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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 28 de octubre de 2006 331661REPUBLICADELPERU de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; De conformidad con lo establecido en el artículo 208º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 006-2002-PE y DecretoSupremo Nº 030-2003-PRODUCE; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Declarar INFUNDADO el Recurso de Reconsideración interpuesto por los señores JACINTOy VICENTE HUAMANCHUMO CASAS contra la Resolución Directoral Nº 112-2005-PRODUCE/DNEPP del 21 de abril del 2005, por los argumentos expuestosen la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías yGuardacostas del Ministerio de Defensa, Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones RegionalesSectoriales de la Producción del litoral y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 03610-6 RELACIONES EXTERIORES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E /G61/G73/G61/G6D/G62/G6C/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G50/G65/G72/G6D/G61/G6E/G65/G6E/G74/G65/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G63/GED/G66/G69/G63/G6F/G20/G53/G75/G72/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G6C/G61/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G61/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G63/GED/G66/G69/G63/G6F/G20/G53/G75/G72 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1283-RE Lima, 23 de octubre de 2006 CONSIDERANDO:Que, la Primera Reunión Intergubernamental sobre el establecimiento de una Organización Regional para laAdministración Pesquera en la Alta Mar del Pacífico Sur, celebrada en Wellington, Nueva Zelanda, del 14 al 17 de febrero de 2006, que fue convocada por Australia, NuevaZelanda y Chile, tuvo por objeto iniciar un proceso para el establecimiento de una nueva organización de administración de pesquerías no altamente migratoriasen la Alta Mar del Pacífico Sur; Que, el Presidente de la citada Reunión Intergubernamental ha preparado un Proyecto deConvención para la creación de una Organización Pesquera Regional del Pacífico Sur, así como un proyecto de Resolución de Acuerdos Interinos; Que, la Segunda Reunión Internacional sobre la creación de una Organización Pesquera Regional del Pacífico Sur, se realizará en la ciudad de Hobart,Australia, del 6 al 10 de noviembre de 2006; Que, la Comisión Permanente del Pacífico Sur, en el curso de la Asamblea Extraordinaria realizada el 13 delos corrientes en Valparaíso, Chile, mediante la Resolución Nº 2, aprobó la realización de una Asamblea Extraordinaria para los días 2 y 3 de noviembre de 2006,en la ciudad de Hobart, Australia; previa a la reunión intergubernamental antes referida; Teniendo en cuenta el Memorándum (DSL) Nº DSL0347/2006, de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites, de 16 de octubre de 2006; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de laLey del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de laCarrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que estableceque los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004,modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,modificado por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Consejero en el Servicio Diplomático de la República, David Adalberto Vergara Pilares, funcionario de la Asesoría del señor Ministro para Asuntos de Derecho del Mar del Ministeriode Relaciones Exteriores para que participe en la Asamblea Extraordinaria de la Comisión Permanente del Pacífico Sur, a realizarse del 2 al 3 de noviembre del2006, en la ciudad de Hobart, Australia, así como designarlo para que participe en la reunión que tiene por objeto negociar, y eventualmente adoptar, el texto de laConvención para la creación de una Organización Pesquera Regional del Pacífico Sur, y la Resolución de Acuerdos Interinos, a realizarse del 6 al 10 de noviembrede 2006, en la ciudad de Hobart, Australia. Artículo Segundo.- La participación del citado funcionario será cubierta por el Pliego Presupuestal delMinisterio de Relaciones Exteriores, afectando la Meta: 00698 -Ejercicio de la Soberanía Marítima, Aérea y de los Asuntos Antárticos, debiendo rendir cuentadocumentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida reunión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres Pasajes Viáticos Número Total Ta rifa y Apellidos US$ por día de Viáticos Aeropuerto US$ días US$ US$ David AdalbertoVergara Pilares 3, 400.00 240.00 9+2 2,640.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida reunión, elcitado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 03672-1 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1018-2006/MINSA Lima, 26 de octubre del 2006 Visto el Oficio Nº 1585-2006-J-OPD/INS;