Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2006 (30/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano lunes 30 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
ORDENA:

331813

dos de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumpla. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidenta 03683-1

Aprueban modificacion del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) del Hospital Regional "Hermilio Valdizan Medrano" de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 064-2006-CR-GRH
MORDAZA, 31 de agosto del 2006 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha treinta y uno de agosto del dos mil seis, el Dictamen numero cero once ­ dos mil seis - CPPPATAL-CR-GRH presentado por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal del Hospital Regional "Hermilio Valdizan Medrano" de Huanuco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la region conforme lo expresan los articulos dos, cuatro y cinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete ­ Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el Estado Peruano declara en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico y descentralizado; Que, el Cuadro para la Asignacion de Personal del Hospital Regional "Hermilio Valdizan Medrano" de MORDAZA para el ano dos mil seis actualizado es un documento tecnico normativo de gestion institucional que tiene como objetivo fundamental el de sustentar la carencia de los recursos humanos tanto de profesionales de salud como de los tecnicos asistenciales y que a su vez plasma los cargos necesarios que dicha institucion necesita para desarrollar sus actividades dentro del normal funcionamiento de la administracion publica en base a su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, se advierte del dictamen del visto y de la documentacion presentada por el Director General de la Direccion Regional de Salud de MORDAZA que el proyecto del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), del Hospital Regional "Hermilio Valdizan Medrano" de MORDAZA ha sido elaborado segun los criterios que establecen el Decreto Supremo numero cero cuarenta y tres - dos mil cuatro - PCM y demas normas complementarias aprobados por Resolucion Ministerial numero mil ciento sesenta - dos mil cuatro/MINSA, por lo cual, contando con la opinion favorable de la Directora Ejecutiva de la Oficina de Organizacion General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, de la SGDISE, de la Subgerente de Desarrollo Institucional, Sistemas y Estadistica del Gobierno Regional de MORDAZA, del Director Regional de Asesoria Juridica, el Proyecto del Cuadro de Asignacion de Personal debe ser aprobado; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el articulo quince, treinta y siete, treinta y ocho de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de Gobiernos Regionales concordante con el articulo quince del Decreto Supremo numero cero cuarenta y tres del dos mil cuatro raya PCM y estando a lo acordado POR UNANIMIDAD en la Sesion Ordinaria de Consejo Regional de la referencia;

Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) del Hospital Regional "Hermilio Valdizan Medrano" de MORDAZA, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional en merito a los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Regional al Ministerio de Salud a fin de que sea publicada con arreglo a ley. Articulo Tercero.- DEROGUESE cualquier disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- PUBLIQUESE la presente Ordenanza Regional conforme a lo dispuesto por el articulo cuarenta y dos de la Ley numero veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Organica de Gobiernos Regionales. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumpla. MORDAZA TEMPLO MORDAZA Presidenta 03682-1

Aprueban el Plan Estrategico Regional Agrario 2004-2021, PERA
ORDENANZA REGIONAL Nº 065-2006-CR-GRH
MORDAZA, 31 de agosto del 2006 LA PRESIDENTA REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional de fecha treinta y uno de agosto del dos mil seis, el dictamen numero cero cero cuatro ­ dos mil seis- CPDE ­CR-GRH de la Comision Permanente de Desarrollo Economico, relacionado a la aprobacion del Plan Estrategico Regional Agrario dos mil cuatro al dos mil veintiuno- PERA, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete Organica de Gobiernos Regionales, determina en forma MORDAZA los objetivos, atribuciones, funciones de los Gobiernos Regionales, los mismos que segun lo precisa el articulo MORDAZA de la citada ley, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, enmarcandose asi mismo entre otras finalidades la de fomentar el desarrollo integral sostenible promoviendo la inversion publica y privada, teniendo como mision la de conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, conforme tambien lo expresan los articulos cuatro y cinco de la citada ley, concordante con lo dispuesto en los articulos cuarenta y siete, cuarenta y ocho, cuarenta y nueve, cincuenta, cincuenta y uno, cincuenta y dos, cincuenta y tres, cincuenta y cuatro, cincuenta y cinco, cincuenta y seis, cincuenta y ocho, cincuenta y nueve, sesenta, sesenta y uno, sesenta y dos, sesenta y tres, sesenta y cuatro de la acotada MORDAZA legal; Que, resulta necesario que en este Gobierno Regional dentro de su plan de desarrollo, se establezca el Plan Estrategico Regional Agrario correspondiente con proyeccion hasta el ano dos mil veintiuno, ello con la finalidad de buscar desarrollar la Gestion de Inversion publica en funcion al Desarrollo Humano, sostenible y descentralizado de la Region, promoviendo la inversion privada productiva, ello con el objetivo primordial de generar empleo, desarrollo y bienestar regional; Que, la falta de rentabilidad y capitalizacion de las diversas actividades, que realiza el sector agrario de nuestra region, sumado al alto porcentaje de pobreza y desnutricion en el area rural de la mayoria de la poblacion, provoca una migracion de la MORDAZA de MORDAZA hacia la MORDAZA y ciudades, dando origen a la problematica actual que atraviesa la region con los productores de la hoja de coca en el Alto Huallaga; obligando a disenar otras estrategias de desarrollo agrario bajo el enfoque de desarrollo sustentable del ambito rural, con un programa agresivo de desarrollo de las capacidades humanas , sensibilizacion para un cambio de valores de los actores, que permita su realizacion y articulacion en los planes de desarrollo; Que, en tal sentido desarrollar el enfoque de territorio y planeamiento estrategico de la region MORDAZA, como un MORDAZA para revertir la situacion actual del agro implica reconstruir una imagen futura del sector agrario, muy distinta a la actual, con una produccion que permita mejorar la rentabilidad y

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