración de desabastecimiento inminente lasuma de S/. 128,000.00 (cincuenta veintiocho mil y 00/100 nuevos soles); las fuentes de financiamiento: 03 -Participación en Rentas de Aduana y 09 - Recursos Directamente Recaudados; y, la Gerencia Municipal como la encargada de celebrar los contratos respectivos. Artículo 3º .- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, así como la remisión del mismoy sus informes sustentatorios a la Contraloría General de laRepública y a CONSUCODE, dentro del plazo de ley. Artículo 4º .- Disponer que la Comisión Especial de Procesos Administrativos evalúe y determine lasresponsabilidades a que hubiera lugar por los hechos que handado origen a la presente declaratoria de desabastecimientoinminente, conforme a lo dispuesto en el artículo 21º del TextoÚnico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese y comuníquese.JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 2744-1