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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 330866El Peruano viernes 20 de octubre de 2006 Propuesta Técnica presentada por la Empresa Inversiones Leniperu S.A.C para la concesión directa de un área confines de ecoturismo a desarrollarse en 10.21 ha, ubicadas enel distrito de Culebras, provincia de Huarmey, departamentode Ancash. CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover laconservación de la diversidad biológica; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, establece entre otros que, el paisaje natural,en tanto sea objeto de aprovechamiento económico, esconsiderado recurso natural; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es el ente rector encargado de la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre a nivel nacional, de conformidad con lo previstotanto en el numeral 3.4 del artículo 3º de la Ley Nº 27308,Ley Forestal y de Fauna Silvestre, como en el artículo 6º desu Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0314-2002- AG, se aprobaron las Disposiciones Complementariaspara el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo,modificada por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0142-2006-AG y 0632-2006-AG, encargándose al InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA su difusión, aplicación y cumplimiento; Que, con Resolución Jefetural Nº 093-2005-INRENA de fecha 5 de mayo de 2005, se aprobó la DirectivaNº 024-2005-INRENA-IFFS para la “Evaluación dePropuestas Técnicas para el otorgamiento deconcesiones directas para Ecoturismo”; Que, el Centro de Información Forestal –CIF en el Informe Nº 067-2006/INRENA-IFFS-CIF del 15 de marzode 2006, indico que el área solicitada para una concesiónde ecoturismo por el señor Juan Ghunter Cornejo,representante de Inversiones Leniperu S.A.C, en eldepartamento de Ancash, no presenta problemas de superposición con información preliminar de la base de datos del CIF; Que, con Carta Nº 626-2006-INRENA-IFFS (DACFFS), la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre comunicó aInversiones Leniperu S.A.C que su solicitud del área paraconcesión continuará bajo la modalidad de Concesión Directa, autorizándole a presentar su Propuesta Técnica, de conformidad con lo señalado en el numeral 18.2 del artículo18º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, mediante Carta del 7 de julio de 2006, Inversiones Leniperu S.A.C, remite a la IntendenciaForestal y de Fauna Silvestre la Propuesta Técnica descrita, para ser calificada; Que, en los artículos 16º y 19º de las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesionesde Ecoturismo, aprobadas por Resolución MinisterialNº 0314-2002-AG, se establecen respectivamente elcontenido de la Propuesta Técnica y los criterios para su calificación; Que, mediante el Informe Nº 477-2006-INRENA- IFFS(DACFFS) de fecha 24 de julio de 2006, se evaluóla Propuesta Técnica presentada por InversionesLeniperu S.A.C, la cual ha obtenido el 75.9% del puntaje,alcanzando así el puntaje mínimo, establecido en el numeral 18.3 del artículo 18º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, el numeral 22.1º del artículo 22º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG dispone que la concesiónse otorga mediante Resolución Jefatural, la cual espublicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la declaración de ganador y aprobación de la Propuesta Técnica, en caso de concesión directa; Que, el literal a) del artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, estableceque la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre es la encargada de proponer las políticas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestión yadministración de recursos forestales, además decontrolar y supervisar su cumplimiento o ejecución;En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del artículo 8º del Reglamento de Organización yFunciones del INRENA, aprobado por Decreto SupremoNº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la “Propuesta Técnica” presentada por la Empresa Inversiones Leniperu S.A.C . Artículo 2º.- Otorgar una concesión para ecoturismo a favor de la empresa Inversiones Leniperu S.A.C, bajo lamodalidad de concesión directa, a desarrollarse en un área de 10.21 ha, ubicadas en el distrito de Culebras, provincia de Huarmey por un período de 40 años renovables. Artículo 3º.- Definir que el área que se otorga en concesión, se encuentra enmarcada dentro de lassiguientes coordenadas geográficas: y de acuerdo almapa que como Anexo 1 forma parte de la presente Resolución Jefatural. VERTICE COORD_X COORD_Y A 145490 8910784 B 145569 8910631 C 145577 8910528 D 145503 8910395 E 145436 8910372 F 145300 8910357 G 145215 8910435 H 145084 8910527 I 145291 8910567 Artículo 4º.- Precisar que el otorgamiento de la concesión se complementa con la suscripción del contratocorrespondiente, en consecuencia para que la concesiónse haga efectiva el interesado deberá suscribir el referidocontrato con el INRENA, conforme a lo estipulado en elartículo 22º de la Resolución Ministerial Nº 0314-2002-AG. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONCIO ÁLVAREZ VÁSQUEZ JefeInstituto Nacional de Recursos Naturales 03244-1 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G4D/G50/G45/G52/GDA/G20/G61/G6C/G20/G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G61/GED/G73/G65/G73/G20/G42/G61/G6A/G6F/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G57/G6F/G72/G6B/G73/G68/G6F/G70/G20/G2D/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G22/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G46._/G65/G73/G74/G69/G76/G61/G6C/G20/G47/G61/G73/G74/G72/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 329-2006-MINCETUR/DM Lima, 12 de octubre de 2006 Vista la Carta Nº C.610.2006/PP.GG de la Gerente General de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú es la encargada de proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas y estrategias de promoción del turismo internoy receptivo, así como de promover y difundir la imagendel Perú en materia de promoción turística; Que, dentro de las estrategias de promoción turística, PromPerú se encuentra organizando un Workshop - Seminario y un Festival Gastrónomico Peruano, a llevarse a cabo conjuntamente del 24 al 26 de octubre de2006, en la ciudad de Ámsterdam, Reino de los PaísesBajos, el primero de los cuales es una actividadcualitativa-personalizada de promoción turística, donde