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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (28/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 331672El Peruano sábado 28 de octubre de 2006 Nº 049-2006-CND/OAJ, de fecha 16 de octubre de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 006-CND- P-2006 se constituyó la Comisión Bipartita de Transferencia, a que se refiere el artículo 69º de la LeyNº 27867, a la que se le encargó que en un plazo de 90 días hábiles, computados a partir de su instalación, eleve al Consejo Nacional de Descentralización la propuestade modalidad de transferencia de las funciones sectoriales al Régimen Especial de Lima Metropolitana, así como los plazos y procedimientos que viabilicen dichatransferencia; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 057-CND- P-2006 se prorrogó en noventa (90) días hábilesadicionales el plazo para que la Comisión Bipartita presente al Consejo Nacional de Descentralización su propuesta de modalidad de transferencia de las funcionessectoriales al Régimen Especial de Lima Metropolitana; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 067-CND- P-2006 de fecha 2 de septiembre de 2006, se declaró enreorganización el Consejo Nacional de Descentralización por el plazo de sesenta (60) días hábiles a fin que presente nuevos instrumentos de gestión; Que, en ese sentido, resulta pertinente suspender el funcionamiento de la Comisión Bipartita, en tanto culmine el proceso de reorganización del Consejo Nacional deDescentralización; Con el visto bueno del Secretario Técnico y de los responsables de la Gerencia de Transferencias yAcreditación, Gerencia de Desarrollo e Integración Territorial y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso m. delartículo 15º de la Resolución Presidencial Nº 036-CND- P-2006, Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Descentralización; SE RESUELVE: Artículo Único.- Suspensión del funcionamiento de la Comisión Bipartita Suspender el funcionamiento de la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana constituida mediante Resolución Presidencial Nº 006-CND-P-2006, en tanto dure elproceso de reorganización del Consejo Nacional de Descentralización. Regístrese, comuníquese y publíquese RODOLFO RAZA URBINA Presidente 03658-2 INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G73/G69/G74/G69/G6F/G73/G20/G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G2C/G4A/G75/G6E/GED/G6E/G2C/G20/G48/G75/GE1/G6E/G75/G63/G6F/G2C/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G41/G70/G75/G72/GED/G6D/G61/G63/G2C/G20/G49/G63/G61/G2C /G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64/G20/G79/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1526/INC Lima, 27 de setiembre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1191-2006-AG-PETT -DE-DTSL de fecha 4 de agosto de 2006 del Ing. Domingo JaimePortugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y,CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho públicointerno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación,restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el PatrimonioCultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1191-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 4 de agosto de 2006 el Ing. DomingoJaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite el expediente técnicodel sitio arqueológico Albana Moq'o, registrado en el departamento de Arequipa y elaborado por el Lic. Adan Oligario Umire Álvarez; Que, mediante Informe Nº 884-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/JPRB de fecha 25 de agosto de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Direcciónde Arqueología, informa que el expediente técnico no presenta observaciones y que el mencionado sitio arqueológico no se encuentra declarado PatrimonioCultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 739 de fecha 8 de setiembre de 2006 la Comisión Nacional Técnica deArqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Albana Moq'o, ubicado en el distrito de Chivay, provincia de Caylloma, departamento deArequipa; - Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Albana Moq'o Nº 404-INC-PETT-2004, a escala 1/1000,de fecha setiembre de 2004, con un área de 0.2541 Ha y un perímetro de 230.36 ml., ubicado en el distrito de Chivay, provincia de Caylloma, departamento deArequipa con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; DecretoSupremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Albana Moq'o, ubicado en el distrito de Chivay, provincia de Caylloma, departamentode Arequipa. Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Albana Moq'o Nº 404-INC-PETT -2004, aescala 1/1000, de fecha setiembre de 2004, con un área de 0.2541 Ha y un perímetro de 230.36 ml., ubicado en el distrito de Chivay, provincia de Caylloma, departamentode Arequipa, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación del sitio arqueológico mencionado en el Artículo 1º y del plano señalado en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudieseafectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura.