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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (20/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330860El Peruano viernes 20 de octubre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio del visto el citado Ministro ha cursado invitación a la Ministra de Estado en la Carterade la Mujer y Desarrollo Social, para participar en lavisita oficial a la ciudad de Santiago - República de Chile, como parte del proceso de fortalecimiento y consolidación de los vínculos que unen al Perú y Chile, que se llevaráa cabo el 24 de octubre del 2006; Que, la referida visita oficial tiene como objetivo la conformación de un "Consejo de Integración SocialPeruano - Chileno", iniciativa que formó parte del Comunicado Conjunto suscrito el 22 de agosto del 2006 con ocasión de la visita oficial que realizó al Perú el señorCanciller de Chile, en donde los Ministros de RelacionesExteriores de ambos países concordaron impulsar elmencionado Consejo, conformados, entre otros, por elMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social en el caso del Perú, cuyo objetivo será diseñar y coordinar políticas de acción social e identificar proyectos de cooperaciónbilateral que beneficien en particular a los ciudadanosmigrantes de ambos países; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2004- MIMDES, señala que el MIMDES tiene como misiónconstituirse en un Sector integrado, moderno y articulador,liderando las políticas del sector, descentralizadamente ycontribuyendo a la superación de la pobreza, inequidad yexclusión, orientado a las personas en situación de pobreza y grupos vulnerables, con un enfoque de desarrollo humano integral y de equidad, generandoigualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; Que, en este contexto resulta necesario autorizar el viaje de la Ministra de Estado en el Despacho de la Mujery Desarrollo Social, a fin que participe en la citada visita oficial; Que, por el Memorando de vistos el Director General de la Oficina General de Administración del MIMDEScomunica, que los gastos por concepto de pasajesaéreos, Impuesto Corpac y viáticos serán asumidos porla Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Pliego Presupuestario 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, en la Ley Nº 27619 modificada por elDecreto de Urgencia Nº 006-2006, en el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, en la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, y el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES aprobadomediante Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora VIRGINIA BORRA TOLEDO, Ministra de Estado en la Cartera de laMujer y Desarrollo Social, a la ciudad de Santiago -República de Chile, del 23 al 25 de octubre del 2006,para el fin expuesto en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, Impuesto Corpac y viáticos, serán asumidos porla Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central delPliego Presupuestario 039: Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 686.00 Viáticos US$ 400.00Tarifa Corpac US$ 30.25 ----------------- Total US$ 1,116.25 Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Encargar la Cartera de la Mujer y Desarrollo Social a doña MARÍA AMABILIA ZAVALAVALLADARES, Ministra de J usticia, a partir del 24 de octubre del 2006 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 03351-3 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65 /G52/G65/G70/G61/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/GED/G63/G74/G69/G6D/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G76/G69/G6F/G6C/G65/G6E/G63/G69/G61 /G6F/G63/G75/G72/G72/G69/G64/G61/G20/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G79/G6F /G64/G65/G20/G31/G39/G38/G30/G20/G61/G20/G6E/G6F/G76/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G30 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2006-PCM Lima, 19 de octubre de 2006 Visto el Oficio Nº 076-2006-PCM-CMAN del Secretario Ejecutivo de la Comisión Multisectorial de AltoNivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones - PIR, se aprobó el Plan Integral deReparaciones que tiene por objeto establecer el marconormativo del Plan Integral de Reparaciones para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones yrecomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; Que, dicha Ley dispone la creación del Registro Único de Víctimas de la violencia ocurrida durante el períodode mayo de 1980 a noviembre de 2000, el cual estará a cargo de un Consejo de Reparaciones; Que, conforme al Reglamento de la Ley Nº 28592, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS, modificadopor el Decreto Supremo Nº 062-2006-PCM, el Consejo deReparaciones es un órgano colegiado que forma parte de laPresidencia del Consejo de Ministros con competencia para conocer y resolver respecto a las reclamaciones que se deriven de la aplicación del Registro Único de Víctimas; Que, asimismo, la norma antes mencionada dispone que el Consejo de Reparaciones estará integrado por no menosde 5 ni más de 7 personas de reconocida trayectoria ética,prestigio y legitimidad en la sociedad e identificadas con la defensa de la democracia y de los derechos humanos, respetando los principios de no discriminación, equidad degénero e interculturalidad, quienes serán designados medianteResolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros,de una lista propuesta por la CMAN. Las funcionesdesempeñadas por los miembros del Consejo de Reparaciones, en este órgano colegiado, serán ad honorem. Añade que los miembros del Consejo de Reparaciones nodeberán formar parte de la administración pública; Que, en atención al Oficio de visto, resulta pertinente designar a los miembros del Consejo de Reparaciones; De conformidad con la Ley Nº 28592 y el Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a las siguientes personas como integrantes del Consejo de Reparaciones a cargo del Registro Único de Víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de2000, creado por Ley Nº 28592: - Sofía Margarita Isabel Macher Batanero, quien lo presidirá; - Vicealmirante AP (r) José Luis Noriega Lores; - María del Pilar Coll Torrente;- General de División EP (r) Juan Alberto Fernández Dávila Vélez;