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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 28 de octubre de 2006 331673REPUBLICADELPERU Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 03611-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1528/INC Lima, 27 de setiembre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1215-2006-AG-PETT -DE-DTSL de fecha 8 de agosto de 2006 del Ing. Domingo JaimePortugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de laNación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1215-2006-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 8 de agosto de 2006 el Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite el expediente técnico del sitio arqueológico Marca Cancha registrado en eldepartamento de Junín, elaborado por el Lic. Juan Carlos Guerrero Venturo; Que, mediante Informe Nº 911-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/JJNG de fecha 1º de setiembre de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, informa que el expediente técnico nopresenta observaciones y que no se encuentra declarado Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 745 de fecha 8 de setiembre de 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Marca Cancha, ubicado en los distritos deHuaricolca y Ricrán, provincias de Tarma y Jauja, departamento de Junín; - Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Marca Cancha Nº 125-INC-PETT-2006, a escala 1/5000, de fecha marzo de 2005, con un área de 6.6975 Ha y un perímetro de 1501.14 ml. ubicado en los distritos deHuaricolca y Ricrán, provincias de Tarma y Jauja, departamento de Junín con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Marca Cancha, ubicado en los distritos de Huaricolca y Ricrán, provincias de Tarmay Jauja, departamento de Junín.Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Marca Cancha Nº 125-INC-PETT-2006, aescala 1/5000, de fecha marzo de 2005, con un área de 6.6975 Ha y un perímetro de 1501.14 ml. ubicado en los distritos de Huaricolca y Ricrán, provincias de Tarma yJauja, departamento de Junín, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación del sitio arqueológico mencionado en el Artículo 1º y del plano señalado en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudieseafectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 03611-3 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1542/INC Lima, 27 de setiembre de 2006 VISTO, el Oficio Nº 1128-2006-AG-PETT -DE-DTSL de fecha 20 de julio de 2006 del Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto EspecialTitulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura estáencargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1128-2006-AG-PETT -DE- DTSL de fecha 20 de julio de 2006 el Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura, remite expedientes técnicos de sitios arqueológicos registrados en el departamento de Huánuco, elaborados por la Lic. Nohemí Ortiz Castillo; Que, mediante Informe Nº 794-2006-INC/DREPH/DA/ SDIC/JJNG de fecha 1º de setiembre de 2006, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Direcciónde Arqueología, informa que los expedientes técnicos no presentan observaciones y que los sitios no se encuentran declarados Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 740 de fecha 8 de setiembre de 2006 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional delInstituto Nacional de Cultura: - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Ninapunqu y Quichquipunqu, ubicados en el distrito de Cahuac, provincia de Y arowilca, departamento de Huánuco; - Aprobar los planos de delimitación siguientes: 1. Plano Perimétrico del sitio arqueológico Ninapunqu Nº 156-INC-PETT-2006, a escala 1/2000, de fecha marzo